Enviado: jueves, 08 de octubre de 2009 0:33
Asunto: FW: IMPORTANTE ....OJALA SIRVA
TRIBUNALES Alejandro Espinoza y fallo de la Suprema
"Este caso puede sentar un importante precedente"
El abogado logró que por primera vez el máximo tribunal acogiera la prescripción en un juicio por violación a los derechos humanos que se seguía en contra de un militar.
Por Fabián Alvarez Salazar
"El fallo es revolucionario, porque las cosas se plantearon de manera distinta".
Así de claro se mostró ayer el abogado Alejandro Espinoza Bustos, quien logró esta semana que la Corte Suprema por primera vez aplicara la prescripción en un juicio por la muerte de dos civiles durante el gobierno militar, cuyos cuerpos aún no aparecen.
El profesional penquista consiguió que prescribiera el delito de homicidio calificado que reconoció haber cometido su cliente, el coronel (r) Joaquín León Rivera González, autor confeso de la muerte de Ricardo Rioseco Montoya (22) y Luis Cotal Alvarez (15), ambos ejecutados en Angol el 5 de octubre de 1973.
La resolución del máximo tribunal del país dejó crespos a abogados y familiares de víctimas de atropellos a los derechos humanos. Y es que estiman que es "una mala señal" para lograr condenas en contra de otros militares acusados de iguales delitos. Esto, porque el fallo, además, no reconoce durante los primeros años del gobierno militar la vigencia en el país del Convenio de Ginebra.
Para Alejandro Espinoza, esta resolución "puede sentar un importante precedente, ya que este caso es similar a todos los de militares procesados por violaciones a los derechos humanos". Estimó que "a más del 90 y tanto por ciento de ellos les favorece la prescripción".
A su juicio, el golpe a la cátedra que dio con su postura "podría significar el término de todas las causas de derechos humanos ahora ya en Chile". Esto, porque "es cosa que todos los involucrados digan que las personas fueron efectivamente muertas", afirmó.
¿Cómo consiguió este fallo de la Suprema?, preguntamos y él parte por aclarar que -a pesar de dedicarse a temas penales- por primera vez defendió a un militar implicado en un caso como éste, "por lo que mi defensa fue independiente y completamente distinta a cómo se venían planteando las de otros militares", aseguró.
El paso decisivo fue acreditar el homicidio sin tener los cuerpos, para poder zafarse así del delito de secuestro calificado que mantiene cazados a otros militares. Lo segundo, fue desmarcarse de insistir por la amnistía y, más bien, apostar por la prescripción del delito que "es un tema que nadie había abierto mucho", estimó. Un nuevo paso fue lograr despejar cuales eran los tratados internacionales que impiden cerrar las causas y cuales eran aplicables a la fecha de cometerse el delito de su cliente. Así, se estableció que sólo la Convención de Ginebra había sido ratificada por Chile al momento del ilícito.
Con ello aclarado, planteó que este acuerdo era inaplicable en el caso de su defendido, ya que no obstante había decretos del gobierno militar que declaraban estado de guerra interna, en la práctica no había tal situación, pues el gobierno militar tenía el control total del país al momento de cometerse el delito. Así no tiene cabida el tratado internacional que rechaza la prescripción.
Término a los juicios
"La sociedad no puede seguir discutiendo lo que pasó hace 30, 40 ó 80 años. En todas partes del mundo cuando han querido mirar para adelante, porque es la única manera de poder convivir, se ha puesto fin a los juicios". Para Alejandro Espinoza éste es el valor de la prescripción, "una norma que viene del derecho romano", aclaró.
Acotó que si uno mantiene estos conflictos vivos, parte de las energías de la sociedad se gastan en solucionar problemas que si bien fueron muy dolorosos, "impiden caminar y mirar hacia adelante", dijo. Puso como ejemplo la actual unión de Europa que superó resquemores entre los países, derivados de las guerras mundiales.
Respondió a los sectores ligados a familiares de detenidos desaparecidos -los que reclaman que con la prescripción de los delitos no hay justicia- afirmando que "la justicia está dada porque el Estado ha reconocido que se violaron los derechos humanos de esas víctimas y han existido reparaciones económicas".
Paso a paso
- El ministro instructor Fernando Carreño llega a la convicción de que las víctimas fueron muertas minutos después de su detención, por lo que aplica la prescripción. Sin embargo, el delito que imputa es secuestro calificado. A pesar de ser un fallo absolutorio, la defensa del coronel (r) Joaquín Rivera recurre de casación y apela. Pide que se confirme la absolución, pero con la aclaración de que el delito es homicidio y no secuestro.
- La Corte de Apelaciones de Temuco revoca el fallo absolutorio y condena al oficial por homicidio calificado a 10 años y un día. Acoge así que se trata de un homicidio, pero condena a Rivera porque hace valer los pactos internacionales sobre derechos humanos y afirma que es inaplicable la prescripción.
-
- La Corte Suprema acoge un recurso de casación presentado por la defensa de Rivera y lo absuelve de la pena impuesta por considerar que está prescrita la acción penal. La resolución desecha la aplicación del tratado de Ginebra, pues considera que no existen pruebas que den cuenta de la existencia de un Estado de Guerra, durante el período en que suceden los hechos.
Fuerte rechazo a fallo
Como un fallo "contradictorio, vergonzoso, ambiguo e indignante" fue calificado por la dirigente de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos de la región, Mercedes Sánchez Errázuriz, el fallo de la Corte Suprema que por primera vez acoge la figura de la prescripción para un caso de violación a los derechos humanos cometido en el gobierno militar.
Lo que más desconcierta a esta dirigente es que sólo en noviembre del año pasado el máximo tribunal condenó a la cúpula de la DINA por el secuestro calificado del mirista Miguel Angel Sandoval Rodríguez. En esa oportunidad, la unanimidad de la Segunda Sala Penal hizo aplicable el Convenio de Ginebra y acogió el hecho de que, a la fecha de la desaparición de Sandoval, el país estaba en guerra interna.
Para Mercedes Sánchez no hay una postura clara de la Corte Suprema , porque "frente a un caso que es igual a otro, lo mínimo que se espera es que se siga una sola línea", expresó. Acotó que ahora sólo les quedará recurrir a organismos internacionales.
Atte
Jose Aguirre.
miércoles, 28 de octubre de 2009
PRESCRIPCIÓN, UNA PEQUEÑA LUZ AL FINAL DEL CAMINO
Etiquetas:
PRESCRIPCIÓN ABSUELVEN A MILITAR
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario