sábado, 19 de enero de 2013

INTERPRETACIÓN Y NORMAS DE DERECHO






Cartas
Viernes 18 de Enero de 2013
Interpretación y normas de Derecho


Señor Director:

Los jueces están llamados, en primer lugar, a aplicar las normas legales, y solo cuando la redacción de ellas sea oscura o permita darle más de un sentido a la disposición, podrán entrar a interpretarlas. En Chile, existe una regla de oro para la aplicación de las leyes y es el art.19 del Código Civil, que dice: "Cuando el sentido de la ley es claro, no se desatenderá su tenor literal, a pretexto de consultar su espíritu".

Ejemplos de olvido de lo anterior existen muchos, como cuando se sometió a proceso a Nelson Mery y Marcelo Schilling, por los delitos de obstrucción a la justicia, lo que fue restablecido por los tribunales superiores que revocaron los procesamientos, teniendo especialmente en cuenta que dichos delitos se encuentran tipificados en un título que se refiere a crímenes y simples delitos cometidos por particulares, los que no podrían haber cometido los procesados, que habrían obrado como funcionarios públicos.

Este razonamiento que parece lógico, no lo han aplicado los jueces de ninguna instancia cuando se trata del secuestro, que está contemplado en un párrafo del Código Penal titulado "Crímenes y simples delitos contra la libertad y seguridad, cometidos por particulares".

Aquí, a los tribunales no les importa donde está ubicado el delito y estiman que los uniformados, que son todos funcionarios públicos y actuaron como tales efectuando detenciones a partir del 11 de septiembre de 1973, cometieron secuestro, pero no cualquier secuestro, sino uno especial y creado ex profeso para el caso, con lo cual incluso se atropella la garantía del art. 19 n {+o} 3 de la Constitución Política.

El art.148 del C.P., que contempla el delito de "detención ilegal", que es el que cometen los funcionarios públicos, es ignorado totalmente por los jueces, pareciera que no existe. Ignoro las consideraciones que hayan hecho para llegar a tal interpretación u olvido, pues en los fallos que he leído no he encontrado ninguna. No quiero suponer que la causa de esta interpretación sea la pena inferior prescrita para la detención ilegal en comparación con la del secuestro. Parece increíble que gente versada en derecho aplique de este modo la ley, pues si existe alguna duda está el principio "in dubio pro reo".

Creo peligrosísimo que los jueces traten de acomodar las leyes a su sentido de justicia o equidad, haciendo interpretaciones cuando las leyes no las necesitan. Al juez no debe necesariamente gustarle la ley que le toca aplicar.

Raquel Camposano Echegaray



Comentarios publicados

Claudio Guzman Merino
18/01/2013 09:32
[ N° 1 ] Señora Camposano:

Escribir sobre la aplicación de la ley en su sentido literal para tiempos en los que el estado de derecho fue reemplazado por el terrorismo de estado, resulta fácil.
Pero, ¡qué dificil es hacer justicia!
Pedir menores penas para funcionarios de un estado que apresó, torturó, y mató, sin juicio previo a ciudadanos a los que tenía el deber de proteger, y sin que el recurso de amparo constitucional funcionara en la práctica, resulta por decir lo menos, un insulto a la inteligencia y una bofetada al sentido de justicia.

Cordialmente


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Luis Braulio Donoso Cortes
18/01/2013 09:52
[ N° 2 ] Interpretación y normas de Derecho
Sra. Raquel Camposano Echegaray

Vayan mis sinceros palabras de apoyo y reconocimiento por la gran verdad expuesta en esta misiva, sin perjuicio de lo cual, apróntese a recibir los vociferantes reclamos por parte de los zurditos, quienes no aceptan otra verdad que la de ellos mismos.

Cordiales saludos.

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Gregorio Escutazolo Arechavala
18/01/2013 10:28
[ N° 3 ] Claudio Guzmán Merino ( posteo 1) : Si no sea aplica la ley en su sentido literal, sobre todo cuando esta es clara, el juez sencillamente comete una arbitrariedad, la que es cometida por quien tiene a cargo la aplicación de la ley


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Juan Cifuentes
18/01/2013 11:10
[ N° 4 ] "Cuando el sentido de la ley es claro, no se desatenderá su tenor literal, a pretexto de consultar su espíritu". Una de las primeras cosas que se enseñan en cualquier escuela de Derecho decente es que esa frase es de todo menos "clara". Lo del secuestro y la detención ilegal tiene otro nombre en este caso: tinterillada.


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Liliana Vilches Seguel
18/01/2013 11:37
[ N° 5 ] Algunos jueces (y otros "con vocación" de jueces) dicen: "YO soy la Ley", o más aún: "YO soy el Derecho y la Justicia", haciendo interpretaciones arbitrarias y parciales a su antojo.

Gracias Sra. Raquel por aclarar lo que es realmente la hermenéutica Jurídica, no la dogmática ideológica totalitaria que quieren imponer la CIDH y algunos tribunales chilenos.


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Renzo Constenla B
18/01/2013 11:45
[ N° 6 ] "... y solo cuando la redacción de ellas sea oscura o permita darle más de un sentido a la disposición, podrán entrar a interpretarlas ..."


"entrar a interpretarlas"; es como "dentrar a picar".

no se "entra" a realizar una accion.

Bastaba con escribir "... podran interpretarlas".


Educacion, donde estas que no te veo.


