
DEL BLOG DE MÁXIMO
Domingo, 2 de septiembre de 2012
LA PROFE DE MI HIJA.
Mi hija cursa tercero medio; dice que le gusta “el lado humanista”, por lo tanto en el colegio se inscribió en clases electivas de historia para preparar la prueba respectiva de la PSU y así estudiar algo “del lado humanista”. No sabe bien que quiere estudiar, pero si que será de ese lado, “el humanista”. Preguntándole acerca de su profesora y del ramo electivo de historia, me di cuenta que no le ensañan “el lado humanista”, sino que le imparten clases de comunismo, algo que no es tan descabellado si consideramos que quien imparte esas clases es una profesora. Entonces, mi hija está aprendiendo las materias “del lado humanoide”, no del “humanista” como ella pensaba y yo creía. Las materias que enseña la profesora de comunismo de mi hija, son: Movimientos sociales; reivindicaciones de pueblos originarios; educación gratuita, publica y de calidad; la razón por la que el sueldo mínimo no sube, en cambio los precios si suben (eso al menos dice la profesora); los bancos que explotan a la gente; la dictadura; y materias de ese tipo. Claro que la profesora comunista de mi hija les dice a los alumnos que ella no es comunista, prueba fehaciente de que sí lo es. Lo último que les pidió a los alumnos, consistía en un trabajo que originalmente se trataba de analizar la importancia de tener un sistema financiero sólido, trabajo que con el correr de los días se transformó en un ensayo sobre “un mundo utópico”. Bueno, así están las cosa en el colegio particular (no se que pasaría si fuera municipalizado) de mi hija que quiere ser “humanista” pero que a este paso puede terminar siendo “humanoide”; aunque no lo creo, ya que se ve bien de derecha y para eso está el blog del papá. Le dije que no le hiciera caso a la profesora comunista que asegura no serlo, y que en las pruebas le ponga lo que la profesora de comunismo le diga, pero que no le crea nada. A lo que ha llegado la educación en Chile, no hay que hacerles caso a los profesores para poder aprender algo. La última noticia que tuve de la profesora de mi hija es que se va del colegio, ya que como buena comunista que es aunque no lo reconozca, tiene “contactos en el gobierno”; postuló a una beca para perfeccionarse en su ramo –es decir en el comunismo-; obviamente se la ganó –ya que es comunista-; y se va a Francia por un año con todos los gastos pagados por los contribuyentes chilenos. Mi reacción ante la noticia fue de desazón al saber en qué se gasta mi IVA, pero de alegría ya que después de todo mi hija tendrá más oportunidades de aprender historia y no tanta “utopía”. Claro que la sensación duro solo un par de minutos, ya que me contó mi hija que la profesora les dijo que no preocuparan por el ramo, ya que ella había recomendado a un colega muy buena onda para que la reemplazara; que era de sus mismas ideas, aunque “un poco” comunista, pero que ella intercedería ente él para que las clases fueran un poco mas moderadas. Mi hija salió del sartén para caer al fuego.
Publicado por Máximo
COMENTARIOS:
Hunter2 de septiembre de 2012 17:20
En este país ser profesor es casi sinónimo de comunista, sobre todo los profesores de historia. Honestamente yo creo que más del 90% de los profesores de historia son comunistas, siendo conservador porque la verdad casi lo es el 100%
Hay que reconocer la astucia de los rojos, paso a paso se han ido enquistando o apoderándose de instituciones que le permiten avanazar con seguridad a conseguir el poder total.
Ya a finales del gobierno militar empezó solapadamente el lavado de cerebro de los estudiantes de la educación media y después, ya con la concertación en el poder, y con la creación de la "historia oficial" el lavado de cerebro ha empezado desde el ciclo básico. Creo que van logrando su propósito o sino veamos las decenas de estudiantes rojos que lideran las tomas estudiantiles.
Esta labor de zapa es bastante fuerte incluso en colegios congregacionales por la complicidad de obispos y curas rojos.
Te das cuenta, los rojos están infiltrados en todo, iglesia, en la educación, el poder judicial, la contraloría e incluso las FF.AA. Cúal es la finalidad? Aprendieron del 11 y ahora ya saben cual es el camino para lograr el poder total y están avanzando impunemente a conseguir su propósito.
No soy exagerado, ni catastrofista, simplemente no tengo la vista vendada ni estoy obnubilado por los cantos de sirena, la gratuidad por ej., de los rojos.
Maximo2 de septiembre de 2012 18:18
Hunter. Ahí comienzan el lavado cerebral, en el colegio. Por eso hay tanto vandalismo, si los tienen aleccionados con la revolución, los derechos y todo eso. La profesora de mi hija le ha enseñado la historia con el manual de la izquierda en la mano.
El cáncer marxista se ha expandido por todos lados.
laninita2 de septiembre de 2012 18:43
maximo
hace poco comente sobre una "prima" profesora (creo que es una de esas que estudiaron pa profe en bien avanzada edad en uno de los gobiernos de la concertacion,la misma que se emputece por que cerca de donde ella vive construyeron viviendas del tipo subencionadas ,"desprestigiando un poco su entorno ,no ves que estas son comunistas.... del hocico pa fuera
el asunto es de que a esta humanoide le ofrecieron un curso de perfeccionamiento (de que?? ni ella lo sabe!! ) en inglaterra por una ano y lo tuvo que deshechar por que no puede dejar a los humanoiditos solos con el papa .
asi es que la cosa hoy en dia pa los profesores esta pa "tirar y abrazarse" ,total plata pa esta gente de mierda, sobra ,pero pa miles de viejos enfermos que trabajaron duro toda su vida , tienen que pagar hasta las pisadas cuando van al doctor....lindo pais !!
Espero que asi como el cancer se extiende ,la cuerda sigue estirandose y pasara un tiempo antes de que estos desgraciados terminen ahorcandose !!!
Javier Bazán2 de septiembre de 2012 18:59
Es lamentable. Y así nos critican de imponer una visión de la historia como se vio con las palabras 'dictadura' y 'Gobierno Militar'.
ResponderSuprimir
RespuestasHunter2 de septiembre de 2012 20:36
Ese es un claro ejemplo, hoy nadie, salvo los pocos partidarios que vamos quedando, habla de gobierno militar, todos, especialmente los medios que fueron más pinochetistas, simplemente lo llaman dictadura
@Ale_K132 de septiembre de 2012 20:55
Tengo el mismo problema con mis hijos, con la profesora de Lenguaje (Castellano para nosotros) y lo tuve con el libro de Historia, el que abiertamente llamaba a los niños a leer la página del PPD (eso ocurrió hace dos años, el año en que Piñera asumió), me quejé en el colegio y les dio lo mismo, no me pescaron. Mi queja debió haber sido dirigida a la Gob Provincial de Educ en atención al Ministerio de Educación, osea burocracia y "compra huevos". Opté por enseñar la historia de Chile YO y es lo que hago hasta hoy.
Lo de Dictadura fue una vergüenza pero peor fue que el Ministro no se hiciera respetar y se dejara pasar a llevar por el Payaso.
Rodrigo G.2 de septiembre de 2012 21:00
Como bien dice Máximo, y tal cual el ejemplo de Laninita, los comunistas lo son para pedir todo gratis, pero capitalistas para cobrar. El hijo de mi novia estudia en el San Ignacio, colegio con valores y bien caro, pero los profes de historia están en las mismas, y no solo porque son zurdos, sino que los libros que utilizan tienen la historia truncada a favor de los comunistas.
Tengo dos cuñadas profesoras (gemelas) y una de ella es la "excepción" y la otra lo normal, es decir, bien zurda. Siempre que nos juntamos con su familia hay discusiones y ella sale en contra del capitalismo, de las centrales, Hidroaysen, de la educación pagada (la familia es muy bien acomodada, así que nunca tuvo
problemas) del lucro, etc etc, pero se queja a la vez de que es cara la luz, que sus sueldos son bajos, que no pueden tener autos mejores, que necesitan TVs LED, que quieren mas y mas cosas materiales: donde esta la zurda real? Siempre se les pasa cuando para ellos les conviene.
Pero así esta el país, con zurdos por todos los flancos, lo que hace mas difícil la tarea de imponer la verdad.
Saludos a todos
Maximo3 de septiembre de 2012 04:53
Laninita. Son muchos casos como estos, y todo financiado por los contribuyentes, y destinado a que profesores se especialicen en demoler el modelo que les permite todos esos beneficios. Ya lo sabes, “muerden la mano que les da de comer”.
Javier. Nos critican de lo que ellos hacen.
Ale. Yo no quise ni reclamar por eso mismo, supuse que no me “pescarían”, y mas encima le agarrarían mala a mi hija, por eso opté por explicarle como funciona este asunto.
Los colegios no pueden hacer nada aunque quisieran, de no contratar profesores comunistas, no tendrían quien hiciera las clases.
Rodrigo. Así son, socialistas para hablar y capitalistas para cobrar. Les encantan los viajes con todos los gastos pagados………..por los contribuyentes. Claro que todos quieren viajar a Francia, Inglaterra, España, Italia, pero nadie va a especializarse a algún “paraíso en la tierra”. Es como en el comercial de neumáticos: “Ser indio, pero no tonto”.
educasiongratuita3 de septiembre de 2012 05:01
Esto que cuentas Máximo está pasando hace muchos años. Mis hijos en el año 1995 recibían la misma instrucción en las clases de historia en un colegio católico. Como siempre los apoderados lo tomaban a la ligera diciendo "no pasa nada". Han trabajado muchos años en esto, por eso la gran cantidad de gente con cerebro lavado.
Maximo3 de septiembre de 2012 06:18
Educasiongratuita. Claro que pasa desde hace tiempo, como tú dices, es el trabajo de lavado cerebral. Es cosa de ver a los cabros que se toman los colegios y que incendian la Alameda, son el fruto de 20 años de un sistema que los formó a su antojo.
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DEL BLOG DE HERMÓGENES
Lunes, 3 de septiembre de 2012
¡Derecha, oh Derecha!
La derecha puede no tener votos, pero ¡vaya que tiene argumentos! La sentencia de la Corte Suprema sobre la Central Castilla ha quedado literalmente pulverizada por ellos. El país entero está consciente ahora de dos cosas: que por culpa de la justicia de izquierda se va a quedar sin luz, y que la justicia de izquierda se ríe de las leyes y se sienta en ellas.
Es que la derecha defiende bien lo que tiene. ¡Vaya si sabe hacerlo! Pero no defiende lo que debe. Si no hubiera sido por los militares, hoy no tendría nada. Estaría viviendo en Miami, Madrid o Barcelona. Sería "la próspera colonia chilena". Tendría todo, menos patria.
Pero hubo unos que adelantaron sus propios cuellos y los pusieron en juego cuando las campanas tocaban a rebato porque la patria se incendiaba. Y la salvaron. ¿Quiénes fueron? Cualquiera puede ir a ver a muchos de ellos a Punta Peuco o al Penal Cordillera, pero muy pocos van. Y si alguien se va a sentar al Hospital Militar, ahí también puede ver llegar a salvadores de Chile, ancianos y enfermos, con pies y manos atados.
