martes, 28 de diciembre de 2010

Suprema rechaza recurso de mapuches que pedían rebaja de condena



Los comuneros solicitaban que, por la vía del recurso de amparo, se les rebajara la condena a cinco años y un día de presidio, argumentando que la dictación de la Ley 20.467, que modificó la sanción para delitos terroristas, era más beneficiosa para ellos y, por lo tanto, correspondía la disminución de la sanción.

por UPI/El Mostrador

La Corte Suprema rechazó los recursos de amparo presentados por dos comuneros mapuches, quienes solicitaron la rebaja de la pena de 10 años y un día de presidio por su participación en el delito de incendio, perpetrado en el fundo Poluco Pidenco, ubicado en la Región de La Araucanía, en 2004.

En fallo dividido los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Hugo Dolmestch y los abogados integrantes Alberto Chaigneau y Jorge Lagos, rechazaron los recursos de amparo presentados por los comuneros José Benicio Huenchunao Mariñan y Juan Carlos Huenulao Lielmil.

Los comuneros solicitaban que, por la vía del recurso de amparo, se les rebajara la condena a cinco años y un día de presidio, argumentando que la dictación de la Ley 20.467, que modificó la sanción para delitos terroristas, era más beneficiosa para ellos y, por lo tanto, correspondía la disminución de la sanción.

El fallo del máximo tribunal señala que no es posible aplicar la disminución de la pena, porque la mínima contemplada para el delito de incendio en la Ley Antiterrorista es de 10 años y un día de presidio, por lo que no existe sanción más favorable para los condenados.

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