sábado, 27 de julio de 2013

PODER JUDICIAL


ARGUMENTOS KAFKIANOS (Aquellos que lindan con lo insólito).


Existen en el Derechos nacional e Internacional , principios universalmente respetados , para lograr la necesaria pacificación social de los pueblos, sobre todo después de situaciones de conflictos, que en nuestro país se aplican para todos los ciudadanos, menos para que los miembros de las FFAA que combatieron la subversión armada, generando un odioso Doble Standard , que deja en tela de juicio el principio Constitucional de la Igualdad ante la Ley.Revisemos, sólo a modo de síntesis, los principios procesales  que nuestros Tribunales hacen  caso omiso :

1) La Cosa Juzgada:
    Según el cual no pueden reabrirse casos judicialmente terminados, resueltos por sentencia de término. Pues con la llegada del Presidente Aylwin y su Ministro Cumplido, se reabrieron innumerables casos, incluso algunos  fallados  por la Justicia Militar.

2) La Amnistía:
    Esta hace desaparecer el delito y sus consecuencias. Se encuentra plenamente vigente el Decreto Ley 2191 de 1978, a la fecha no ha sido derogado y en la practica los jueces no la aplican,
    porque estos delitos de acuerdo al principio internacional del Ius Cogens ( El que no está considerado en nuestra normativa legal ),estos serían  in amnistiables.

3) Debido Proceso:
    Segun el cual el procedimiento cuando se juzga a una persona debe ser racional y justo. Aquí, los tribunales suponen situaciones, los testigos aparecen de la nada, por docena con gastos pagos
    y a todos les constan situaciones de las mas variadas .Creen ustedes acaso , que en Roma enfrenta un debido proceso el anciano ex Fiscal Militar  de Temuco Alfonso Podlech o los chilenos  condenados en  ausencia  Italia y Francia ????

4) La Prescripción:
    Extingue la responsabilidad penal con el transcurso del tiempo, sin que el Estado haya actuado contra el hechos.Para los delitos en Chile, este plazo es de 15 años. Tampoco lo aplican, en virtud
    de la "Ficción Legal " del Ius Cogens. En circunstancias  que en nuestra legislación, basta que el juez constate que ha transcurrido el plazo de prescripción, para no seguir investigando, dictando el correspondiente sobreseimiento. Pues bien, aquí los jueces, siguen investigando hecho  acaecidos hace ya casi 40 años.....Basta ver las exhumaciones solicitadas a los cadáveres de Allende, Frei y
    últimamente se ha sumado Neruda. Y después de 40 años  la Corte Suprema acepta someter a tramitación 1200 querellas nuevas presentadas en 2011, totalmente fueras del plazo de prescripción.





5) Presunción de Inocencia:
  Es uno de los mas básicos derechos  de todo individuo que enfrenta la justicia, se enncuentra expresamente consagrado en la ley positiva. .En el caso de los miembros de las FFAA
  parten al revés con una "Presunción de Responsabilidad " imposible de revertir a lo largo del proceso .Hasta los delincuentes mas peligrosos  se benefician de este principio , eso explica la célebre " Puerta Giratoria" de los tribunales de garantía.

6) Principio de Legalidad:
   Articulo 19 numero 3 de la Constitución, que señala que el tribunal como la ley , debe estar establecidos con anterioridad a la perpetración del hecho. Y respecto  al delito   a, castigar
  debe estar expresamente descrito por una ley promulgada con anterioridad a este. Aquí simplemente se han inventado delitos nuevos, inexistentes, al ocurrir los hechos...

7) Delitos de Lesa Humanidad.:
    Son delitos graves que afectan a la humanidad toda, se dice, pero se agrega, que sólo lo cometen agentes del Estado, no los civiles. De manera que es claro que se aplica  para unos SI , para otros NO...La Presidenta Bachelet antes de irse, en julio de 2009, firmó el reconocimiento de  estos delitos, pero se dejó expresa constancia que operarían sólo a futuro , nuestros jueces en cambio los aplican 40 años hacia atrás.....

8)La Constitución por sobre los Tratados Internacionales de DDHH:
   Siempre se nos ha enseñado que la Constitución Política del Estado es la norma máxima de todo país y por lo tanto ninguna norma puede ser igual o superior a ella .Este es el principio de Supremacía  de la Constitución , pilar del estado de Derecho. Nuestros tribunales, en virtud del ya mencionado principio  del Ius Cogens  hacen pasar  Tratados Internacionales   por sobre la Constitución Política de Chile....

9)Secuestro Permanente:
   Lo cual significa , que las personas desaparecidas hace casi 40 años, se las presume vivas hasta el día de hoy, en circunstancias que en  la llamada Mesa de Dialogo del año 2001 las FFAA
   reconocieron que estas personas se encuentran lamentablemente fallecidas, pero como los cuerpos no aparecen, ello es motivo suficiente, para que la justicia mediante este inexistente delito,
   mantenga los procesos abiertos hasta el día de hoy , al no aparecer los " secuestrados "...Y lo que es mas grave, se está condenando a los miembros de las FFAA por esta sui generis figura
   penal. Veremos si algún tribunal del mundo va a procesar al los Comandos Norteamericanos o a Obama, por el "Secuestro" de Bin Laden....pues su cuerpo también fue arrojado al mar y por
   tanto no aparece....







10) Igualdad ante la Ley, articulo 19 Número 2 de la Constitución Política.:

Solo unos ejemplos.
     a) A los subversivos se los favoreció con la amnistía, la prescripción e  indultos presidenciales además de beneficios económicos varios. La misma figura se les niegas a los Uniformados que los
        enfrentaron. Se ha escuchado en tribunales el slogan. "Que paguen por lo que hicieron ", referidos a las FFAA, entonces que paguen todos por igual,  y no unos SI y otros NO.

     b) Durante los 4 gobiernos de la Concertación , entre delincuentes comunes y subversivos se indultaron 905 personas, contra UN Uniformado ,diferencia abismante y exagerada .En este
        aspecto destaca el Presidente Aylwin que indultó 257  subversivos "químicamente puros ", muchos de los cuales habían asesinado Carabineros y no le tembló la mano para aquello.
     c) De los 70  presos Militares cumpliendo condena, gran cantidad de ellos pueden acceder a Beneficios Penitenciarios que se otorgan a través del Ministerio de Justicia, se concedió una salida de fin de semana a principios de este año, los demás han sido todos rechazados  por el SEREMI de Justicia de la Región Metropolitana, a pesar que venían concedidos por Gendarmería y la Comisión de Jueces.

    CONCLUSIÓN
Estamos presenciando una odiosa discriminación, que es la negación misma de la Justicia, por parte de nuestro Tribunales. Y parafraseando al poeta " Y nadie dijo nada...."
 






Marcelo Elissalde M. ABOGADO.
Consultor DDHH .Junio 2011

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