Son los "caídos tras las líneas enemigas", los más débiles de la sociedad, porque todo miembro del cuerpo social, aunque carezca de bienes materiales, tiene un derecho inalienable: el que le dan las leyes. Pues bien, los que salvaron a la patria y a la derecha no tienen siquiera ese derecho.
Tengo a la vista un artículo del profesor de Derecho Penal y Decano de la Universidad Finis Terrae, Miguel Schweitzer, publicado hace unos diez años en "El Mercurio", que es muy notable, porque dice que los principios básicos del derecho han sido abandonados en casos que se tramitan en nuestros tribunales. En los años transcurridos desde que lo publicó, se han multiplicado esos casos. ¿Y qué ha dicho o hecho la derecha, cuyos cañones hoy retumban en defensa de la Central Castilla? Bueno, si es que es verdad que la derecha llegó al Gobierno en 2010, lo que ha hecho es clavar muchos más puñales en las espaldas de los que la salvaron y agravar al extremo las iniquidades que denunciaba el Decano Schweitzer.
Él decía que había cuatro bases del derecho: la certeza jurídica, representada por la "cosa juzgada" y la prescripción; el principio de legalidad, según el cual no puede castigarse un delito si éste no ha sido descrito y penado por una ley; el de la irretroactividad de la ley penal, que nunca puede aplicarse a situaciones ocurridas con anterioridad a su promulgación, salvo que la nueva ley resultare más beneficiosa para el inculpado, en cuyo caso la aplicación retroactiva está permitida; y el principio de la presunción de inocencia, junto al denominado "in dubio pro reo", la duda favorece al reo. "Pues bien --concluía-- todos estos principios básicos del derecho, han sido abandonados en algunos casos que actualmente se tramitan en nuestros tribunales".
Bien por el profesor Schweitzer, porque muy pocas voces como la suya tuvieron el valor de alzarse para decir todas esas verdades. Y las estridentes baterías de la derecha, que han reducido a escombros el fallo sobre la Central Castilla, permanecieron prácticamente mudas a la hora de disparar en defensa de sus salvadores. Al contrario, como dije más arriba, llegada ella al Gobierno, se convirtió en su peor cuchillo, lo que permitió llevar las iniquidades de la venganza izquierdista desde tres centenares a más de mil.
El Decano Schweitzer terminaba su fundada y noble exposición con estas palabras: "El proceso de reconciliación de la gran mayoría de los chilenos exige, de manera urgente y necesaria, que sean los tribunales de justicia, encabezados por la Corte Suprema, ejerciendo el mandato constitucional de supervigilancia directiva, correccional y económica sobre los juzgados y cortes de la República, a través de sus resoluciones y autos acordados, (los que) rescaten la correcta interpretación y aplicación de los principios básicos en que se fundamenta el Estado de Derecho".
Gran petición y gran gesto, tras el cual, ni la Corte Suprema, ni la derecha (para qué decir el centro y la izquierda) dijeron o hicieron nada, salvo permitir que se siguiera haciendo tabla rasa de la legalidad.
Y se consumó ¡y sigue consumando a diario! la canallada.
Publicado por Hermógenes Pérez de Arce
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ESTE DATO ES BUENO COMPARTIRLO...OTRA MODALIDAD DE ROBO.....VAN
CAMBIANDO EL MODO DE OPERAR....
Les informo que me llegó a mi correo un aviso de transferencia por un banco en el cual no poseo cuenta corriente. Cual fue mi asombro al ver los datos y los montos que no correspondían.
El Banco era el BBVA, el nombre de la persona un tal Miguel Aguilar, el asunto: "Perdona el atraso", el monto: $140.000.- luego al final del aviso de transferencia, me decía algo así: " Si usted no ha efectuado esta transferencia, haga click aquí...."
Por supuesto que no hice click....
Llamé al banco BBVA, expliqué la situación y me informaron que está circulando un gran fraude informático a nivel de bancos, estos antisociales tienen un servidor para ingresar y hackear las cuentas con las claves...ENTRAN EN TUS CUENTAS CUANDO SE HACE CLICK.......y es entonces que pueden sacar dineros de las cuentas corrientes de cualquier banco....
Me explicaron que pueden llegar estos avisos simulando otros bancos y hay que tener mucho cuidado ya que en una de esas puede coincidir con tu banco....
Por eso no se debe por nada hacer click
Las medidas para combatir estos fraudes son: mantener el antivirus del PC vigente, y por supuesto
NO HACER CLICK.....
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Reenvienlo, fué un asesino que fusiló a muchos cubanos. Que no usen mas su foto como si fuera un martir. La juventud tiene que saber la verdad de los asesinos de los Castros y el che.
: para que sepamos quién fue el mercenario que vino a matar en Bolivia y ahora es venerado por fanáticos que solo piensan que murió por un ideal...
Reportaje a Nicolás Márquez en principal diario de Perú
“La vida del ‘Che’ fue una estética del fracaso”
http://correoperu.pe/correo/nota.php?txtEdi_id=4&txtSecci_parent=0&txtSecci_id=80&txtNota_id=512858
LIMA | Existen muchos personajes cuya imagen pública ha sido convenientemente distorsionada por la historia oficial. El caso de Ernesto Guevara de la Serna, más conocido como el Che es especial, pues aquellos que más se alegraron de su muerte se encargarían también de explotar el mito del perfecto revolucionario. Cuarenta años después el periodista argentino Nicolás Márquez desenmascara al sanguinario carnicero en su libro El Canalla. La verdadera historia del Che.
Mario Camoirano
Correo(C): La frase “hasta la derrota siempre” que aparece en la tapa del libro llama la atención. ¡El “Che” la pronunció?
Nicolás Márquez(NM): El libro es provocativo. La frase original hablaba de la victoria, pero la ironía se basa en que la vida del “Che” fue una estética del fracaso. Como médico nunca ejerció, como guerrillero comandó tres aventuras en Argentina, el Congo y Bolivia y en las tres fracasó rotundamente, y como ideólogo del marxismo nadie jamás lo tomó en cuenta.
C: ¿Y la revolución cubana?
NM: Ese es el triunfo de Fidel. El Che sólo fue comparsa de un personaje infinitamente más talentoso. Lo que pasa es que su muerte ayudó a crear el mito y elevarlo a la condición casi de santo laico. Se lo venera en parte precisamente porque no se le conoce. Es un fetiche propagandístico.
C: ¿Y cómo se transforma a un personaje fracasado en este mártir del comunismo inmortalizado en la famosa foto de Alberto Korda?
NM: Hay varios elementos. Primero y aunque parezca una frivolidad, porque tenía presencia. Segundo porque murió joven. Tercero por ser de izquierda. Si hubiese estado a la derecha del espectro compartiría la fama de genocida de un Videla, pero por ser “revolucionario” se lo disculpa de sus errores y horrores. Por último, murió luchando y de allí la frase tan trillada de “yo respeto al “Che” porque murió por un ideal”, que en realidad es muy tonta porque no importa tanto cómo murió sino cómo vivió. Con el mismo argumento se podría terminar elogiando a los terroristas que estrellaron los aviones contra las torres gemelas.
C: ¿Cómo se transformó el “Che” de mochilero a guerrillero?
NM: Guevara no era un personaje politizado en absoluto. En toda su vida universitaria jamás militó en política.
Tenía una suerte de simpatía por la izquierda del lado materno (un tío llego a presidir el partido comunista argentino) maquillada con la aristocracia decadente y afrancesada del lado paterno. Guevara era el pariente pobre en un mundo de ricos. Su acercamiento al marxismo se produce en Guatemala, cuando conoce y se casa con la aprista peruana Hilda Gadea. Y fue su esposa quien le presenta a Fidel Castro. Cuando lees sus cartas queda de manifiesto alguien sin rumbo. Alguien criado sin autoridad paterna, cuando se encuentra con un personaje tan carismático e imperativo como Fidel, se le termina subordinando. Además, familiarizarse con el marxismo más elemental le dio una rigidez y un norte; y eso explica también su fanatismo.
C: ¿Y cómo se transforma el guerrillero en el canalla sanguinario?
NM: En el libro transcribo muchas cartas previas a su viaje a Cuba donde manifiesta cierta inclinación violenta. Él decía, por ejemplo, que sus amigos lo seguirían siendo mientras pensaran como él. Cuando presencia un bombardeo en Guatemala durante la guerra civil lo califica como el
espectáculo más maravilloso del mundo. Lo que cambia cuando conoce a Fidel es que la violencia epistolar pasa a ser fáctica. A mi juicio se nota en todo momento un odio interior infernal. La violencia política le proporciona una suerte de catarsis.
C: ¿Es verdad que se identificaba con Stalin?
NM: Firmaba con el seudónimo de Stalin II. En su diario de Sierra Maestra cuenta con nombre, apellido y circunstancias, y con lenguaje médico, cómo fusila a sus subalternos por simple indisciplina. Pero además, estos fusilamientos no sólo los ordena sino que él mismo los ejecuta. Esto Castro lo advierte y por eso cuando triunfa la Revolución lo pone al frente de un gulag llamado “La Cabaña” donde se producen una 1,000 ejecuciones y en las que el “Che” participa directamente en 175. Combinando la propaganda y el terror represivo a modo de tenazas, Guevara pensaba que a la larga lograría transformar la naturaleza humana y por fin fabricar el “Hombre Nuevo”. En esa concepción no cabían, por ejemplo, los homosexuales y fue el “Che” el que creó el primer campo de concentración para estos “desviacionismos”. No deja de ser paradójico que cuando en Argentina los homosexuales salían a protestar a favor de las uniones civiles portaran una figura del “Che”. Eso te da una idea de cuánta gente venera un personaje sin saber lo que está idolatrando. Es como ver a un judío portando una esvástica.
C: ¿Cuál es la verdadera historia de la salida de Guevara de Cuba?
NM: Hay una sumatoria de casos, pero hay un punto de inflexión en la relación entre el “Che” y Castro. Cuando se produce la crisis de los misiles y finalmente Kruschev decide retirarlos, Guevara se siente traicionado por los rusos y comienza a acercarse al comunismo chino y a despotricar del “imperialismo soviético” en cuanto foro internacional se presentara. Castro, que no es tonto, no le interesaba el conflicto ideológico Moscú?Pekín, sino quién era el que ponía la plata. Cuando lo encara, el “Che” termina renunciando a la ciudadanía cubana y se va a pelear al Congo.
C: ¿De dónde Fidel lo tiene que rescatar?
NM: De otro de sus fracasos militares e inmediatamente después decide ir a Bolivia, que creo no era su destino final. Yo pienso, como muchos, que apuntaba a trasladar la revolución a la zona fronteriza con Argentina. Pero toda la campaña revela lo pésimo estratega que era Guevara. En Bolivia ya se había efectuado la revolución agraria y vivía uno de sus pocos periodos democráticos con un Presidente elegido por los campesinos. Era el voluntarismo con el que pretendía llevar adelante sus aventuras revolucionarias. No me cabe duda de que Fidel lo apoyó lo suficiente como para entusiasmarlo, pero también se aseguró de que ya no volviera. Por ejemplo, le aseguró el apoyo del partido comunista boliviano a sabiendas de que éste no se involucraría, más aún cuando eran
moscovitas.
