ANSA
DD.HH: nueva condena
El ministro en visita Juan Eduardo Fuentes sentenció A oficiales de Ejercito , como autores del secuestro calificado del militante del MIR, Ivaro Miguel Barrios Duque.
Una nueva condena acumuló el ex jefe de la disuelta DINA, general (r) Manuel Contreras y dos de sus principales colaboradores.
El ministro en visita Juan Eduardo Fuentes sentenció al otrora jefe de la Dirección de Inteligencia Nacional a 5 años y un día de cárcel; a Miguel Krassnoff (3 años de presidio) y a Marcelo Moren Brito, (3 años de presidio) como autores del secuestro calificado del militante del MIR, Ivaro Miguel Barrios Duque, a partir del 14 de agosto de 1974.
En tanto, sentenció a 800 días de presidio a otros dos ex uniformados, Basclay Zapata y Nelson Paz.
De este modo, el juez Fuentes mantuvo la doctrina aplicada por los tribunales chilenos en los casos de detenidos desaparecidos, aplicada desde el advenimiento de la democracia el año 1990, de que se perpetra un delito de "secuestro permanente", si no aparece el cuerpo de la víctima.
En los casos de Contreras, Krassnoff, Moren y Zapata la pena se deberá cumplir de manera efectiva, mientras que a Paz Bustamante se le concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena.
Asimismo, el magistrado determinó que los condenados, salvo Zapata, deberán cancelar una indemnización solidaria de 35.000.000 millones de pesos, (unos 64 mil dólares) a Gabriela Zúñiga Figueroa, cónyuge de la víctima, desestimándose la acción con respecto al Fisco por aplicación de la prescripción de la acción.
COMENTARIO:
Otra injusticia de la Justicia chilena, se aplica por un delito de " secuestro permanente", si no aparece el cuerpo de la víctima. Aquí esta la inconsecuencia, por una parte el juez no investiga el peso de la prueba es decir no hace ninguna diligencia por conocer si la "víctima esta viva o muerta", si estuviera muerta debe correr la prescripción por el tiempo transcurrido, y por otra parte, seguramente, si el secuestrado estuviera vivo debe estar aun en poder de los sentenciados.
El fallo solo se basa en presunciones, y lo mas injusto es aun el tema de las indemnizaciones ya que para los sentenciados no hay prescripción de la acción y deben pagar sin embargo ésta, si corre para el Fisco .
Esa es nuestra justicia chilena y su implacable persecución para nuestros camaradas de armas, así se hace carrera teniendo en consideración que esta situación deberá cambiar pronto y estas sentencias no se pueden olvidar .
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