DE FUNDACIÓN NACIONAL FRANCISCO FRANCO
Hermógenes Pérez de Arce
El cinismo consiste en la “desvergüenza para practicar acciones o sostener doctrinas vituperables”.
La Corte Suprema acaba de validar la impunidad de los autores de atentados terroristas en nombre de una puntillosa observancia de la “presunción de inocencia”, la que la ha llevado a desechar miles de pruebas aportadas por la Fiscalía. La única condena que se ha logrado ha sido la del terrorista Pitronello, y sólo porque la bomba que iba a instalar le estalló entre las manos. Si no, también habría sido presumido inocente. Y ni siquiera se le ha logrado castigar por terrorismo, porque la escrupulosa judicatura chilena no ha podido convencerse de que poner bombas provoque temor en la población, de manera que el de Pitronello no es considerado delito terrorista y, por tanto, no se le aplican las sanciones más severas que contempla la ley para acciones de ese carácter. ¡Qué bien defienden los tribunales la presunción de inocencia! ¿Cree usted eso? Si la respuesta es afirmativa, quiere decir que usted desconoce por completo lo que acontece en los procesos contra los uniformados que combatieron en Chile al terrorismo. Pues a éstos se les condena PASANDO POR SOBRE la presunción de inocencia. A los terroristas ésta se les presume, pero los uniformados deben probarla. Es nuestra justicia de izquierda.
Esta notable doctrina aplicada a los militares, que contradice la base de todo el Derecho Penal ancestral, fue establecida en Chile por el juez Juan Guzmán Tapia, a fines de los ’90, cuando procesó al general Pinochet. Y sentó su doctrina de la “presunción de culpabilidad” en forma explícita, en una entrevista que le hizo Raquel Correa en “El Mercurio”, el 20 de junio de 1999: “De ser enjuiciado Pinochet –dijo– se le darán todas las posibilidades… para probar su inocencia en la participación que en esta fase SE LE PRESUME”. Es decir, “presunción de culpabilidad”. Más adelante reafirmó: “Las personas acusadas tienen la posibilidad de probar su inocencia”. Y una tercera vez: “… se les da también la oportunidad para que expliquen y prueben que son inocentes”. Si no lo hacían, se les condenaba. El Derecho Penal al revés.
Esa doctrina, esencialmente antijurídica y opuesta al debido proceso, fue ratificada por las Cortes de Apelaciones y la Suprema, en la medida en que fueron siendo nombrados cada vez más jueces y ministros de izquierda por la Concertación.El que llevó las cosas a extremos inverosímiles fue el ministro Alejandro Solís, próximo a jubilar, para fortuna del Derecho. En un caso él alcanzó ribetes que serían humorísticos si no resultaran trágicos para el brigadier que ha sido víctima de sus atropellos: lo condenó a diez años por el secuestro de la mirista Lumi Videla en un proceso en que NO HAY UNA SOLA PRUEBA DE SU PARTICIPACIÓN Y SÍ LA HAY DE SU INOCENCIA: el hermano de Lumi Videla declaró que el brigadier no la había detenido. Pero Solís citó nueve pruebas de su culpabilidad que, dijo, se hallaban a fs. 1.274, 1.289, 1.285, 1.291, 1.297, 1.504, 1.309, 1.316 y 1.330. ¡Qué fárrago de pruebas de culpabilidad!
Pero si usted va a examinarlas, una a una, verá que ninguna se refiere para nada a una posible detención de Lumi Videla por el brigadier. Es lo que, en la jerga “coa”, se denomina “balurdo”, una paquete con apariencia de contenido que no tiene ningún contenido. Se usa para “el cuento del tío”.Cuando en las aulas de las escuelas de Derecho chilenas del siglo XXII se estudien los escándalos judiciales del Chile de fines del siglo XX y comienzos del XXI, dos casos clínicos van a ser estos de la absolución de terroristas por la Corte Suprema y de las condenas ratificadas por la misma al brigadier (r) Krassnoff. En el primer caso por llevar la presunción de inocencia al extremo de sobreponerla a miles de pruebas de culpabilidad, en beneficio de la izquierda terrorista; y en el segundo por haber hecho prevalecer la presunción de culpabilidad por sobre pruebas concretas y también por sobre el principio ancestral del Derecho Penal, la presunción de inocencia, en perjuicio de quienes combatieeron al terrorismo de izquierda.Hacer ambas cosas a la vez sólo podía materializarlo una justicia de izquierda, como la que tenemos, y mediando un magistral ejercicio de cinismo moral.
Ciertamente, nada de esto habría sido posible sin el concurso de una amplia corriente dominante en nuestra sociedad, que lo ha cohonestado o ha “mirado para otro lado”.
viernes, 19 de octubre de 2012
Chile: Ejercicio Judicial de Cinismo
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