viernes, 28 de agosto de 2009

CASO CABO CARABINERO JARA MUÑOZ , ACTUÓ EN LEGÍTIMA DEFENSA


CIRCULA POR INTERNET…

AMIGOS:

Después de una conversación que tuve con un abogado amigo que fue a la Corte Marcial a escuchar los alegatos de la libertad del cabo JARA, actualmente detenido, quede asombrado de cómo se esta manejando la situacion, por esta razon, después de leer detenidamente este mail he llegado a las siguientes conclusiones.

El Carabinero junto a una patrulla del Gope, cumplian una orden judicial de desalojo de un predio.

Este funcionario fue emboscado por un grupo de mapuches

Al igual que en la guerrilla fue obligado a ponerse de rodillas, dejar su arma, los brazos a la espalda.y enseguida le dispararon con una escopeta

Impactando mas de 80 perdigones en el visor de su casco y en el chaleco antibalas.

Esta cabo que se encontraba en una depresion del terreno, al ver la turba que le disparaba, saca su segunda arma de seguridad que portan los funcionarios del Gope,, aprovechando

Que estaba con las manos a la espalda, y se defiende disparando 4 o 5 tiros a los mapuches, quienes huyen del lugar.

Por lo anterior no cabe duda alguna que el cabo actuo en legitima defensa propia. Y nada tiene que ver que la bala haya entrado por un costado, ya que seguramente al primer disparo los mapuches empezaron a arrancar.

Hechos posteriores al incidente.

El mapuche muerto, tiene restos de polvora en sus manos, lo que ocurre es que el informe de Investigaciones dice que esto no es concluyente

El fiscal Militar lleva mal el proceso, tiene solo seis meses como fiscal.

El auditor del Ejercito vota en la Corte Marcial, denegando la libertad del Cabo.Aduciendo que es un peligro para la sociedad, en circustancias que el gope y sus hombres

cumplian un mandato judicial en defensa del estado de derecho y de la sociedad.

LA PRENSA ESTA CULPANDO AL CARABINERO POR HABER DISPARADO POR LA ESPALDA AL MAPUCHE , SERIA BUENO ENTREGAR A LAS AUTORIDADES ESTA INFORMACIÓN O FILTRARLA.

Estimado amigo:

Frente a la gran impotencia que siento por la información tergiversada y tendenciosa que la prensa escrita y la televisión entregan respecto del caso del Carabinero que en legítima defensa debió disparar contra un ciudadano de origen mapuche, quiero expresarte que parte de los hechos silenciados la prensa por orden de no se quien, y que obtuve de la audiencia en la Corte Marcial,son los siguientes:

1.- La patrulla a cargo del Teniente Sáez, fue dividida por éste en dos grupos a fin de neutralizar - mediante una operación táctica - los ataques que sufrían de parte de los delincuentes que se apoderaron del fundo que por orden judicial los Carabineros debían recuperar.

Uno de los grupos quedó integrado por el Cabo cuyo nombre no recuerdo ( quien disparó en defensa propia ) y dos o tres Carabineros más que intentaron rodear al grupo de delincuentes y llegar a su retaguardia. Al efecto el Cabo y sus acompañantes recorrieron un largo trecho haciendo el rodeo y atendida las dificultades del camino, el Cabo se adelantó 20 o 30 metros, luego seguían también un poco separados dos más y luego el último, todo ello, producto de la diferencia de estado físico de los integrantes de la patrulla.

Es en éstas circunstancias y mientras el cabo avanzaba agazapado en una depresión del terreno, se encuentra de improviso con el grupo de delincuentes que se encontraban en lo alto de la depresión del terreno por la que éste se desplazaba siendo obligado a desprenderse de su arma de servicio o probablemente hubo de desprenderse de ella en un acto de defensa, momento en el cual observa que los delincuentes le apuntan con armas de fuego. El Cabo reacciona adoptando una posición de defensa que consiste en poner sus brazos atrás y agacha su cabeza para presentar menor blanco al disparo. ( informaciones extraoficiales que no puedo confirmar pero que tengo la certeza que son verídicas señalan que el Carabinero fue obligado bajo amenaza de armas de fuego a desprenderse de su arma y arrodillarse frente a los delincuentes, quienes le disparan desde la posición alta en que se encontraban )

Al recibir el o los impactos de escopeta en cu cabeza y pecho, saca su pistola de servicio desde la parte posterior de su pantalón ( técnicas de defensa propias del GOPE ) y dispara reiteradamente ( 4 o 5 disparos ) hacia el alto a los delincuentes a quienes obviamente no ve pues la visera de su casco fue golpeada por más de 80 perdigones y también por las circunstancias mismas de ser víctima de este artero ataque, por lo que dispara hacia el lugar del que es agredido - al bulto -

2.- Se ha publicitado exageradamente que el delincuente recibió la bala por la espalda y que el fallecido no había disparado armas, lo cual fundan en que no tenía residuos de pólvora en las manos.

Queridos amigos TODO ELLO ES UNA VIL MENTIRA, pues en los alegatos se señaló la cantidad de residuos de pólvora que tenía el delincuente en sus manos, lo que acredita fehacientemente que disparó un arma de fuego antes del incidente y además, la bala no entró por la espalda, sino que tuvo una trayectoria oblicua desde un costado posterior de su espalda hacia el pecho, lo que indica necesariamente que frente al primer o segundo disparo del Cabo se giró para huir y recibió el impacto encontrándose semi de frente, es decir parte del cuerpo de frente y en proceso de giro.

En todo caso, este detalle es irrelevante en la medida que el Carabinero actuó en legítima defensa por las circunstancias propias del hecho, es decir, se debe aplicar el artículo 412 del C.J.M. y en subsidio el Art. 10 Nº 10 del C. Penal

3.- Constituye una gratuita ofensa del Fiscal Militar de la zona, el calificar al Carabinero como peligro para la sociedad al negarle la libertad provisional y también lo es el que un miembro militar de la Corte haya negado su voto para otorgar la libertad al Carabinero. ....increíble la desfachatez...

Creo que los ministros militares creen en su fuero interno que son " Ministros ". Por favor, no valen nada y si creen que los ministros civiles consideran positivamente sus actos están equivocados, cualquier abogado más o menos enterado sabe que los ministros civiles tildan de huevones a los ministros militares cuando votan en contra de los carabineros en materia de libertades e incluso en materias de fondo.

4.- Entiendo que el alto mando de carabineros no pueda actuar como debiera en defensa de sus carabineros, pero no puede ser que los órganos externos no digan las cosas por su nombre y le entreguen el alientoque necesitan nuestros carabineros que están cansados que los maltraten y nadie diga nada.

Por todo ello te ruego puedas comentar esto con tus amigos y ver la posibilidad de hacer algo. Yo por mi parte solo he podido enviar a los Carabineros del Gope las pocas cartas al diario en que se refutan los dichos de las autoridades y organismos comunistas como la Human Right.

Puedes pedir a Miguel Otero la entrevista que dio a Radio Agricultura que fue oportuna pero no tuvo cobertura.

Gracias amigo por lo que puedas hacer.

Juan Eduardo Iturriaga




1 comentario:

Felipe dijo...

¿Sí? ¿En defensa propia?

La autopsia al cuerpo del comunero indica que el disparo que le causó la muerte entró por su espalda.

Las teorías entonces para defender tu argumentos son las siguientes:

1.- El carabinero se defendió de un ataque frontal lanzando una bala con chanfle.

2.- El comunero mapuche era descendiente de Clint Eastwood, por lo cual atacó al carabinero disparando de espalda.

3.- El comunero mapuche sufría de depresión endógena, y el cabo, en un acto de entrega, decidió darle muerte para que este pudiera irse directo al cielo.