C: Un canalla es alguien ruin y despreciable. ¿Realmente el “Che” se merece el apelativo?
NM: Es un juego de palabras con el nombre con que se conoce a los hinchas del club de fútbol Rosario Central. En mi libro cito muchas cartas que demuestran su desprecio por el género humano. A los bolivianos los describe en su diario como “animalitos”, de los indios argentinos dice que es más agradable el olor a excremento de vaca, de los africanos dice que son negros porque no se bañan. Hay una desvalorización constante del otro en su actuar concreto. Fue un hombre despiadado.
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No me cabe tanta maldad..... pero por si acaso
URGENTEEEEE leanlo!!!! Subsecretaría General de la Presidencia de la Republica
POR FAVOR, TENGAN TODOS MUCHO CUIDADO CUANDO SALGAN DE NOCHE!!! URGENTE!!!Oficiales de la Policía que están trabajando en el programa 'DARE', han remitido el siguiente comunicado.
Si Ud. maneja de noche y ve un vehículo que no traiga las luces encendidas ¡NO LE HAGA CAMBIO DE LUCES PARA AVISARLE QUE LAS SUYAS ESTÁN APAGADAS! Esto es un "JUEGO DE INICIACIÓN" de una Pandilla que se hace llamar 'SANGRE'.
El juego consiste en lo siguiente: El nuevo aspirante a ser miembro de esta Pandilla, tiene que conducir su vehículo con las luces apagadas y el primer vehículo que le haga cambio de luces para avisarle que tienen las luces apagadas se convierte en "su objetivo". El próximo paso es dar la vuelta y perseguir al vehículo quele hizo el cambio de luces para avisarle que las suyas estaban apagadas, y MATAR A TODOS LOS OCUPANTES para poder ser aceptados en la Pandilla.
La Policía está en alerta porque, supuestamente, éste próximo fin de semana será un fin de semana de "Iniciación de esta Pandilla"... así es que se espera, que los individuos que quieren pertenecer a esta Pandilla andarán circulando con las luces de sus vehículos apagadas y buscando quien les avise de esa situación mediante un cambio de luces.
Por favor comunica esto a tus familiares y amigos para que procedan con mucha precaución y...NO LE HAGAN CAMBIO DE LUCES A NINGÚN VEHÍCULO QUE ESTÉ CIRCULANDO CON LAS LUCES APAGADAS. RETRANSMITE ESTE MENSAJE A CUANTOS PUEDAS!!! POR FAVOR TOMA TUS PREVISIONES Y NO TOMES EN CUENTA A AQUÉL QUE ESTÉ TRANSITANDO EN LA NOCHE CON LAS LUCES APAGADAS.
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¿ HASTA CUANDO ?
CREO QUE YA HA LLEGADO EL MOMENTO DE PONERSE MÁS FIRME SEÑOR MINISTRO. SU MANO BLANDA Y SUS EXPLICACIONES YA NO CONVENCEN A NADIE. CÓMO ES POSIBLE QUE DOS ACTIVISTAS, GABRIEL BORIC Y CAMILA VALLEJO , AMBOS PAGADOS POR EL PARTIDO COMUNISTA ESTÉN DAÑANDO A NUESTROS JÒVENES METIÉNDOLES EN SUS CABEZAS CONSIGNAS DE ÍNDOLE REVOLUCIONARIO. ESTA PAREJITA COMUNISTA QUE NO SON BLANCAS PALOMAS ESTÁN LOGRANDO ALTERAR NUESTRA CONVIVENCIA, DAÑAR LA PROPIEDAD PÚBLICA Y PRIVADA Y OJALÁ HAYA ALGÚN MUERTO PARA ASÍ SEGUIR CULPANDO A CARABINEROS Y AL GOBIERNO. SR. MINISTRO CON TODO RESPETO LE PEDIMOS, SI NO ES CAPAZ DE MAYOR FIRMEZA, RENUNCIE Y ENTREGUEMOS EL MINISTERIO DEL INTERIOR A UNA PERSONA QUE NOS DE SEGURIDAD Y TRANQUILIDAD. QUEREMOS UN CHILE DEMOCRÁTICO, SEGURO Y SIN ACTIVISTAS COMUNISTAS QUE ESTÁN PERJUDICANDO A LO MÀS PRECIADO QUE TENEMOS: NUESTRA JUVENTUD.
VIVA CHILE LIBRE
REENVÍE ESTA INFORMACIÓN A SUS AMIGOS
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INIQUIDAD JUDICIAL CONTRA MIEMBROS
DE LAS FF.AA. Y DE ORDEN
CUARTA PARTE
Ofrecemos a nuestros lectores la cuarta parte del trabajo
jurídico del cual es autor el abogado y capitán de navío en
retiro don Adolfo Paúl Latorre.
6. ¿Secuestro o detención ilegal?
Otro aspecto jurídico que dice relación con el secuestro, es el
hecho de que existe en nuestra legislación penal una figura
privilegiada que afecta a los funcionarios públicos, en cuya
virtud aquellos que priven de libertad a terceras personas no
caen dentro de la tipificación de secuestro, sino que dentro de
la tipificación de detención ilegal.
En efecto, el secuestro está tipificado en el artículo 141
del Código Penal, dentro del párrafo “crímenes y simples
delitos contra la libertad y seguridad, cometidos por
particulares”; mientras que la detención ilegal lo está en el
artículo 148 “de los agravios inferidos por funcionarios
públicos a los derechos garantidos por la Constitución”.
Por lo anterior, y de acuerdo con el principio de legalidad,
ningún miembro de las instituciones armadas —dada su
calidad de funcionario público— debería ser procesado por el
delito de secuestro; delito que, por lo demás, tiene asignadas
penas mucho más severas que el de detención ilegal.
Para procesarlos por secuestro, los jueces argumentan
que la detención ilegal solo cobra sentido en cuanto el
funcionario público guarda una directa relación con el aparato
institucional de privación de libertad; si no lo está, tiene que
aplicarse la figura de secuestro (como lo sería, por ejemplo, si
el Director de Tránsito de una municipalidad detuviere a un
tercero).
Esta interpretación podría ser dogmáticamente correcta, solo
que tiene un serio obstáculo: el principio de legalidad. Y como
la ley no distingue y solo dice “funcionario público”, no le es
lícito al intérprete distinguir.
Lo curioso en relación con este tema es la agilidad digna
de un acróbata que demuestran algunos jueces, al darse unas
vueltas de carnero increíbles: inicialmente los imputados son
calificados como particulares, para efectos de su
enjuiciamiento y penalización y, posteriormente, son
calificados como agentes del Estado para efectos de cobrar
una indemnización pecuniaria.
7. Procedimiento penal aplicado a militares
configura una discriminación arbitraria
Como efecto de la no aplicación de la prescripción, aparte
de dar curso a un proceso en el que la responsabilidad penal
del inculpado se encuentra extinguida, se produce otro
atentado contra el principio de igualdad ante la ley: en virtud de
una disposición constitucional transitoria (actual octava, ex
trigésima sexta), a los militares se les aplica el sistema
procesal penal antiguo —no el garantista que rige para el
común de los ciudadanos— que posee una estructura
inquisitiva, absolutista y secreta, que no satisface las
exigencias del debido proceso, que confiere pocas garantías y
no da plena aplicación a la presunción de inocencia, que
penaliza informalmente dada la alta incidencia de la prisión
preventiva, que despersonaliza al inculpado y que no se
corresponde con la noción de ciudadanía propia de un Estado
democrático.
Los congresistas que fundamentaron su votación
sostenían, además, que el antiguo procedimiento penal era
incompatible con un auténtico Estado de Derecho, injusto,
lento y carente de las condiciones más elementales de
imparcialidad.
La referida disposición constitucional transitoria fue
introducida a la Carta Fundamental mediante una reforma
constitucional del año 1997, que agregaba el capítulo
correspondiente al Ministerio Público, y en ella se establecía
que las normas de dicho capítulo regirán al momento de entrar
en vigencia la ley orgánica constitucional del Ministerio
Público, y que ella podría establecer fechas diferentes para la
entrada en vigor de sus disposiciones, como también
determinar su aplicación gradual en las diversas materias y
regiones del país.
Ello significó que durante el período que demoró la
implementación gradual de la reforma en las distintas regiones
del país se produjo una manifiesta falta de igualdad ante la ley,
ya que en una región se aplicaba el sistema procesal penal
antiguo y en otra el nuevo, cuyos efectos sobre los procesados
eran enormemente diferentes.
Por ejemplo, a una persona que era sorprendida
manejando en estado de ebriedad en la ciudad de La Serena —
ubicada en una región donde ya estaba en vigor la reforma
procesal— le era aplicada la suspensión condicional del
procedimiento por el plazo que el juez de garantía determinara,
junto con el cumplimiento de algunas condiciones, tales como
el retiro de la licencia de conducir por algunos meses y la
concurrencia periódica ante el Ministerio Público.
Al término del período de suspensión decretado por el
juez, el tribunal dictaba el sobreseimiento definitivo. Con ello
esta persona no se veía afectada con una mancha en su hoja
de antecedentes personales.
En cambio una persona sorprendida cometiendo
exactamente el mismo delito en la ciudad de Santiago —donde
regía el sistema antiguo—, era condenada a una pena de
presidio. Pero eso no es todo.
Si esa persona era funcionario público se veía afectada
por una pena adicional, no contemplada en el Código Penal: la
pérdida de su empleo y el fin de su carrera profesional (en
virtud de la ley sobre probidad administrativa).
Si bien tal discriminación tenía una justificación que
podría considerase razonable durante el período de transición
del sistema antiguo al nuevo (en forma gradual en las diversas
regiones del país, proceso que culminó el 16 de junio de 2005)
y, por tanto, no ser considerada como una discriminación
arbitraria, en la actualidad sí lo es, por cuanto tal
discriminación no tiene justificación alguna, sino que solo
obedece a un mero capricho del legislador.
Esta discriminación arbitraria, que la propia Constitución
prohíbe, perjudica a las personas a las que les es aplicado el
sistema antiguo.
Pero, ¿por qué se mantiene la referida discriminación, en
circunstancias de que la reforma procesal penal ya está vigente
en todas las regiones del país?: porque la referida disposición
constitucional transitoria establecía que el procedimiento
procesal penal nuevo se aplicaría exclusivamente a los hechos
acaecidos con posterioridad a la entrada en vigencia de las
precitadas disposiciones.
De esta forma, se impidió aplicar la reforma procesal
penal a los procesos incoados en contra de los militares por
violaciones a los derechos humanos, aún a los no iniciados,
por cuanto los hechos que se les imputa a los querellados
habrían ocurrido con anterioridad a la entrada en vigor de la
reforma.
Esa disposición tan absurda y que daba origen a la
discriminación arbitraria que estamos denunciando: ¿fue
hecha con la precisa intención de perjudicar a los militares?
No lo sabemos, pero no nos resultaría extraño que así hubiese
sido.
Ahora bien, discurriendo acerca de este tema en relación
con las querellas y procesamientos por el delito de secuestro,
hemos llegado a la siguiente conclusión: si estamos hablando
de un delito de secuestro, quiere decir que tal delito se está
consumando, que es un hecho presente.
