Editorial El Mercurio
Cuando en la comisión de Defensa del Senado se alteró significativamente el proyecto sobre reorganización del Ministerio de Defensa, para modificar la conducción superior de las FF.AA., este diario planteó muy serias prevenciones. Después de múltiples evoluciones difíciles de seguir para el común de la ciudadanía, el Gobierno retiró sensatamente una iniciativa por la que, mediante reforma constitucional, quiso designar al jefe del dicho Estado Mayor Conjunto (EMC) de entre los propios comandantes en jefe de las tres ramas castrenses, y no de entre los oficiales superiores que los siguen inmediatamente en rango, contrariando lo antes asegurado y estructurando, en la práctica, el nuevo cargo como un mando intermedio -por su mayor antigüedad- entre los comandantes en jefe y el ministro de Defensa Nacional. Con dicho retiro, el proyecto volvió a lo acordado en la Cámara de Diputados.
Sin embargo, esta semana, en forma extraordinaria, el Senado trató en sesión secreta el referido proyecto, para el cual el Ejecutivo solicitó urgencia. Por lo que trascendió, se repuso en discusión el nivel de grado de quien asuma como jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional. Pero, en lo central, se ha concordado ya en una normativa moderna para el Ministerio de Defensa. Y respecto de las atribuciones del jefe del EMC, no está en discusión que dependería directamente del Ministerio de Defensa, con nuevas y eficaces atribuciones para coordinar y planificar la defensa y capacidad de disuasión integrada de las FF.AA. en caso de amenaza exterior.
Por tanto, es inentendible que aún no se pueda despachar el proyecto, por subsistir distintos pareceres respecto del grado de quien asumiría esa jefatura, que actualmente es un general de tres estrellas o un vicealmirante. Si está sometido directamente al ministro del ramo, tal discusión parece irrelevante. Y una igualdad de grado entre esa jefatura y las de las tres ramas armadas significaría introducir una interlocución con los comandantes en jefe que alejaría a éstos de la que directamente tienen con el ministro de Defensa y el Presidente de la República. ¿Por qué habría de ser equivalente a los comandantes en jefe? Y si lo fuere, ¿no se plantearían severas dudas de constitucionalidad, pues sus atribuciones serían incompatibles con el diseño constitucional (arts. 101 y 104 de la Carta), al sostenerse que "estará a cargo de un oficial general del más alto rango en la jerarquía militar, especialista en Estado Mayor", y que "el jefe del Estado Mayor Conjunto dependerá del ministro de Defensa Nacional, de quien será asesor directo e inmediato en todo lo que diga relación con el desarrollo y empleo conjunto de la fuerza"?
A la combinación de estos dos factores ("del más alto rango..." y "ejercerá el mando militar...") se añade el que el mecanismo para remover a tal jefe sea el mismo que para remover a los comandantes en jefe: "decreto fundado expedido por intermedio del Ministerio de Defensa Nacional e informado previamente al Senado y a la Cámara de Diputados". Todo lo anterior es indicio de que se estaría legislando en una zona constitucional. No se ve cómo podrían "convivir" con esta figura los comandantes en jefe de las tres ramas de la Defensa, sin que tal "convivencia" quede explicitada en la Constitución: ésta debería establecer cuál es la relación precisa entre ellos.
"Del más alto rango", con "mando" y, además, remoción similar a la de los comandantes en jefe harían de este jefe una figura de rango constitucional. De otro modo, ¿por qué habría de interesar su remoción al Senado y a la Cámara, por ejemplo? En tal caso, sería necesariamente exigible a la Constitución que precise cuál es la situación exacta de tal figura y cómo se inserta ella en la estructura superior de la Defensa Nacional, para evitar conflictos no sólo en situaciones potencialmente extremas (caso de guerra), sino también en el desenvolvimiento normal del sector. Todo lo anterior lleva a concluir que habría fundamento para plantear una cuestión de constitucionalidad.
Tal vez este empecinamiento en el grado de dicha jefatura provenga sólo de algunos senadores aislados. El interés nacional exige poner término a una discusión incomprensible sobre un punto secundario, que posterga de semana en semana una modernización necesaria, a cuyo respecto ya hay consenso en todo lo esencial.
domingo, 22 de noviembre de 2009
Discusión incomprensible
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EDITORIAL EL MERCURIO
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