lunes, 22 de marzo de 2010

CARTA: Muerte presunta

Muerte presunta
Señor Director:

Sobre el proyecto de ley que facilita la declaración de muerte presunta de los desaparecidos con ocasión del terremoto de febrero, el ministro de Justicia ha señalado que, más allá de los manifiestos beneficios para los familiares de las víctimas, en cuanto a poder hacer valer seguros de vida, pensiones de sobrevivencia, derechos de herencia, etcétera, la declaración puede tener también un efecto simbólico al ayudar a estas personas a hacer el duelo por la pérdida tan dolorosa de sus seres queridos.
Todo ello, sin embargo, sólo tendrá lugar en la medida en que la población, y sobre todo los afectados, comprenda bien la naturaleza de este proceso. Una falta de información en tal sentido puede llevar al resultado opuesto, como el que, aunque en circunstancias muy diferentes, impidió que esta figura legal fuera utilizada por los parientes de los "detenidos desaparecidos" durante el régimen militar. Muchos de ellos se negaron a pedir la muerte presunta porque entendieron que así renunciaban a la búsqueda de los restos y le ponían un obstáculo legal insalvable a la labor de seguir investigando para conocer la verdad de lo sucedido. Esta sensación de que la muerte presunta es una especie de "lápida legal" que permite desentenderse completamente de la ubicación de los cuerpos podría conducir a que, aunque la ley se apruebe, ella no sea utilizada por sus destinatarios.
Resulta conveniente aclarar que la institución de la muerte presunta no es una "muerte legal", por la cual a un ausente se le considera exactamente igual que si hubiera fallecido. La presunción de muerte tiene por supuesto previo e ineludible el que alguien ha desaparecido y que existen probabilidades fuertes, pero no certeza, de que ha muerto. La ley autoriza que, previa sentencia de juez, se equiparen sus efectos, no a la muerte propiamente tal, que no sabemos si ha tenido lugar, sino a la prueba oficial de dicha muerte, es decir, a la inscripción de defunción. Lo que hace la sentencia de muerte presunta es posibilitar que se inscriba la defunción en el Registro Civil. Pero la ley no olvida que se trata de una persona muerta sólo "presuntivamente", y contempla la posibilidad de que los efectos de la declaración sean revertidos cuando reaparece o se recuperan sus restos y se llega a saber cuándo murió exactamente.
De este modo, el hecho de que los familiares pidan y obtengan la declaración de muerte presunta de los desaparecidos en el terremoto y maremoto de febrero no significa que ellos renuncien a proseguir los esfuerzos para ubicar los restos de sus seres queridos, ni el Estado puede negarles la ayuda para pesquisarlos y aclarar las circunstancias reales de su fallecimiento.
Hernán Corral Talciani
Profesor de Derecho Civil U. de los Andes
5 Comentarios publicados
Posteado por:
Sergio Guerra Guerra
21/03/2010 10:27
[ N° 1 ] A la complejidad de aceptar una verdad respecto a los " detenidos desaparecidos" ahora se suma el real problema de los " desaparecidos desaparecidos".

Posteado por:
eduardo valdes gonzalez
21/03/2010 10:29
[ N° 2 ] Prof Corral, Estimo que la propia expresión de "muerte presunta" que impulsa este Proyecto, tan necesario en estas cirunstancias, lleva implícita la hipótesis que el presuntivamente desaparecido pueda "reaparecer" ) lo devolvio el mar, po ejemplo) y contra esa circunstancia no hay declaracòn ni ficción legal que valga.
Convendrá conmigo que en el tema de los detenidos-deesparacidos, existían en juego situaciones compltmente disitintas a las que Ud menciona, como era el pago de indemnizaciones para los familiares del desaparecido y la tesis que se sostuvo, según entiendo fue la del "secuestro permanente", lo que logicamente colisonaba con la petición de declaraciòn de muerte presunta.
Atentamente,
EVG

Posteado por:
Edo. Romero G.
21/03/2010 12:38
[ N° 3 ] interesante análisis, de situaciones similares (guardando las proporciones), a no ser de considerar una pequeña variable :
la interpretación política . . .

Posteado por:
Raul Munizaga N
21/03/2010 18:28
[ N° 4 ] Eso es. Sigan acomodándose.
La Presidente de entonces es responsable de la mayoría de los actuales desaparecidos al informar radialmente que no había peligro de Tsunami.
Como madre de la Nación quería llevar tranquilidad y mantener su popularidad. Delito de Lesa Humanidad. Ahora si con leyes vigentes.
La ficción del secuestro permanente no ha servido para ubicar a ninguno de los desaparecidos en el combate antisubersivo.
Solo ha sido útil para ganar la Guerra Civil por secretaria




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