Y ese es, precisamente, el argumento utilizado por los jueces
para no aplicar la prescripción. Pues bien, si se trata de un
hecho presente, quiere decir que es un hecho acaecido con
posterioridad a la entrada en vigencia de la reforma procesal
penal y, por lo tanto, habría que aplicarle, para su
enjuiciamiento, el nuevo sistema procesal penal.
¿O es muy tonto lo que estamos diciendo? Nos parece
que no, pero como los jueces son muy pícaros, le van a buscar
la quinta pata al gato y —haciendo tabla rasa de la garantía
constitucional de igualdad ante la ley— van a decir algo así
como, por ejemplo, “no señor, la fecha que vale para estos
efectos es la correspondiente a la del principio de ejecución del
delito” u otra argucia por el estilo.
CHILE INFORMA
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INIQUIDAD JUDICIAL CONTRA MIEMBROS
DE LAS FF.AA. Y DE ORDEN, TERCERA PARTE
Ofrecemos a nuestros lectores la tercera parte del trabajo
jurídico del cual es autor el abogado y capitán de navío en
retiro don Adolfo Paúl Latorre.

5. “Secuestro permanente”
Como es obvio, para que existiera “secuestro
permanente” debería acreditarse el hecho punible; es decir,
primero, un secuestro y, segundo, que él permanece. Si no se
prueban ambas cosas, no hay delito ni puede haber juicio.
En rigor, una cosa es que el secuestro tenga la
característica de delito de ejecución permanente —al igual que
otros tales como la violación de morada o el manejo en estado
de ebriedad— y otra muy distinta es la elemental exigencia de
que la permanencia de la consumación de este delito debe ser
probada en el proceso por el juzgador, como todos los demás
elementos del delito (conducta —acción u omisión—, tipicidad,
antijuridicidad y culpabilidad).
En efecto, que el secuestro tenga el carácter de
permanente significa que la conducta del autor crea una
situación antijurídica —en este caso, la privación de libertad—
que se sigue consumando mientras se mantiene ese estado
por voluntad del autor.
Pero esta característica del secuestro no libera al tribunal
de tener que acreditar que la prolongación de este delito y la
participación en él de los imputados ha continuado con
posterioridad al 11 de marzo de 1978, fecha límite de vigencia
de la amnistía.
Sin embargo, la alucinante tesis del “secuestro
permanente” postula que se ha cometido y se está cometiendo
secuestro cuando consta en un proceso la privación de libertad
inicial de un sujeto y no consta posteriormente en el mismo
proceso o su muerte o su puesta en libertad; y que al
desconocerse su actual paradero, se presupone su existencia
vital en régimen de secuestro.
Esta tesis tiene dos efectos prácticos: el primero es que
sustrae a los hechos constitutivos de delito de la esfera de
aplicación de la Ley de Amnistía (Decreto Ley 2191 de 1978) —
porque cronológicamente han salido del tiempo en que esa ley
tiene vigencia—; y, el segundo, es que se impide la aplicación
de la prescripción —porque ésta solo comienza a correr a
contar del momento en que se termina de ejecutar el delito—.
Con esta tesis del “secuestro permanente” la presunción
de inocencia —que es un derecho esencial del imputado— se
va al tacho y se invierte el peso de la prueba, desplazándola
desde el acusador —que es quien debe probar los elementos
del delito— hacia el acusado; y se da el absurdo de que los
procesados o condenados, aún estando privados de libertad
estarían cometiendo el delito de secuestro.
Y como normalmente nunca se podrá probar la inocencia
o el fin del secuestro —menos aún si el juez no acepta como
válidos ciertos elementos probatorios—, éste se transforma en
un delito inextinguible: una vez cumplida su condena y como el
delito aún se está cometiendo, el “secuestrador” sería
nuevamente procesado y condenado, y así, sucesiva e
interminablemente.
Y, para colmo de males, no solo se viola abierta y
groseramente la presunción de inocencia: hay muchísimos
casos en los que el juez sustanciador de la causa no considera
pruebas que acreditan fehacientemente determinados hechos
que favorecen al acusado, tales como pasaportes u otros
instrumentos en los que consta que éste no estuvo en el lugar
de los hechos en el momento o época en que ellos ocurrieron.
Al respecto tenemos, por ejemplo, el denominado “caso
Woodward”, en el que no le fue asignado valor alguno al
certificado de sepultación del cementerio y al certificado de
defunción emitido por el Servicio de Registro Civil e
Identificación para acreditar el fallecimiento de dicho sujeto; y
tampoco a la constancia que de su muerte hay en el informe
Rettig.
Así, se llega a un auto de procesamiento absurdo, en el
que se dice que Michael Woodward “fue privado de su libertad
de desplazamiento sin derecho, manteniéndosele bajo
detención o encierro en recintos de la Armada, lo que se ha
prolongado desde el mes de septiembre de 1973 hasta el día de
hoy”.
Este aserto, que repugna a la razón, fue reproducido en
similares términos en el auto acusatorio de fecha 12 de mayo
de 2011.
Esta fantasía, esta farsa mayúscula de establecer —sin
prueba alguna que así lo acredite y, por el contrario, habiendo
pruebas en sentido opuesto— que el señor Woodward está
actualmente detenido o encerrado en recintos de la Armada es
demencial, propio de un imbécil o de alguien que carece del
más elemental sentido común.
Pero, como no es posible atribuirle tales características a
los jueces, no queda otra posibilidad que la de presumir que
están actuando con sevicia, odio o resentimiento llevados al
paroxismo.
Los casos como el precedentemente descrito son
innumerables.
Lamentablemente, esta actitud aberrante de los jueces de
primera instancia es —en la mayoría de los casos—
cohonestada tanto por las Cortes de Apelaciones como por la
Corte Suprema.
Los órganos jurisdiccionales deben legitimarse ante la
ciudadanía mediante sus fallos y resoluciones, en los que a
través de sus motivaciones dejan de manifiesto que sus
decisiones no son caprichosas ni arbitrarias, sino que
producto de un razonamiento lógico, coherente, transparente y
ajustado a derecho.
Resoluciones como las antedichas, absolutamente
sesgadas y tendenciosas en contra de los integrantes de las
FF.AA. y Carabineros, desprestigian a la judicatura y al sistema
legal.
Para fundamentar la sentencia no basta con que el
sentenciador aduzca o exprese cualquier razón, que motive el
acto de cualquier manera.
Las razones que el sentenciador ha de aducir, para excluir
la tacha de arbitrariedad, tienen que tener alguna consistencia,
un fundamento objetivo capaz de justificar la decisión y de
asegurar para ella el calificativo de racional.
La figura utilizada por los jueces no tiene asidero en el
derecho chileno, según el cual el fundamento de todo proceso
penal es la existencia del hecho punible, pues es público y
notorio que ante ninguno de dichos jueces se ha rendido
prueba alguna que sugiera la existencia de algún individuo
permanentemente secuestrado.
Más aún, las pruebas en contrario son múltiples, y tanto
los jueces como la ciudadanía entera saben que eso es una
mentira y que tales hechos punibles son inexistentes.
Fingirlos es solo un ardid destinado a eludir la aplicación
de leyes vigentes, como la amnistía y la prescripción.
Hay innumerables casos en los que se usa el subterfugio
de hablar de “secuestro permanente” para no declarar
extinguida la responsabilidad, pese a no haber en la causa
antecedente de que hubiera habido un secuestro y que éste
hubiera permanecido en el tiempo.
Su existencia tendría que probarse, pues el Código de
Procedimiento Penal determina que “la existencia del hecho
punible es el fundamento de todo juicio criminal”.
Pero en tales casos no hay prueba del supuesto
“secuestro permanente”.
Se ha llegado a presumir de derecho el delito, pues no se
admiten pruebas en contrario. Y tal presunción de derecho está
prohibida por la Constitución.
Por otra parte la ley le exige al juez que, antes de
condenar, haya adquirido por los medios de prueba legal la
convicción de que realmente se ha cometido un hecho punible
y que en él ha correspondido al procesado una participación
culpable (artículo 456 bis del Código de Procedimiento Penal).
El juez debe llegar a la plena convicción del secuestro, y
dicha convicción no debe simplemente afirmar que “tuvo lugar
un secuestro”, sino que hay que llegar a la completa
convicción de que dicho secuestro se sigue perpetrando.
Si los jueces han podido llegar a la “convicción” de algo
que no es real, los ciudadanos probablemente ya no sabremos
qué esperar cuando nos sometamos a su jurisdicción.
Es innegable la importancia del sentido común en la
convicción que puede formarse el juez.
La convicción que la ley reclama no puede desafiar a la razón
ni a la lógica, y las conclusiones a que es posible arribar, a
partir de ciertos antecedentes comprobados, no pueden no
considerar, por ejemplo, la duración de un secuestro y la
factibilidad —en relación con el tiempo transcurrido— de la
sobrevivencia del secuestrado luego del sometimiento a
prisión del secuestrador por largo tiempo.
Esa supervivencia debería prolongarse y, por ello, investigarse
la responsabilidad penal de los “otros” coautores, cómplices o
encubridores —distintos del preso— que mantienen con vida al
secuestrado, puesto que no se realiza el tipo penal del
secuestro sin secuestrado vivo; y el inculpado preso no ha
podido tener cuidado de la víctima.
De no probarse directamente la supervivencia del secuestrado,
estamos presumiéndola: ¿con qué antecedentes y
fundamentos?
No es razonable dar por prolongada la situación
antijurídica por el hecho de no localizar el cadáver o no ubicar
a la persona, después de haber transcurrido treinta y cinco o
más años de la ocurrencia de los hechos denunciados.
Falta la verosimilitud de la persistencia de la situación
ilícita dado el tiempo transcurrido, bien porque el detenido ha
sido puesto en libertad o bien porque ha fallecido.
Por ello ha de considerarse que los hechos que la
originaron han dejado de tener relevancia penal al tiempo de la
denuncia. Y la admisión de tal denuncia puede calificarse, por
tanto, como arbitraria.
Sostener que frente a homicidios comprobados o
evidentes cometidos hace casi cuarenta años se trataría de un
secuestro, porque no se encuentran los restos es una falacia,
que al asentarse judicialmente solo trae desprestigio a la
judicatura e inseguridad a los ciudadanos sometidos a ella.
La inexistencia de un cadáver no es un impedimento para
comprobar un homicidio, por cuanto el juez puede y debe
reconstruir la verdad procesal utilizando los procedimientos de
prueba que la legislación procesal penal vigente contempla, en
sintonía con las exigencias que los respectivos tipos penales
invocados imponen, mediante una lógica y armónica relación
de los diversos indicios y pruebas.
Cabe al respecto preguntarse cuál puede ser la
convicción del tribunal cuando, a título de ejemplo, se asesina
a una persona sin dejar resto alguno de su cuerpo, como
cuando alguien es arrojado a una fosa inalcanzable.
Supongamos que tal acción es realizada ante la presencia
de numerosos testigos; más aún, por ejercicio académico,
supongamos que ello ocurre ante los ojos del juez:
¿Puede éste no tener la convicción del homicidio porque
no dispone de un cuerpo humano muerto?,
¿Cuál es el delito, en tal caso, del cual podría tener
convicción?,
¿Podrían ser lesiones?
