
LA IMPORTANCIA DE ESTA CARTA ES QUE FUE REDACTADA POR UNA EX JUEZ DE LA CORTE SUPREMA DEL PODER JUDICIAL DE CHILE
RUS.
Cartas
Martes 21 de Diciembre de 2010
Los soldados del 73 y el Bicentenario
Señor Director:
Con este título se publicó una inserción en “El Mercurio” el 17 de este mes. Lo he leído por lo menos tres veces y no puedo menos que estar de acuerdo con lo que allí se sostiene.
Sufrí el gobierno de la Unidad Popular, de modo que me constan las tergiversaciones que se han hecho con posterioridad a su respecto, especialmente en el extranjero. Y, justamente, me he acordado de la inserción a que aludo al leer la última entrevista a Eugenio Heiremans, quien cuando le preguntan cómo fue para él y sus amigos la experiencia con la UP, responde: “Nos dimos cuenta de que era un gobierno que lisa y llanamente iba a destruir el país”… Y no andaban descaminados, porque eso fue precisamente lo que ocurrió, tanto como para que el Presidente de la República anunciara días antes del 11 de septiembre que sólo quedaba harina para tres días, la que ya entonces se vendía mezclada con afrecho.
Pero dejando a un lado la historia misma de los hechos que supongo y espero que algún día sean contados tal y como ocurrieron, lo que me preocupa es la situación actual de aquellos que pertenecieron a las Fuerzas Armadas y de Orden y que han sido condenados o están procesados por delitos que no eran tales a la fecha en que se habrían cometido, o que siéndolos, habrían prescrito o estarían amnistiados. Es más, conozco un caso en que se ha condenado sin que exista prueba alguna de la participación del condenado, y no me extrañaría que si revisara otros procesos, encontraría casos similares.
Debo dejar en claro que yo no niego ni justifico la comisión de delitos tales como los asesinatos y desaparecimientos de personas ocurridos durante el gobierno del general Pinochet, sino que me preocupa la aplicación que se está haciendo de la ley a los presuntos responsables.
La Justicia, así con mayúscula, es esencial para la existencia de un Estado de Derecho. No se puede condenar por suposiciones ni guiados por celo de la justicia, como tampoco contra lo que establece claramente la Constitución Política; esto es, que el delito debe estar configurado específicamente en la ley con anterioridad a su comisión, ni olvidar el principio que rige en Derecho Penal, según el cual en caso de duda, debe prevalecer la interpretación más favorable al reo. Mucho menos es aceptable que se condene sin prueba o con prueba insuficiente, justamente ahora, que se hace tanto alarde de la existencia de una justicia garantista.
Raquel Camposano Echegaray
martes, 21 de diciembre de 2010
CARTA : Los soldados del 73 y el Bicentenario
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