viernes, 20 de noviembre de 2009

CIADI FALLA A FAVOR DE CHILE EN CASO "CLARÍN"


Tribunal consideró inadmisible la solicitud de revisión donde pedía subir la indemnización de US$10 a 800 millones:
Ciadi falla a favor de Chile en caso "Clarín"

Los tres jueces condenaron además a Víctor Pey y a la Fundación Allende de España a pagar las costas. Pero este asunto por la confiscación del diario en 1973 no parece terminar aquí. Chile pidió anular el juicio el año pasado y es posible que los demandantes intenten el mismo camino, aunque están fuera de plazo.

PILAR MOLINA A.
El Mercurio

EL EQUIPO.- El ministro de Economía, Hugo Lavados, y los abogados Jorge Carey y Gonzalo Fernández (de Carey & Cía.) y Paolo Di Rosa, quien lleva la defensa ante el centro de arbitraje en Washington.


Un rotundo fracaso para Víctor Pey y la Fundación Presidente Allende fue el fallo del Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias (Ciadi) que se dio a conocer ayer. Los demandantes habían quedado descontentos con el laudo de mayo de 2008, que no les concedió los 515 millones de dólares que pedían por la expropiación del diario Clarín en 1973, sino que apenas 10 millones, lo cual totalizaba casi 16 millones con costas e intereses. Por eso presentaron un recurso de revisión ante el tribunal, que depende de Banco Mundial, pidiendo elevar la indemnización a 800 millones.


Pero ayer, el mismo tribunal de la sentencia anterior, por un 3-0, no le concedió nada a las demandantes. "La solicitud de revisión parcial es inadmisible", sentenció y las condenó a pagar además los 431 mil dólares que costó la tramitación de este recurso.

La solicitud de revisión parcial que presentó Pey no es una apelación (recurso que no existe) y sólo puede presentarse cuando hay "un hecho nuevo que hubiera podido influir decisivamente en el laudo" y siempre y cuando hubiera sido desconocido al momento de dictarse el fallo y condicionado a que ese desconocimiento no se debiera a la "propia negligencia" de los demandantes.

Pey y el abogado Joan Garcés intentaron justificar que el hecho nuevo era que el Consejo de Defensa del Estado había admitido que la Corte Suprema había tomado "una posición reiterada" de considerar nulos los decretos que se usaron para confiscar diarios e imprentas en 1973. Esta posición la reveló el Consejo antes del laudo del Ciadi, en una declaración de prensa en febrero de 2008 y en un reportaje de "El Mercurio" un mes después, cuando explicó las razones que tuvo para transigir una indemnización de 12 millones de dólares a la imprenta Horizonte del PC. Como el diario Clarín, Horizonte también fue confiscada en septiembre de 1973, pero tenía una imprenta más avanzada y editaba varios diarios, incluso Clarín en algunos períodos.

Pero el tribunal no aceptó que este "reconocimiento" por parte del Consejo que los tribunales estaban declarando nulos los decretos de confiscación hubiera sido un hecho nuevo. Añadió que haberlo desconocido habría sido negligencia y que su conocimiento tampoco habría tenido una influencia decisiva en el laudo de mayo de 2008.

¿Nulidad o cierre?

El Gobierno expresó su alegría ayer ante el fallo.

Como el tribunal tiene una integración, por diversas razones, adversa al país, no se podía excluir que si cambiaba el laudo del año pasado lo haría para elevar el monto de la indemnización, tal como lo solicitaban Pey y Garcés. El mejor escenario, que declarara inadmisible el recurso de revisión, se presentaba improbable, considerando que este es un caso inéditamente politizado, el segundo más largo en el centro de arbitraje del Banco Mundial y "será recordado como el más anómalo e irregular en la historia del Ciadi", como señaló el Gobierno al presentar en septiembre de 2008 un recurso de nulidad en contra del laudo.

Esta petición significa un nuevo procedimiento, que tardaría 2 o 3 años, y la constitución de un nuevo tribunal con tres nuevos árbitros que tendría que designar el Ciadi.

Pero el Gobierno no puede desistirse y cerrar el tema aquí mientras no esté seguro de que los demandantes no intentarán ellos pedir la nulidad, aunque estén fuera de los 120 días de plazo que establece el Ciadi.

El ministro de Economía, Hugo Lavados, señaló ayer que el Gobierno "espera la pronta resolución de la petición de anulación, la cual fue suspendida mientras se tramitaba la solicitud de los demandantes".

"Según las reglas del Ciadi, las demandantes ya no tienen posibilidades de presentar ningún nuevo recurso, ni contra esta resolución de revisión ni contra el fallo original".

JORGE CAREY
ABOGADO



"Deberán pagarles las costas a Chile de sus propios recursos y de inmediato"
Los abogados que representan a Chile dicen que el triunfo no fue inesperado:

"Chile siempre estuvo plenamente confiado con su argumentación y tenía la esperanza de que, aun en un caso tan politizado como éste, el recurso de revisión presentado por Pey y la Fundación Allende no prosperaría", expresa Jorge Carey, quien junto a Gonzalo Fernández ha trabajado gratuitamente en el tema. Ambos asesoran, a su vez, a Paolo Di Rosa, de Arnold & Porter, quien está a la cabeza del caso Clarín desde 2002.

-¿Pey y la Fundación Allende tienen que devolverle a Chile los 200 mil dólares que tuvo que aportar para que se viera este recurso de revisión?

"Sí. El tribunal dispuso expresamente en su fallo de ayer que las demandantes deberán solventar las costas del procedimiento. Deberán pagárselas a Chile de sus propios recursos y de inmediato", añade Di Rosa.

-¿Tiene sentido que Chile mantenga el recurso de nulidad?

"Eso, más que una decisión de estrategia procesal, es una decisión política que le corresponderá tomar a las autoridades. Como abogados de Chile creemos que el laudo, más allá de haber rebajado la pretensión de los demandantes de 515 millones a sólo 10 millones, contiene vicios que, entre otras razones, lo hacen anulable, y por eso hemos presentado el recurso. Pero, insisto, la decisión es política", responde Carey.

-¿Creen que Pey recurra de nulidad?

"Según las reglas del Ciadi, los demandantes ya no tienen posibilidad de presentar ningún nuevo recurso, ni contra esta resolución de revisión ni contra el fallo original", aclara Carey.

-Mientras se tramitan los recursos, ¿Chile no paga nada a los demandantes?

"A la fecha, Chile no ha pagado nada a la contraparte, porque ha estado formalmente suspendida la ejecución del laudo. Y permanecerá así, por lo menos, hasta que se constituya el tribunal de nulidad (denominado "Comité ad hoc" en el sistema Ciadi). Luego, esa instancia resolverá si mantiene esa suspensión hasta el final del procedimiento", apunta Di Rosa.

-¿Cuándo se constituiría el tribunal de nulidad?

"No existe un plazo fijo, pero se anticipa que ocurrirá en no más de 2 o 3 meses", finaliza el abogado.


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