La tesis de que sin cadáver no hay homicidio es
inaceptable.
Peor aún aquella de que no se puede sancionar un
homicidio porque no ha sido hallado el “cuerpo del delito”, en
circunstancias de que el cuerpo del delito no es el cadáver,
sino los hechos típicos; el hecho criminal considerado en
relación con sus efectos.
Un mismo hecho criminal puede constituir diferentes
cuerpos de delito.
Así, por ejemplo, en una puñalada que ha causado la
muerte del ofendido, el cuerpo del delito es un homicidio; y en
la que no ha causado tal efecto, solo hay lesiones corporales.
Se asimila la noción de cuerpo del delito con aquella que
le otorga el artículo 108 del Código de Procedimiento Penal:
“La existencia del hecho punible es el fundamento de todo
juicio criminal, y su comprobación por los medios que admite
la ley es el primer objeto a que deben tender las
investigaciones del sumario”.
Por lo demás, el contexto en que se produjo la
desaparición de un sujeto y la circunstancia de que treinta o
más años después continúe ignorándose de él, son de por sí
suficientes para concluir razonablemente que fue privado de su
vida o que está en libertad.
En los procesos seguidos contra militares por el delito de
“secuestro” no sólo se está faltando a la verdad —con
sentencias inicuas, que presumen como verdadero lo que es
falso—, sino que se está quebrando la juridicidad y el Estado
de Derecho.
Continuar por la senda del debilitamiento del Estado de
Derecho es muy peligroso y nada bueno augura para nuestra
nación, puesto que conduce, inevitablemente, a la violencia y a
la anarquía.
CHILE INFORMA
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DE CHILE INFORMA EDICIÓN Nº 1.102
Exclusivo de Chile Informa:
Siéntese cómodo, tómese su tiempo y lea
esta carta que dice demasiadas verdades
Su autor, el mayor de Ejército ® Jaime Torres Gacitúa, nos
dice: “te adjunto una carta que remití al CJE, y en virtud que no
tuve respuesta de él, quedo en libertad de hacerla pública’’.
Esto es lo que dice la carta:
General de Ejército
JUAN MIGUEL FUENTE-ALBA POBLETE
Comandante en Jefe del Ejército
Presente
Mi General:
Me dirijo a US., en su calidad de CJE, para exponer un
sentimiento que gobierna mi mente, y demando exhibir a la
más alta autoridad institucional.
Cuando era solo un niño (15 años) sentí el llamado de la
Patria, momento que no vacilé para situar mi futuro y a partir
de ello la aspiración de ingresar a la Escuela Militar.
En mi juventud y como alumno de esa Escuela Matriz,
recibí como parte de la formación de un Oficial de Ejército,
elementos que pasaron a formar la Unidad de Doctrina, que
guió mi proceder en esa Institución por más de 22 años de
servicio, mecanismos que a mi juicio, debe regir en todo
momento los pasos de un Oficial.
Al egresar como Alférez del Arma de Infantería el año
1984, fui destinado al Glorioso “Regimiento Chacabuco”, con
Guarnición en la ciudad de Concepción, dimensiono hoy que
en ese proceso de Alumno – Oficial, agrupé una serie de
ilusiones, de proyectos, de sueños, como es particularmente
lógico en la concepción de un Joven Oficial.
Al poco caminar observé, porque era parte del diario
vivir, que nuestro Ejército además jugaba un rol político en la
contingencia nacional.
Lo anterior cobraba mucha fuerza en esa zona, pues las
acciones que desarrollaba esa Unidad Regimentaria, se
enmarcaba en un 80 %, en actividades de Gobierno Interior,
instruíamos a nuestros Soldados en la Técnica y Táctica de
acciones tendientes a mantener el Orden Interno, patrullajes y
custodio a los servicios de primera necesidad de la población
civil (agua, gas, luz, transportes, etc.) y muchos más,
conocidos por todos los integrantes de la Institución.
En ese largo proceso, potenciamos la verdadera Red de
Protección Social, que existe y nace en el Gobierno de las
FF.AA., nos preocupamos en extremo de nuestros Soldados,
jóvenes que cumplían con su Servicio Militar Obligatorio y que
recibieron por cierto, un trato muy duro de nuestra parte,
amparados en la convicción del MANDATO CONSTITUCIONAL,
de defender nuestra país de cualquier amenaza externa y/o
interna.
Entendíamos que para cumplir con esa misión, teníamos
que formar hombres que cuando la Patria los necesitare,
estarían capacitados para defender nuestra territorialidad y en
consecuencia, nuestra soberanía.
De lo señalado precedentemente, puedo agregar que en
ese camino recorrido, estábamos todos involucrados y
comprometidos de la misma forma, desde el Comandante de la
Unidad hasta el último Soldado Conscripto.
Recuerdo con la mirada en alto, los escenarios complejos
que tuvimos que afrontar para mantener el Orden Público; en
nuestra acción siempre estuvo en primera línea nuestro
Comandante, me refiero al entonces Coronel HUGO JAQUE V.,
con su ejemplo y valentía, lo reconocimos todos como un
verdadero líder.
Al paso de unos años, cuando era un joven Subteniente y
avalado por mis buenas calificaciones, el Alto Mando toma la
decisión de destinarme a la Central Nacional de Informaciones,
sin derecho a réplica alguna, porque si US. no lo recuerda era
así, a los Oficiales que se les destinaba a esa Unidad, se les
hacía saber que eran hombres de selección y constituía un
honor para ellos, cumplieran con esa Comisión Extra
Institucional.
El 11 de Marzo de 1990 y en una mirada al pasado, juzgué
que había contribuido como HOMBRE y SOLDADO, a la
inmensa obra del GOBIERNO MILITAR, con esa misma claridad
y fuerza sentí orgullo al momento de recibir la medalla de
MISION CUMPLIDA, que imagino US. luce dignamente toda vez
que tiene que portar en su uniforme la Cinta con
Condecoraciones, porque es de publico conocimiento, que su
inicio en el mundo castrense, nace con su ingreso a la Escuela
Militar el año 1970, es decir, participó desde el primer día en el
Gobierno de las FF.AA. y Orden, por ende a juicio de cualquier
persona informada, tiene más mérito su distinción y la de toda
su generación, por sobre la nuestra.
Al término del Gobierno Militar, fui destinado a la Escuela
de Paracaidistas y FF.EE, donde reconozco, me realicé como
un SOLDADO DE VERDAD.
Tuve el privilegio de servir en esa Unidad de Combate, que en
esa época se comportaba como la reserva estratégica del CJE.
Conocí en esa Vieja Escuela, hombres entregados a su
Ejército, convencidos de su misión, altamente entrenados bajo
el mando de su Director, Coronel JULIO VANDORSSE C., un
hombre extremadamente caballero, culto, estricto y sin duda el
mejor Comandante que tuve.
En ese capítulo de mi vida militar, fui seleccionado para
integrar la Agrupación de Seguridad del CJE.
En este nuevo destino tuve la oportunidad de conocer muy de
cerca a la persona que dirigió los destinos de Chile por 17
años, por cierto constituía un real privilegio y por sobre ello un
honor servir a su lado.
Al término del mando del General AUGUSTO PINOCHET
UGARTE, ya en mi calidad de Jefe del Equipo de Seguridad,
conocí al SENADOR, al POLÍTICO, que irrumpía en su oficina
del Congreso Nacional todos los días Lunes a partir de las
07:00 y donde la propia Guardia de Carabineros, se extrañaba
por su hora de llegada, claramente conocían muy poco de él.
Un patriota, que iniciaba su último capítulo en el devenir de
nuestra Historia Republicana.
Acto seguido tuve la suerte de acompañar al General
PINOCHET, en su viaje al Reino Unido, autoridad que viaja a
esa nación, en calidad de EMBAJADOR PLENIPOTENCIARIO
de Chile ante el Reino Unido.
¿Creerá US., que al momento de su detención, esa
Inmunidad Diplomática no se le reconoció?
En otra oportunidad daré a conocer los capítulos secretos
de su detención y cautiverio, porque estimo necesario sean
conocidos por la nuevas generaciones y compartir con ellos la
trama de su INJUSTA DETENCIÓN, que se extendió por un
período de 19 meses.
Al regreso del General PINOCHET a Chile, el escenario era
evidentemente otro, se le prohibió ir al Congreso Nacional y
ejercer su cargo de Senador de la República, se restringió
claramente su participación en la vida pública.
El último episodio que viví al lado de la familia PINOCHET, fue
en su Parcela de Los Boldos, cuando se le comunica al
Ayudante de Turno, que se dirigían a notificar al CGL. APU, por
una causa de DD.HH.
A partir de ese momento tuve por necesidad y como respuesta
a mi puesto de Jefe del Equipo de Seguridad, el protagonismo
del día.
Solicité información al Comandante de mi Unidad (Compañía
de Comandos y Acciones Especiales N°12).
Necesitaba una orientación y el protocolo a seguir, porque no
existía uno frente a ese particular escenario.
Después de reiterados intentos, al otro lado del teléfono nadie
contestó, presumí inocentemente que el Comandante de la
Compañía, no quería cercenar con alguna decisión, su
brillante carrera militar.
En virtud de la hostilidad que se presentaba en el exterior de la
parcela, puse en ejecución el Plan de Defensa, obviamente
consideraba el empleo del total de la Fuerza Militar y en él, un
cerco de seguridad perimetral en la casa de nuestro General.
Ese acto del entonces Capitán TORRES, salió ampliamente
publicado en los medios de comunicación radial y televisiva.
Finalmente el único afectado fue el suscrito, una vez más el
hilo se cortaba por lo más delgado.
El año 2002, fui procesado injustamente por el Secuestro
del Sr. Eugenio Berríos S., estuve detenido por un período de
14 meses.
En ese amargo episodio sentí el pleno abandono del Ejército,
de la Institución que serví fielmente durante 22 años.
Observé cómo el Ejército condena a los que están privados de
libertad, antes que los propios Tribunales de Justicia.
Me sentí pasado a llevar, me sentí denostado, humillado, solo
mi fe en Dios, la convicción de haber contribuido a la GRAN
OBRA DEL GOBIERNO MILITAR y con el APOYO IRRESTRICTO
DE MI FAMILIA, ayudaron evidentemente a fortalecer mi
espíritu.
Cuando ingresé a la Escuela Militar, me inculcaron para
ser Oficial existen dos consideraciones elementales, la primera
de ellas ser caballero y la segunda un hombre.
Con mucho dolor aprecio en el tiempo que US. y sus
antecesores, no encarnan la segunda consideración elemental
que generaciones de Instructores han impartido en nuestro
Alcázar.
Soy víctima, como muchos otros camaradas del
abandono total de nuestro Ejército, en especial de sus CJE en
estos últimos tres períodos.
Es necesario recordar, que la lealtad DEMANDA
TÁCITAMENTE UNA RECIPROCIDAD, vuestra generación tiene
una participación en el Gobierno de las FF.AA., que hoy no
pueden negar o desconocer y por ende la condena pública de
parte de Ustedes no se ajusta a ningún Código Militar.