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lisandro contreras radic
18/01/2013 11:56
[ N° 7 ] La razón es muy sencilla Sra Camposano: A los militares no les asiste el debido proceso, ni el estado de derecho, ni la aplicación de las leyes exietentes. Todo lo contrario, desde la primera condena por supuestos delitos en contra de los DD.HH., y en la medida que ni los uniformados ni quienes se vieron beneficiados por el GM reaccionaron, ó a la justicia y hoy vemos como incluso se ha llegado am los extremos de reabrir el caso Letelier, para investigar la muerte de la secretaria R. Moffitt, como si hubieran sido dos bombas distintas, en lugares distintos y en momentos distintos. Súmele que en todo esto, el estado financia más de 200 millones de dólares anuales en reparaciones a cuanta persona presenta una querella.


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Sergio Alberto Valenzuela Benavente
18/01/2013 12:29
[ N° 8 ] Precisamente por esto es la pésima evaluación que la ciudadanía hace del poder Judicial.Los Jueces hacen fallos políticos y no existe autoridad en Chile que exiga otorgar justicia en derecho.Lo de R.Moffitt y de M.Henríquez,es la guinda de la torta gubernamental.


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mario rene diaz perez
18/01/2013 12:38
[ N° 9 ] El ascendiente de estos sucesivos CJs/DGs ---al margen de casos de lealtad puntuales y estrictamente personales--- deteriorado hasta ahora sin recuperaciòn.
Desmoralizacion y desmotivaciòn generalizada y lo que es peor, autocuestionamientos del personal en servicio activo al momento de cumplir òrdenes ante escenarios de crisis que obliguen al empleo de las armas.
En esencia, "a còmo zafarse de esas òrdenes", previo al momento de afrontar las consecuencias de largo plazo derivadas de su cumplimiento; a la hora de la victoria pìrrica ---que no otra cosa envuelve levantar las armas contra connacionales en el umbral de una guerra civil--- o de la derrota.
Situaciones aquèllas, en que el infeliz subordinado, cualquiera haya sido su jerarquìa, estarà sòlo y abandonado a su propia suerte. Hecho substancial, gravìsimo e històricamente probado en nuestras instituciones armadas.
No debemos olvidar, èstas han sido usadas y abusadas por la clase polìtica chilena con particular ènfasis previo a la Revoluciòn de 1891.
Grave crisis nacional de ìndole polìtica, en que la derecha logrò separar al Ejèrcito de la Armada, fortaleciendo el mando terrestre de esta ùltima con la presencia del Mayor del Ejèrcito Alemàn Emil Korner, contratado precisamente a instancias del Presidente Balmaceda para prusianizar a nuestro Ejèrcito, tras la derrota en 1870 de las fuerzas francesas en la guerra Franco-Prusiana.
Korner, hombre de altas calificaciones profesionales militares y que una vez en Chile, conquistado por la derecha, cambiò de bando llevando consigo al Mayor Roberto Silva Renard.
CONTINUA





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Ramón Illanes Martinez
18/01/2013 12:59
[ N° 10 ] Totalmente de acuerdo con lo escrito por la señora Raquel Campusano. Es una gran verdad y lo más básico para que un estado de derecho pueda ser tal.
El Sr. Guzmán Merino se suma a aquellos que ignoran y desprecian el derecho y todo cuanto no se ajuste a lo que ellos piensan. Ya está claro lo que ocurre en Bolivia, Argentina y para que hablar de Venezuela, donde la ley se aplica a la voluntad de los gobernantes.
Ninguna ley se puede aplicar al gusto del juez, eso es entrar a la ley de la selva.
La mejor manera de entrar a un estado de inseguridad jurídica, es seguir como vamos, interpretando al regalado gusto.


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Nora María Kaufmann Johnson
18/01/2013 13:19
[ N° 11 ] Lisandro Contreras Nº7

Estoy por querellarme por la ruina de mi familia cuándo el dólar de $39se fue a las nubes y tuvimos que exiliarnos voluntariamente en el extranjero para no terminar viviendo debajo de un puente. Significó una larga separación de nuestras 3 hijas que tuvieron que quedarse sin sus padres por largos años, con su abuela. ¿Usted cree que los de los DDHH contemplen alguna ley de reparación en estos casos? Yo creo que no, las interpretaciones les sirven solo para reparar a los que alegan torturas y condenar a los uniformados, el pago de Chile.


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lisandro contreras radic
18/01/2013 13:48
[ N° 12 ] Sra. Nora; queréllese no más. Seguro que archivan sus papeles.


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manola pérez gonzález
18/01/2013 13:49
[ N° 13 ] Señora: Ud.tiene razón en lo que respecta al derecho positivo, pero la conveniencia de darle cabida al "otro derecho", es más fuerte al momento de creerse "justo". ¿o es pura negligencia?


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Ramón Zañartu Covarrubias
18/01/2013 15:54
[ N° 14 ] Doña Raquel Campusano:
Nunca he dejado de preguntarme porqué a una jueza de excelencia como Usted no le permitieron acceder a la Corte Suprema.


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Claudio Guzman Merino
18/01/2013 16:26
[ N° 15 ] Posteado por:
Gregorio Escutazolo Arechavala
18/01/2013 10:28
[ N° 3 ]

señor Escutazolo:

Para escribir las arbitrariedades occurridas en la dictadura, se necesitaría un espacio muchísimo mas grande que esta edición del diario.

Señor Illanes [10]:

En dictadura, cualquiera sea su signo, no hay estado de derecho por definición.

Cordialmente




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