viernes, 30 de enero de 2009

FALLOS DE LA CORTE SUPREMA

Amigos:
Nuevas noticias optimistas de fallos dictados por Corte Suprema
Carlos Contador

Estimados superiores y amigos :

Les adjunto algunos fallos dictados por la Corte Suprema.
En los fallos podemos apreciar que hay dos Ministros que estàn por aplicar la prescipciòn, claro que todavìa no son mayorìa en la sala, pero es un avance.
Poco a poco seguiremos avanzando en nuestras actividades de la Cren.
Luego les enviarè un informe de las actividades, serà muy reducido pero explicativo, no podemos entregar informaciòn en forma tan pùblica, esperamos en el mes de Marzo, llamarlos a una reuniòn para informarles detalladamente.

Un cordial saludo
Manuel Pèrez Santillàn.



Corte suprema dicta sentencias definitivas en cuatro causas por violaciones a los derechos humanos



La Segunda Sala de la Corte Suprema dictó sentencias definitivas en investigaciones por causas de violaciones a los derechos humanos cometidas en el país entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.

En el primer caso, la Segunda Sala Penal del máximo tribunal del país (en causa rol 874-2008) dictó sentencia definitiva en la investigación por el secuestro de Sergio Lagos Marín, ocurrido a partir del 7 de febrero de 1975, en la ciudad de Santiago.

En fallo dividido, los ministros Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y Carlos Künsemüller determinaron las siguientes penas:
- Manuel Contreras Sepúlveda: 5 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
- Marcelo Moren Brito: 5 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
- Rolf Wenderoth Pozo: 5 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
- Miguel Krassnoff Martchentko: 5 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
- Maximiliano Ferrer Lima: 5 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
- Basclay Zapata Reyes: 5 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.

El fallo se adoptó con el voto en contra de los ministros Segura y Ballesteros, quienes fueron partidarios de absolver a los imputados aplicando el principio de la prescripción de la acción penal.

En el segundo caso se determina sanciones por el delito de secuestro calificado de David Urrutia Galaz, ocurrido a partir del 20 de diciembre de 1975, en la ciudad de Santiago.

En fallo dividido (causa rol 4691-2007), los ministros Nibaldo Segura, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y el abogado integrante Óscar Herrera determinaron las siguientes condenas:
- Enrique Ruiz Bunger: 5 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
- Juan Saavedra Loyola: 5 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
- Otto Trujillo Miranda: 5 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
- César Palma Ramírez: 4 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
- Enrique Cartagena Maldonado: 4 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.

Los ministros Segura y Ballesteros fueron partidarios de dictar absolución acogiendo la prescripción de la acción penal. Además, en este caso con la decisión de mayoría de los ministros Dolmestch, Künsemüller y el abogado integrante Herrera se determinó un pago de una indemnización civil de $75 millones de pesos para los familiares de la víctima.

En el tercer caso se determinó la condena por el homicidio calificado de Jecar Neghme Cristi, ocurrido el 4 de septiembre de 1989, en la ciudad de Santiago.

En fallo unánime (causa rol 4427-2007), los ministros Nibaldo Segura, Rubén Ballesteros, Carlos Künsemüller y los abogados integrantes Juan Carlos Cárcamo y Óscar Herrera determinaron las siguientes sanciones:
- Enrique Leddy Araneda: 5 años de presidio. Se entregó el beneficio de la libertad vigilada.
- Pedro Guzmán Olivares: 3 años de presidio. Se entregó el beneficio de la libertad vigilada.
- Luis Sanhueza Ross: 3 años de presidio. Se entregó el beneficio de la libertad vigilada.
- Jaime Norambuena Aguilar: 3 años de presidio. Se entregó el beneficio de la libertad vigilada.
- Manuel Allende Tello: 3 años de presidio. Se entregó el beneficio de la libertad vigilada.

En este caso se aprobó el acuerdo económico entre el CDE y los familiares de la víctima que condena al Fisco a pagar una indemnización de perjuicios.

El cuarto caso se refiere al secuestro calificado de Juan de Dios Sepúlveda González, ocurrido el 23 de septiembre de 1973, en la ciudad de Los Ángeles, Región del Bío-Bío.

En fallo unánime (causa rol 3871-2008), los ministros Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y Carlos Künsemüller rechazaron el recurso de casación presentado en contra del fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción que absolvió a Juan Abarzúa Cáceres.

El fallo determina que el recurso de casación fue mal presentado por el requirente, por lo que no es posible subsanar el fallo por la Corte Suprema.




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