De lo contrario y en el escenario que US., hubiere sido
contradictorio a la idea de un Régimen de esta Tipología, su
deber de conciencia era alejarse de las filas del Ejército.
En reiteradas oportunidades, le escuché hacer uso de la
palabra en la Comandancia en Jefe del Ejército y siempre
demostró su ADMIRACIÓN Y FIDELIDAD AL GENERAL
PINOCHET.
No puedo aceptar esa actitud, como otra maniobra para
escalar en su carrera militar y por llegar al sillón que hoy
ocupa.
Resulta impresentable que los Oficiales y Clases del
Ejército, que estamos comprometidos con la Justicia, gocemos
de un total abandono.
Las instituciones las forman las personas y en el caso
particular del Ejército es Usted el llamado en aplicar la amplia y
conocida CORRELACIÓN DE LA LEALTAD, exigiendo a quién
corresponda UN DEBIDO PROCESO, para todos los
PROCESADOS Y/O CONDENADOS y en subsidio la aplicación
de todos los beneficios que la ley otorga.
Mi General, si me permite le entregue un consejo, ajeno a
cualquier interés:
“PASE A LA HISTORIA COMO UN CJE CONVENCIDO DE LA
GRAN OBRA DEL GOBIERNO MILITAR, POR SU HOMBRÍA.
QUE LA HISTORIA LO RECUERDE COMO UN GENERAL QUE
NO ABANDONO A LOS CAIDOS EN EL CAMPO DE BATALLA,
COMO UN SOLDADO QUE SIRVE AL EJERCITO Y NO COMO
UN MILITAR QUE SE SIRVE DE SU INSTITUCION”.
Este es el resumen de mi vida militar, podrá apreciar que
tiene muchos matices.
Hoy al estar INJUSTAMENTE CONDENADO, me tomo la libertad
de trazar estas líneas y dirigirlas al CJE., porque juzgo
importante, sean conocidos de primera fuente, aunque tengo la
certeza que no es nada nuevo.
Por duras que parezcan estas calificaciones, son reales, es mi
deber representarlas a US. y no ampararme en anónimos como
el mecanismo que utilizan los cobardes.
Me parece aberrante, inconducente, impropio y extemporáneo,
el comportamiento y actitud de vuestra generación de
soldados.
Demando a US., recoja mis palabras, como la reflexión de
un hombre de armas, que hoy desarrolla con éxito su actividad
profesional en el mundo civil, lo precedente es la explosión
lógica de un SOLDADO, por el amor y respeto a una de las
Instituciones más antiguas de la República, me refiero a
nuestro Ejército, que hoy se observa disminuido frente a la
opinión pública en lo circunscrito a las expectativas que nos
formamos de él.
Claramente US., en un tiempo más pasará a retiro y si los
que vienen continúan su senda y la de quienes le han
precedido en el mando, homologándose en el tiempo como un
CONTAGIO SUCESIVO NEGATIVO, malos tiempos le auguro a
mí querida Institución.
Lo llamo a entender, que esta no es una opinión solitaria,
por el contrario es compartida por muchas generaciones de
Oficiales y Clases en retiro y también en servicio activo, que
cuando se reúnen no importando el motivo que los convoca,
siempre exteriorizan un clamor general en contra del
Conductor del Ejército.
Ruego a Dios, que estas palabras cobren eco en el futuro,
de lo contrario seguiré luchando por lo estrictamente justo, con
el mismo ímpetu y pasión que enfrenté mi Vida Militar.
Se despide atentamente de US.
Fdo.) JAIME TORRES GACITUA
MAYOR ®
Injustamente Condenado
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HISTORIA DE LA CANCIÓN
DE NINO BRAVO " LIBRE "
EL PARAÍSO DE ALEMANIA ORIENTAL DONDE TANTO DISFRUTÓ LA SRA JERIA. Y SU HIJA MICHELLE.
POSTERIORMENTE. LOS HONECKER SE REFUGIARON EN CHILE EN DONDE AUN ELLA VIVE SIN SER IMPUTADA POR LAS MUERTES OCURRIDAS EN SU GOBIERNO COMUNISTA. ESOS SON LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS MARXISTAS..
HISTORIA DE LA CANCIÓN
DE NINO BRAVO " LIBRE "
Una breve historia sobre el Muro de Berlín y la canción “Libre” que habla del primer alemán que murió intentando atravesar el muro.
Imagínate que estás en tu ciudad, dividida en cuatro sectores después
de una guerra donde puedes circular libremente, (por ejemplo vives en
el sector francés y trabajas en el soviético), pero una mañana sales
de tu trabajo y te encuentras con una alambrada y soldados detrás que
te impiden llegar a tu casa.

"Mire, es que yo vivo ahí, ¿no ve a mi mujer y a mis hijos en esa ventana?
"Lo siento, no se puede pasar,” quedando así decenas de miles de familias destrozadas. (Alrededor de 40.000 personas).
Imagínate que estás en tu ciudad, dividida en cuatro sectores después
de una guerra donde puedes circular libremente, (por ejemplo vives en
el sector francés y trabajas en el soviético), pero una mañana sales
de tu trabajo y te encuentras con una alambrada y soldados detrás que
te impiden llegar a tu casa.
"Mire, es que yo vivo ahí, ¿no ve a mi mujer y a mis hijos en esa ventana?
"Lo siento, no se puede pasar,” quedando así decenas de miles de familias destrozadas. (Alrededor de 40.000 personas).
Imagínate que estás en tu ciudad, dividida en cuatro sectores después
de una guerra donde puedes circular libremente, (por ejemplo vives en
el sector francés y trabajas en el soviético), pero una mañana sales
de tu trabajo y te encuentras con una alambrada y soldados detrás que
te impiden llegar a tu casa.
"Mire, es que yo vivo ahí, ¿no ve a mi mujer y a mis hijos en esa ventana?
"Lo siento, no se puede pasar,” quedando así decenas de miles de familias destrozadas. (Alrededor de 40.000 personas).
Peter Fechter
Peter Fechter, un obrero de la construcción de 18 años,
intentó huir junto con un amigo y compañero de trabajo,
Helmut Kulbeik.
Tenían pensado esconderse en el taller de un carpintero,
cerca del muro, y tras observar a los guardias de la "frontera" alejándose, saltar por una ventana hacia el llamado
"corredor de la muerte", atravesarlo corriendo y saltar
por el muro cerca del Checkpoint Charlie, a Berlín Oeste.
Imágen de la película: The Death of Peter Fechter"
Peter Fechter agonizando.


Peter gritó pidiendo auxilio, pero los soldados soviéticos que
le habían disparado no se acercaron, y lo único que pudieron hacer los soldados americanos fue tirarle un botiquín, que no le sirvió de ayuda, ya que sus graves heridas internas le impedían moverse, y poco a poco fue perdiendo la consciencia
Durante casi una hora, los ciudadanos de ambos lados de Berlín contemplaron impotentes su agonía, gritando a los soldados de ambos lados para que le ayudasen.
Pero ambos bandos tenían miedo de que los del otro lado les disparasen, como había pasado en ocasiones anteriores; aunque ninguna en una circunstancia tan perentoria como
esta y a las dos del mediodía, con tantos testigos presentes, incluyendo periodistas en el lado occidental.
Los soldados del lado oriental, zona a la que pertenecía en realidad la "tierra de nadie", tampoco le ayudaron, y no se acercaron hasta pasados 50 minutos, seguramente para
que sirviera de ejemplo para cualquier otro que pensase huir.

Cuando por fin se acercaron los soldados de la RDA y
se lo llevaron, los ciudadanos de ambos lados gritaron repetidamente "¡asesinos, asesinos!".
En el lado occidental, se sucedieron las protestas y las manifestaciones los días siguientes, y los habitantes del Berlín Oeste comprendieron claramente lo difícil que sería para sus familiares y amigos del Berlín Este el intentar escapar
Asimismo, también se dieron cuenta, decepcionados, de que los soldados americanos, en pleno auge de la
Guerra Fría, no harían nada para ayudarles en circunstancias similares.
Fue un duro golpe para la esperanza
de los berlineses.
(Entre 1989 y 1961 murieron más de 192 personas
por disparos al intentar cruzarlo, y otras 200 resultaron gravemente heridas, además de los que murieron
al querer cruzar la frontera entre las dos Alemanias,
(y ya no hablemos de los que estuvieron en
la cárcel por intentarlo, o por ayudar a otros).
La canción, escrita diez años después de los hechos, recoge
una historia y unas fotos que dieron la vuelta al mundo, y que todavía hoy son símbolo de la crueldad humana. En el lugar
donde murió Peter Fechter, se levantó en 1990 un monumento
La canción es símbolo de todo el pueblo alemán que soñó con huir,
ya que si Peter fue la primera víctima del muro, el último,
Chris Gueffroy, en 1989, tenía, precisamente, veinte años...
12 de junio 1987
El presidente estadounidense Ronald Raegan visita Berlín y llama al
líder soviético Mijail Gorbachov a tirar abajo la Cortina de Hierro:
"Señor Gorbachov, derribe este muro", (Mr. Gorbachov, Tear down this wall) dijo frente a la Puerta de Brandenburgo y el Muro a su espalda.
Ya en 1997, dos antiguos soldados de la RDA fueron juzgados,
y admitieron haber disparado contra Peter Fechter.

Se les declaró culpables, y fueron condenados a un año de cárcel.
En el juicio el forense declaró que toda ayuda hubiera sido inútil,
ya que la gravedad de las heridas le hubiera causado la muerte en cualquier caso. Pero es algo que nunca sabremos, ¿verdad?
28 años después de su construcción
el 9 de noviembre de1989 cae el muro de Berlin.
Miles de manifestantes de Alemania Oriental van hacia los
puntos de control de la frontera exigiendo que los dejen pasar.
Los soldados se quedan quietos mientras que miles de
personas atraviesan la frontera. La gente comienza a
derribar el Muro en medio del júbilo general.
Mucho antes de la medianoche miles de berlineses se congregaron a ambos lados del muro.
Se vivieron escenas de emoción y llanto al reencontrarse familias separadas durante años.
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Estimados amigos
Hoy en Europa, se difunde el “Plan Ahora” a través de la website de la Fundación Francisco Franco en España. Nuestro amigo el abogado español Jaime Alonso García, subió el documento a la website de la “Voz de Hispanoamérica”. Él esta con nosotros, no tan solo en un apoyo moral, sino que con gestión comprometida y así me lo hizo ver nuevamente la noche del sábado 01 de septiembre.

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PLAN AHORA, NUESTRAS RAZONES
1. El Plan Ahora se inicia ante el incumplimiento de la promesa del entonces candidato Sebastián Piñera, formulada el 8 de noviembre de 2009, poco antes de las elecciones presidenciales, cuando él solicitó reunirse con militares retirados en el Círculo Español, ante la asistencia de cerca de un millar de oficiales y suboficiales en retiro de todas las agrupaciones y círculos que reúnen a los ex miembros de las FF.AA. y Carabineros. El texto de lo prometido por el entonces candidato es el siguiente:
“Me quiero referir al tema de la justicia en nuestro país. En mi administración se terminará con la discriminación que afecta en los tribunales al personal uniformado, el Gobierno demandará que a todos se aplique los principios que siempre han orientado a la justicia…Se tomarán las medidas para haya para todos una justicia que se aplique en forma oportuna y sin mantener procesos “ad aeternum”, que nunca terminan. Para los uniformados, en servicio activo o en condición de retiro, habrá una justicia justa que no discrimine, sino que a todos garantice el respeto de las garantías fundamentales como es el debido proceso. A los tribunales se les va pedir, de acuerdo a nuestra legislación, la correcta aplicación de los tratados internacionales y el principio de prescripción de los delitos. Si se aplican tratados internacionales que no son leyes en Chile, ¡No hay juicio justo!
