
¿QUIÉNES SOMOS?
Desde la recuperación de la democracia, tres han sido los pilares sobre los cuales los gobiernos democráticos han edificado la política sobre derechos humanos: Verdad, Justicia y Reparación, con la profunda convicción de que constituyen la bases para una nueva convivencia entre los chilenos.
En este contexto, el Programa Continuación Ley 19.123 del Ministerio del Interior, llamado actualmente “Programa de Derechos Humanos”, fue creado por Decreto Supremo N° 1.005 de abril de 1997, bajo la dependencia de la Subsecretaría del Interior, con la finalidad de continuar con las tareas de promover y coadyuvar en las acciones tendientes a determinar el paradero y las circunstancias de la desaparición o muerte de las personas detenidas desaparecidas y de aquellas que, no obstante existir reconocimiento legal de su deceso, sus restos no han sido ubicados. Esta tarea era desarrollada por su antecesora, la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, que dejó de tener existencia legal el 31 de diciembre de 1996.
El año 2001, como resultado de la reapertura de numerosas causas, luego de los acuerdos de la Mesa de Diálogo y de las interposiciones de causas por parte de los familiares, se dispuso un reforzamiento de las instancias judiciales, se designaron jueces con dedicación exclusiva y se acumularon las causas relacionadas. En un plano institucional, el Gobierno resolvió reestructurar el Programa de Derechos Humanos, extendiendo sus acciones con el fin de fortalecer y profundizar el cumplimiento de los objetivos que emanan de la ley 19.123. La nueva Propuesta de Derechos Humanos: ”No hay Mañana sin Ayer”, que diera a conocer el Presidente de la República, Ricardo Lagos, el 12 de agosto de 2003, marca un nuevo impulso de la actividad del Programa.
MISIÓN
El Programa de Derechos Humanos tiene como misión contribuir al esclarecimiento de la verdad sobre las más graves violaciones a los derechos humanos sucedidas entre el 11 de septiembre de 1973 y el 11 de marzo de 1990, avanzar en la promoción del respeto a los derechos humanos y prestar asistencia legal y social a los familiares de los detenidos desaparecidos y ejecutados políticos calificados como víctimas de violación de derechos humanos o de la violencia política, por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (CNVR), y por su sucesora, la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, CNRR.
FUNCIONES
• Promover y coadyuvar en las acciones judiciales tendientes a determinar el paradero y circunstancias de desaparición o muerte de las personas detenidas desaparecidas y ejecutados políticos, con el fin de determinar las circunstancias de su desaparición o muerte, con especial preocupación en aquellos casos en que no hay entrega de restos .
• Otorgar asistencia social y legal que requieran los familiares para acceder a los beneficios contemplados en la Ley.
• Impulsar, difundir y apoyar acciones de orden cultural y educativo tendientes a dignificar a las víctimas y fomentar una cultura de respeto a los derechos humanos.
• Guardar en custodia los antecedentes reunidos, tanto por la CVR, como por la CNRR, y todos aquellos que se reúnan en el futuro sobre los casos y asuntos que competen.
OBJETIVOS
• Actuar y hacer seguimiento a las causas judiciales penales relativas a los detenidos desaparecidos y ejecutados políticos entre el 11 de septiembre de 1973 y el 11 de marzo de 1990, con especial preocupación en aquellos casos en que no hay entrega de restos.
• Proporcionar atención social de calidad a los familiares beneficiarios de las leyes 19.123 y 19.980.
• Promover y apoyar acciones de orden cultural y educativo orientadas a la reparación simbólica y recuperación de la memoria colectiva.
• Mantener y preservar el archivo documental y el sistema de información computacional del Programa.
