miércoles, 20 de mayo de 2009

SENADO DA RESPALDO A REFORMA QUE RECONOCE JURISDICCIÓN DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL


Senado da fuerte respaldo a reforma que reconoce jurisdicción de la Corte Penal Internacional
Con ello, la iniciativa que posibilita que Chile ratifique a futuro el Tratado de Roma que crea dicho Tribunal, quedó en condiciones de cumplir su segundo trámite constitucional en la Cámara de Diputados.

Después de siete años en búsqueda de un consenso que permitiera alcanzar el alto quórum que se requiere para aprobar una reforma constitucional, la Sala del Senado materializó este martes el acuerdo logrado entre el Oficialismo y la Alianza y entregó un contundente respaldo a la enmienda constitucional que reconoce la jurisdicción de la Corte Penal Internacional (CPI).

La iniciativa, que quedó en condiciones de cumplir su segundo trámite en la Cámara de Diputados, fue aprobada con 34 votos a favor, uno en contra del senador UDI Jorge Arancibia y una abstención del también gremialista senador Juan Antonio Coloma.


La cámara alta destacó en un comunicado que esta enmienda constitucional es el paso previo que había exigido el Tribunal Constitucional, para que Chile pudiera ratificar el Tratado de Roma que crea dicho Tribunal Internacional.

En lo fundamental, señala que "El Estado de Chile podrá reconocer la jurisdicción de la Corte Penal Internacional en los términos previstos en el tratado aprobado en la ciudad de Roma, el 17 de julio de 1998, por la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de dicha Corte".

Agrega que al efectuar ese reconocimiento "Chile reafirma su facultad preferente para ejercer su jurisdicción penal en relación a la jurisdicción de la Corte. Ésta última será subsidiaria a la primera en los términos previstos en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional".

Asimismo, sostiene que "la cooperación y asistencia entre las autoridades nacionales competentes y la Corte Penal Internacional, así como los procedimientos judiciales y administrativos a que pudieren dar lugar, se sujetará a lo que disponga la ley chilena".

Finalmente agrega que "la jurisdicción de la Corte Penal Internacional, en los términos previstos en su Estatuto, sólo podrá ejercerse respecto de los crímenes de su competencia cuyo principio de ejecución sea posterior a la entrada en vigor para Chile del Estatuto de Roma".

Una antigua deuda

Durante el debate el senador Jaime Gazmuri manifestó que con la aprobación de la reforma Chile está saldando una antigua deuda, pues fue uno de los primero países en suscribir el Tratado de Roma, pero uno de los últimos en poder ratificarlo.

Asimismo, señaló que este acuerdo demuestra que estamos construyendo una cultura de Derechos Humanos que debiera ser una de las bases más consensuadas posibles de nuestra vida nacional.

Por su parte el senador Andrés Chadwick (UDI) manifestó que la reforma se basa en el principio de respeto de la dignidad de los derechos humanos y el tener una instancia de jurisdicción internacional que tienda a buscar aquello corresponde a una visión de la sociedad que el comparte plenamente. No obstante, también lamentó que las naciones más poderosas tengan el privilegio de suspender la aplicación del Tratado sin siquiera suscribirlo.

Coloma, en tanto, justificó su abstención indicando que si bien esto constituye un avance en el derecho internacional, considera que tal como está construido el Estatuto de Roma, le resulta contradictorio con la igualdad de los derechos humanos. Esto, pues no existe igualdad soberana de los Estados, ya que el Tratado consagra un sistema que discrimina a favor de las grandes potencias y en contra de los más pequeños.

Arancibia, el único legislador que votó en contra, valoró la no retroactividad de esta enmienda constitucional, pero manifestó sus aprensiones argumentando que con este acuerdo Chile está cediendo parte de la soberanía de sus tribunales a una instancia internacional.

Asimismo, criticó la falta de igualdad de los estados frente a este tribunal, pues considera que las cinco potencias que integran el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas pueden suspender una investigación de ese tribunal.

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