Se demandará a los tribunales aplicar lo que es esencia, lo que garantiza un verdadero estado de derecho. La justicia tiene que ser aplicada en forma equitativa, y los principios de la justicia, como el debido proceso, como las normas de prescripción, como la imparcialidad de los tribunales, como la presunción de inocencia, como la oportunidad en que la justicia debe ser aplicada; debe aplicarse a todos los chilenos sin ninguna distinción.
Creo que lo anterior es un principio que honrará a nuestro país, fortalecerá nuestro estado de derecho y apuntará definitivamente a conquistar una plena y total reconciliación en un país que, por distintas razones, estuvo sometido a divisiones muy profundas, que generaron mucho encono, mucho rencor, mucha odiosidad entre los chilenos”.
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La promesa se puede ver y escuchar en: http://www.youtube.com/watch?v=PsbbrbdVx5I
2. La Familia Militar Chilena considera el incumplimiento de la promesa del actual presidente, como una traición a la palabra empeñada y una burla a quienes le dieron sus votos, imprescindibles para alcanzar la primera magistratura.
3. Además de lo anterior, el Plan Ahora justifica su accionar por algo que seguidamente nos resultó incomprensible: el recrudecimiento de la persecución judicial bajo la administración del Presidente Piñera, avalada por el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior. ¡No podíamos creerlo! Recorrer la página web de esta entidad gubernamental (http://www.ddhh.gov.cl/) es constatar que desde allí se orquesta la mayor parte de las querellas contra los militares. Allí se cobijan más de ¡30! agrupaciones cuyo único norte es mantener vivo el odio e impedir la reconciliación, mientras la encargada de tal oficina y los abogados izquierdistas que allí laboran, recorren el país azuzando a los verdaderos enemigos de la libertad. Actualmente hay más de 1.200 querellas en contra nuestra. El Sr. Piñera recibió su gobierno con cerca de 340. ¡Bonita forma de cumplir lo prometido!
La situación ha llegado a tal nivel de gravedad que se alcanzaron situaciones similares a las que se sufrían en las purgas estalinistas: ¡Laesposa de un cabo de carabineros (R) - ambos mayores de 70 años – también presa en una causa de derechos humanos, para presionar al esposo para que confiese un crimen que no cometió¡
4. Se suma a lo anterior, la negativa de conceder los beneficios carcelarios a los camaradas que cumplen con los requisitos para acceder a ellos, de acuerdo a los reglamentos penitenciarios y a la ley. Si hoy ya se ha variado en algo esta negativa, aún se conceden en forma absolutamente restrictiva, haciéndose una clara discriminación por el sólo hecho de ser ex uniformados.
5. La absoluta negativa a conceder indultos, incluso a camaradas que permanecen en condiciones terminales de salud y en peligro de muerte, no tiene otra explicación que una fuerte debilidad de carácter y falta de visión de estadista de quien nos aseguró que “la justicia tiene que ser aplicada en forma equitativa”.
Mientras los nuestros prácticamente agonizan y mueren en Punta Peuco, Cordillera y diversos penales del país, a los delincuentes comunes de similar condición de salud sí se los incluye en programas de indultos para que pasen sus últimos días junto a los suyos. Caso emblemático es el del Cap. Guillermo Cofré, para quien ni siquiera se puede reclamar la cristiana misericordia. Este oficial de Carabineros (R) se encuentra postrado desde hace 3 años, padece de insuficiencia respiratoria aguda y las secuelas de un accidente vascular encefálico. Está al borde de la muerte desde el año 2009, tanto así que recibió los Últimos Sacramentos el año 2010.
6. En tanto, ningún ex terrorista se encuentra encarcelado, pues todos fueron amnistiados o indultados por los sucesivos Gobiernos, a partir de la ley de amnistía de 1978. Todos los ex violentistas de izquierda hoy gozan de libertad, tranquilidad, trabajo e indemnizaciones. Sólo para los ex uniformados no existe igualdad ante la ley. Recientemente el Poder Judicial, con intervención de jueces militares, ha sobreseído a ciertos terroristas responsables de la internación de armas por Carrizal, operación destinada a causar la muerte de miles de chilenos. Se les ha dejado definitivamente libres, en correcta aplicación de la ley y de la prescripción. En cambio, los ex uniformados son encerrados en las cárceles porque los mismos tribunales no les aplican la ley de prescripción: grosero e inaceptable doble estándar, nunca visto en nuestra historia.
7. El Plan Ahora y sus adherentes consideran que los partidos de gobierno UDI y RN son co-responsables en que la persecución y la injusticia se perpetúen, al no presionar en orden a obtener un cambio de actitud por parte del gobierno. Ambos partidos olvidaron que deben vida y hacienda a los militares, marinos, aviadores y carabineros, y hoy miran hacia el lado haciéndose los desentendidos. ¡Y pretenden justificar su traición con el caso Riggs, situación que ni siquiera está fallada en tribunales y que ha originado procedimientos judiciales que en otros países han terminado estrepitosamente. Esto se llama traición y oportunismo, puro y simple.
8. Se nos ha hecho saber que el principal impedimento para favorecer a los nuestros estriba en que el Poder Judicial es independiente y no se le puede instruir sobre las causas de DD.HH. ¡El Presidente Aylwin no tuvo reparos en instruir al Poder Judicial!... en cambio, el Sr. Piñera recorre el Museo de la Memoria y derrama alguna lágrima ante la institucionalización de la mentira financiada con fondos estatales, olvidando sus palabras cuando nos dijo que “A los tribunales se les va pedir, de acuerdo a nuestra legislación, la correcta aplicación de los tratados internacionales y el principio de prescripción de los delitos…”
9. El Plan Ahora y sus adherentes consideran que mientras se mantenga la situación que afecta a los presos políticos militares desde hace más de 20 años, el manoseado “Estado de Derecho” no existe en Chile, porque no puede aceptarse que un Poder Judicial esté dedicado a ejercer la venganza de un sector de la sociedad contra otro por hechos sucedidos hace 40 años, y para lo cual actúa torciendo y violando la ley (especialmente la prescripción), inventando delitos, haciendo prevalecer leyes no existentes y recurriendo a un sinfín de argucias, subterfugios y tropelías legales. Eso tiene un nombre: prevaricación.
10. Por todo lo anterior y no quedando otro recurso que aplicar la máxima presión dentro de la legalidad, el Plan Ahora busca causar el mayor daño electoral posible al actual gobierno, a la UDI y RN, inicialmente partiendo en el último escalón de la política nacional (los concejales) en la próxima elección municipal, con el fin de ponerlos en la necesidad de optar por cumplir lo prometido o sufrir el necesario escarmiento por su traición. De no lograr su objetivo antes de las elecciones municipales, el Plan Ahora continuará el 2013.
11. Téngase presente que el Plan Ahora y sus adherentes no hubiéramos querido llegar a este extremo, pero nos vemos obligados a recurrir a hacer uso de la única arma de que disponemos en estos momentos para restablecer la justicia y el Estado de Derecho, cual es: restar nuestros votos a quienes tienen el poder de hacer que se cumpla la ley. ¡Nuestros votos ya no serán más los “votos cautivos” de RN y UDI!
12. Súmese a lo anterior, nuestro apoyo a la noble y gloriosa institución de Carabineros de Chile, que por efectos de la misma perversión que antes hizo regar con la sangre de sus mártires las calles de la patria; hoy son asesinados, agredidos, vilipendiados e injuriados con falta de leal respaldo de quienes ostentan la autoridad, incluso por diputados. Están siendo entregados a las hordas que asolan nuestras ciudades, haciéndose prevalecer hoy estúpidamente un supuesto derecho a la libre expresión, en detrimento de la libertad de desplazamiento de los ciudadanos honestos, del respeto a las personas y sus bienes, del orden público, de la paz social y de las normas esenciales de una civilizada convivencia.
¡IGUALDAD ANTE LA LEY PARA TODOS LOS CHILENOS!
¡LIBERTAD AHORA PARA LOS LIBERTADORES DE CHILE!
¡VIVA CHILE!
Directiva Nacional y Comité Ejecutivo – Plan Ahora
http://www.fnff.es/PLAN_AHORA_NUESTRAS_RAZONES_452_c.htm
Un abrazo
PAZ Y UNIDAD POR CHILE
DIOS LES BENDIGA
Carlos Edo. Gary and Patrice Walcot
“Equal Justice”
Defense of Human Rights
and Social Justice
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INIQUIDAD JUDICIAL CONTRA MIEMBROS
DE LAS FF.AA. Y DE ORDEN
SEGUNDA PARTE

ADOLFO PAUL LATORRE
Ofrecemos hoy la segunda parte del trabajo jurídico del cual es autor el
abogado y capitán de navío en retiro don Adolfo Paúl Latorre.
3. Contexto histórico
La ley no se aplica atendiendo al contexto histórico
absolutamente anormal que se vivía en la época en que se
habrían cometido los supuestos delitos, sino que considerando
una plena normalidad constitucional; normalidad que
conquistaron, precisamente, las personas que ahora son
juzgadas.
Lamentablemente, para alcanzar tal normalidad fue
necesario aplicar la violencia legítima del Estado; lo que
obviamente acarrea como consecuencia personas muertas,
heridas o desaparecidas.
Sin embargo, curiosamente, los diez mil hombres en
armas —extremistas, violentistas, guerrilleros, terroristas o
como quiera llamárseles— que había en el país se
transformaron, por arte de birlibirloque, en “víctimas” de
atropellos a los derechos humanos.
Y, así, los jueces consideran, de partida, a los militares
como “victimarios” y a los detenidos, fallecidos o
desaparecidos como “víctimas”; sin considerar en absoluto el
contexto político, social e histórico en el que ocurrieron los
hechos investigados y omitiendo medios probatorios, leyes o
circunstancias que favorecen a los procesados; incluso en
situaciones en que éstos han actuado en defensa propia.
Los jueces se resisten a aplicar la ley en el contexto en
que ocurrieron los hechos y los juzgan como si hubieren
acaecido en la actualidad, olvidando el entorno de odio
político, de violencia, de polarización y de división entre los
chilenos, que sirvió de marco a los delitos que se están
juzgando; cuando Chile vivió la peor crisis de su historia;
cuando se estaba al borde de la guerra civil y de la
desintegración nacional; cuando se validaba la violencia
política y la vía armada para alcanzar el poder total, y se
exacerbaba la lucha de clases.