INVESTIGACIONES JUDICIALES
La defensa de las violaciones a los derechos humanos que afectaron a miles de chilenos víctimas de la represión entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, se caracterizó por una gran tarea de denuncia pública, que incluyó la interposición de acciones ante los tribunales de justicia. Esto permitió que desde un inicio se fueran registrando los hechos ocurridos y se interpelara la necesidad de justicia frente a los crímenes que se cometían. La valiente denuncia de los familiares fue protagónica y decisiva en este difícil camino, donde primaba el miedo de la mayoría. Destacable fue en este sentido la tarea emprendida por diversas instituciones: el Comité de Cooperación para la Paz en Chile, creado en octubre de 1973 por las Iglesias Católica, Protestante, Judía y Ortodoxa; la Vicaría de la Solidaridad del Arzobispado de Santiago, el año 1976, sucesora del Comité Para la Paz; la Fundación de Ayuda Social de las Iglesias Cristianas, FASIC; la Comisión Chilena de Derechos Humanos; el Comité de Defensa de los Derechos del Pueblo, CODEPU; y otras organizaciones sociales y ONG que tuvieron -y tienen- por objetivo la defensa y promoción de los derechos humanos y la exigencia de verdad y justicia en torno a las violaciones cometidas en el país .
Con la recuperación de la democracia, la labor de los Gobiernos de la Concertación, a través de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (CNVR) y de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación (CNRR) y los resultados de la Mesa de Diálogo, ha contribuido a fomentar conciencia en el país sobre el legítimo derecho de los familiares -y de los chilenos en general- a la exigencia de verdad y justicia. En enero de 2001 se dispuso un reforzamiento de las instancias judiciales e institucionales sobre esta materia, se designaron jueces con dedicación exclusiva, se reabrieron numerosas causas y se acumularon y distribuyeron aquellas relacionadas.
Las investigaciones judiciales presentan una gran complejidad, por lo difícil que resulta acreditar hechos ocurridos hace más de 30 años y sobre los cuales prácticamente no hay antecedentes documentales oficiales, y por la escasa colaboración de quienes aparecen involucrados en estos hechos. No obstante, se percibe un gran avance en el establecimiento de los hechos que afectaron a cada una de las víctimas y en la reconstrucción histórica de la represión en las distintas regiones del país. Es así como se han acreditado judicialmente, en casi todos los casos investigados, las circunstancias de detención, individual o colectiva, de las víctimas, las secuencias en que se practicaron, los lugares o recintos a los cuales fueron llevadas pero, sólo en algunos casos, el destino final que éstas tuvieron.
En el país hay conciencia respecto de los avances obtenidos en el plano jurídico, que se deben en gran medida a la voluntad del Poder Judicial de contribuir a esclarecer lo sucedido, así como a la acuciosidad y dedicación de los abogados de Derechos Humanos que representan a los familiares de las víctimas y a la decisión del Gobierno de impulsar esta línea de acción.
• Actuación del Programa de Derechos Humanos en el ámbito judicial
En el marco de su función permanente de promover y coadyuvar a las acciones judiciales tendientes a determinar el paradero y circunstancias de desaparición o muerte de las personas detenidas desaparecidas y ejecutadas políticas, uno de los objetivos específicos del Programa es fortalecer su actuación y seguimiento en los procesos asociados a víctimas de derechos humanos, particularmente aquellos en que no hay entrega de restos.
En aquellos procesos en los cuales el Programa no es parte, se presta un apoyo directo al Tribunal, tanto profesional, como materialmente. El apoyo material a las diligencias decretadas por los ministros y jueces encargados de las causas correspondientes consiste, la mayor parte, en recursos para el traslado, alimentación y estadía de testigos que son citados por los Tribunales de Justicia, así como recursos para excavaciones, arriendo de maquinarias y peritajes geológicos, que demandan las exhumaciones que se han realizado, en procura de establecer el paradero de muchos desaparecidos.
El Programa también presta atención legal a los familiares de las víctimas en situaciones civiles derivadas de la ausencia de la víctima. Esta asistencia se otorga por abogados, en colaboración con el Área Social. En estos casos se tratan problemas de filiación, designación de “curador de bienes del ausente”, declaración de muerte presunta y otros.
Procesos Judiciales
a) Estadísticas Generales.
b) Mapa de los procesos judiciales por región.
viernes, 5 de diciembre de 2008
MINISTERIO DEL INTERIOR : PROGRAMA DE DERECHOS HUMANOS
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