No es justo evaluar con los criterios de hoy delitos que
son condenables, pero que se gestaron en un ambiente de
odios extremos, que dividieron al país en dos bandos
irreconciliables y lo llevaron al borde de la “guerra civil con un
millón de muertos” que pronosticaba el presidente Allende
(según lo manifestado por Eduardo Frei a Bernardo Leighton,
en carta de 22 mayo de 1975).
Lamentablemente es imposible, y hasta ingenuo, creer
que una guerra civil larvada o en preparación y a punto de
estallar, se pueda contrarrestar sin alguna “violación de
derechos humanos”; un subproducto que nadie quería, pero
que resultaba inevitable en el contexto de un trastorno de todo
orden que no tenía precedente en la vida de Chile.
En todo caso, el hecho cierto es que las FF.AA. y
Carabineros lograron evitar una guerra civil y rescatar a la
nación de las garras del comunismo —algo que nunca les será
perdonado por quienes profesan esa doctrina— con una
mínima pérdida de vidas humanas.
Como ha expresado Adolfo Zaldívar: “lo que vivimos en
Chile, previo al 73, se quiera o no admitir, fue el preludio de una
guerra civil que son las más crueles de todas, por los odios y
pasiones que desatan previo a que estallen. Lo concreto es que
se jugó con fuego y muchos salieron quemados”.
El clima imperante en esa época no justifica, pero sí
explica los excesos y delitos cometidos por algunos miembros
de las instituciones armadas y el contexto violento e irracional
en que tales hechos ocurrieron.
No debemos olvidar que los “violadores de los derechos
humanos” estaban enfrentando una cruenta guerra irregular,
contra grupos subversivos y terroristas armados que
asesinaban a mansalva, destruían bienes materiales públicos y
privados, atentaban contra los derechos humanos de todos los
chilenos, y socavaban la convivencia nacional y al propio
Estado; resistencia subversiva que no cesó ni siquiera
después de 1990.
Hay hechos que ciertamente nadie puede dejar de
condenar, pero que no son más que la consecuencia inevitable
de la violencia, de los odios, los abusos y los enfrentamientos
que desató un movimiento que quiso apoderarse del poder
para instaurar en Chile un régimen socialista totalitario al estilo
cubano.
No se juzga con verdad y justicia el comportamiento de
un agresor si se omite toda referencia a la indebida e ilegítima
provocación o agresión que él ha sufrido antes de parte de su
víctima. Pero, con la ideología del odio contra los uniformados
prevaleciente, aun cuando haya sido un terrorista el agresor se
dirá: si un militar mató a un terrorista, fue un crimen horrendo;
si un terrorista mató a un militar, constituyó un paso adelante
hacia la democracia.
Nada justifica que solo un sector de la sociedad chilena
siga siendo juzgado y condenado por los tribunales de justicia
por hechos ocurridos hace treinta y cinco o más años y que
quienes cometieron delitos o crímenes en el sector opuesto
disfruten de la impunidad, ya sea por la vía de la aplicación de
la amnistía, de la prescripción o de los indultos —que les son
negados a los militares—, de la rebaja de las penas u otros
mecanismos.
No es equitativo un país en que la justicia parece tener
solo un ojo para juzgar severamente a un sector, mientras los
responsables de la crisis institucional se afanan por perseguir
y encarcelar a los integrantes de las Fuerzas Armadas.
Eso no se llama justicia, se denomina venganza.
Hoy abundan las quejas por los abusos y “violaciones a
los derechos humanos” que algunos miembros de las FF.AA. y
de Orden habrían cometido.
Por cierto que siempre, aun en las peores circunstancias,
puede hablarse de abusos o delitos, pero nunca es lícito tratar
de tender una cortina de olvido sobre los hechos que obligaron
a nuestras FF.AA. a pronunciarse, a pesar de su renuencia y de
los riesgos que implicaba sacar miles de hombres fuertemente
armados a la calle.
Corregir la situación de enorme emergencia que vivió
Chile exigía medidas extremas cuya aplicación, por desgracia,
abría amplias posibilidades al abuso.
Por eso no está de más subrayar que los responsables de
esos abusos también hay que ir a buscarlos entre aquellos que
provocaron la emergencia, haciendo inevitable las dolorosas
medidas que comentamos.
Y los políticos, que ahora rasgan vestiduras, harían mejor
en meditar acerca de su responsabilidad en los hechos que
hicieron necesaria la intervención de la Fuerzas Armadas.
4. Resoluciones judiciales arbitrarias e ilegítimas
Las sentencias dictadas en las causas de DD.HH., en la
generalidad de los casos, no aplican el derecho preexistente y
son, por lo tanto, arbitrarias e ilegítimas y se encuentran
descalificadas como actos judiciales válidos.
Y ello es así, por cuanto son impuestas sin respetar
principios constitucionales o jurídicos básicos de un Estado de
Derecho, tales como los siguientes:
a) Igualdad ante la ley. Todas las personas del sector político
de izquierda proclives al gobierno de la Unidad Popular que
observaron una conducta penal reprochable —
incluyendo asesinatos y actos de carácter terrorista—
fueron liberadas de responsabilidad penal (incluso por
delitos cometidos con posterioridad al 11 de marzo de
1990); en cambio los militares, que también habrían
observado una conducta reprochable, no resultan
beneficiados por las mismas normas que liberaron de
responsabilidad penal a las primeras.
Por otra parte, los militares son los únicos chilenos a
quienes les es aplicado un procedimiento penal diferente y
más desfavorable que el que se le aplica al común de los
ciudadanos.
b) De legalidad. Que exige que tanto la conducta sancionada
como la pena a ella asociada, estén determinadas
previamente por la ley.
c) De la irretroactividad de la ley penal. La prohibición de
aplicación retroactiva de la ley penal desfavorable, que es
una concreción básica del principio de legalidad y que se
expresa en la frase latina nullum crimen, nulla poena sine
lege penali, praevia, stricta et scripta. La retroactividad solo
está permitida cuando la nueva ley resulta más beneficiosa
para el inculpado.
d) De la tipicidad. Que los hechos sean plenamente
subsumibles en un tipo delictivo que determine clara y
precisamente cual es la conducta prohibida, no
permitiéndose integración analógica alguna; es decir, no
puede utilizarse otro delito para cubrir un vacío legal
cuando la conducta no está expresa y detalladamente
descrita y sancionada en la ley.
e) De culpabilidad. La exigencia de responsabilidad personal
en el sujeto para que pueda ser sancionado con una pena,
su grado de participación en el supuesto delito y si le era o
no exigible otro comportamiento.
f) De humanidad. Tratar con respeto a los procesados o
condenados, ahorrándole vejaciones inútiles y sufrimientos;
concediéndoles indultos, libertad condicional y otros
beneficios carcelarios en igualdad que al resto de los
chilenos; y reconociendo que los militares y carabineros no
son un peligro para la sociedad, por cuanto se trata de
personas disciplinadas, de orden, de trabajo y de familia y,
en la mayoría de los casos, de avanzada edad.
g) De un debido proceso. Legalmente tramitado y con un
procedimiento y una investigación racionales y justos.
h) Non bis in idem o de la autoridad de la cosa juzgada. Una
persona no puede ser juzgada dos veces por la misma
causa, reabriendo casos que han terminado ya sea por
sentencia ejecutoriada o por sobreseimiento definitivo.
i) In dubio pro reo. En caso de duda, ya sea por insuficiencia
probatoria u otra razón, se deberá decidir en el sentido más
favorable para el imputado o acusado.
j) Onus probandi o carga de la prueba. Principio jurídico que
señala quién está obligado a probar un determinado hecho
ante los tribunales y cuyo fundamento radica en el aforismo
de derecho que expresa que “lo normal se presume, lo
anormal se prueba”. Por tanto, quien invoca algo que rompe
el estado de normalidad debe probarlo: actori affirmanti
incumbit onus probandi (la carga de la prueba incumbe al
que afirma).
Este principio es la base de la presunción de inocencia de
cualquier sistema jurídico que respete los derechos
humanos.
k) Presunción de inocencia. El estado jurídico de inocencia,
conocido como "presunción de inocencia", es uno de los
elementos esenciales que integran al garantismo procesal.
Esta condición de derecho de la persona frente al ius
puniendi del Estado tiene repercusiones en los diversos
ámbitos de la justicia penal.
El principio de inocencia es fundamento inmediato de otros
y que junto con él conforman una de las principales
directrices de un moderno modelo de enjuiciamiento
criminal, cual es, la garantía del proceso justo.
Diversos son los textos que lo consagran, tanto en el
ámbito internacional como en los ordenamientos
nacionales, siendo todas las fórmulas utilizadas similares,
siguiendo muy de cerca a la versión original del principio
contenida en el artículo 9° de la Declaración de los
Derechos del Hombre y del Ciudadano.
Curiosamente, en nuestra Constitución Política de la
República no se contempla la fórmula tradicional del
principio y es sólo en el artículo 42 del Código de
Procedimiento Penal donde existe una expresión similar a la
original (a nadie se considerará culpable de delito ni se le
aplicará pena alguna sino en virtud de sentencia dictada por
el tribunal establecido por la ley, fundada en un proceso
previo legalmente tramitado).
Con todo, aunque nuestro ordenamiento constitucional no
consagre en forma incontestable el estado jurídico de
inocencia del individuo en el proceso penal, ello no
constituye un obstáculo para afirmar que el legislador debe
observarlo como norma suprema, dado que el artículo 5° de
nuestra Carta Fundamental establece que "El ejercicio de la
soberanía reconoce como limitación el respeto a los
derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana.
Es deber de los órganos del Estado respetar y promover
tales derechos, garantizados por esta Constitución, así
como por los tratados internacionales ratificados por Chile
y que se encuentren vigentes"; como lo es, por ejemplo, la
Convención Americana sobre Derechos Humanos,
denominada “Pacto de San José de Costa Rica”, que
establece: “Toda persona inculpada de delito tiene derecho
a que se presuma su inocencia mientras no se establezca
legalmente su culpabilidad”.
Esta presunción es un derecho básico del imputado.
Lo relevante es que quien acusa es quien tiene que
demostrar la acusación; el acusado no tiene que demostrar
su inocencia, ya que de ella se parte.
Es preciso que la culpabilidad sea demostrada por el
acusador; si el querellante no prueba, se debe absolver al
querellado.
l) Normas reguladoras de la prueba. Son aquellas pautas
básicas que importan una restricción a las facultades
privativas de los sentenciadores en la valoración de
la prueba.
Su inobservancia se produce cuando se invierte el peso de
la prueba; se rechaza una probanza que la ley autoriza o
cuando se acepta una que la ley repudia; y cuando se altera
el valor probatorio que la ley le asigna a los diversos medios
de prueba.
El artículo 456 bis del Código de Procedimiento Penal
dispone que la acreditación de los hechos en un litigio
criminal solo puede obtenerse a partir de los medios
de prueba legal, y esos son los que están especificados en
el artículo 457 del mismo código.
Por otra parte, hay ciertos mecanismos de extinción de la
responsabilidad penal que están siendo desconocidos, tales
como la prescripción y la amnistía. Y lo están sobre la base de
argucias, artimañas, ficciones o trapacerías; la más conocida
de las cuales es el mal llamado “secuestro permanente” (todos
los secuestros son delitos de ejecución permanente, en
contraposición a los de ejecución instantánea).
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