lunes, 21 de diciembre de 2009

CORTE REVOCA PROCESAMIENTO POR MUERTE DE FREI MONTALVA


Tribunal de alzada acogió los recursos de amparo de los doctores Patricio Silva y Pedro Valdivia:
Corte revoca procesamiento por muerte de Frei Montalva y deja libres a dos médicos

En fallo unánime para Silva, encausado como autor de homicidio, y dividido para Pedro Valdivia, procesado como cómplice.

CINTHYA CARVAJAL
El mercurio.

El ministro Alejandro Madrid sufrió ayer un primer revés en su investigación por el homicidio del ex Presidente Eduardo Frei Montalva, luego que, por la vía del recurso de amparo, la 8ª Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago revocara dos de los seis procesamientos que dictó hace 12 días.

Luego de revisar los recursos, y por unanimidad, la sala dejó sin efecto el encausamiento como autor del homicidio de Frei del médico Patricio Silva, quien realizó la segunda operación al ex Mandatario.

La decisión fue adoptada por los ministros Juan Manuel Muñoz y Amanda Valdovinos y por el abogado integrante Jorge Lagos.

La misma suerte corrió el médico Pedro Valdivia, a quien se le revocó su procesamiento como cómplice. Esta resolución se adoptó con el voto en contra de la ministra Valdovinos, quien sostuvo que hay "fundamento legal que la justifique".

Tras el pronunciamiento de la 8ª Sala, ambos doctores -detenidos desde el 7 diciembre- recuperaron su libertad. Silva abandonó por la tarde el Regimiento de Peñalolén (ver entrevista en C 15) y Valdivia salió a las 19:15 horas, sin hacer declaraciones, desde la Cárcel de Alta Seguridad, donde lo esperaban uno de sus abogados y dos familiares.

El abogado de Silva, Luis Valentín Ferrada, se mostró satisfecho con la resolución, "ya que trae justicia, y lo repone en la situación que siempre debió haber estado. Él nunca tuvo involucramiento en los hechos que se le imputan. (...) Nunca tuvo nada que ver con esto y el auto de procesamiento queda, en consecuencia, sin efecto".

El abogado Claudio Feller, que representa al doctor Pedro Valdivia, optó por la mesura, "puesto que todavía falta la instancia de la Corte Suprema, donde esperamos que se confirme este fallo. De todas maneras, sea cual sea el resultado en la Corte Suprema, es decidor que dos ministros hayan acogido el amparo".

Enterado de la decisión de la Corte, el abogado de la familia Frei, Álvaro Varela, anunció que apelará al máximo tribunal y se mostró confiado en la investigación del juez Madrid, quien sigue inhabilitado del caso hasta que se vea la recusación en su contra. "Los antecedentes y los argumentos están en la resolución, es una investigación de siete años, son más de nueve mil fojas y, en particular, respecto de los dos doctores que hoy día se acogieron al recurso de amparo, los antecedentes del expediente, del proceso de la investigación, muestran su participación en el delito", dijo.

El lunes, la 2ª Sala de la Corte Suprema verá los dos primeros amparos: del chofer Luis Becerra y del ex agente de la CNI Raúl Lillo. Ambos fueron rechazados el miércoles por la 8ª Sala del tribunal de alzada.

Los argumentos de la 8ª Sala para acoger los amparos
Respecto del doctor Silva, los ministros sostienen que "no resulta posible discernir la existencia de presunciones fundadas de participación, pues las que ahí se mencionan conforman también un conjunto de presunciones derivadas de su calidad de médico militar y de funcionario de alta jerarquía política del gobierno de Frei Montalva, pero no revelan la conexión precisa con el hecho punible; esto es, el homicidio del ex Presidente de la República, máxime si se le atribuye la calidad de autor (...), sin que pueda encuadrarse dicha autoría en algunas de las formas previstas, ya que no consta de que haya tomado parte en la ejecución del hecho de una manera inmediata y directa, sea impidiendo o procurando impedir que se evite; tampoco se ha probado que haya forzado o inducido directamente a otro a ejecutarlo, ni se ha acreditado que haya habido concierto para la ejecución del ilícito".

En una prevención, la ministra Valdovinos plantea que si bien el debate "excede el ámbito del recurso de amparo, lo cierto es que, en relación con la enfermedad y muerte del ex Presidente (...), del acucioso y circunstanciado contenido de la resolución (...), sólo puede concluirse que la actuación del procesado se dirigió a la asistencia del ex Presidente en una muy cercana relación médico-paciente, y posteriormente en calidad de jefe del equipo médico que lo intervino a partir del mes de diciembre de 1981, sin la connotación homicida que se le atribuye".

En cuanto al doctor Valdivia, sostienen que "no resulta posible discernir la existencia de presunciones fundadas" derivadas de su calidad de médico de servicio de seguridad y de médico de la Clínica Santa María, las que "no revelan la conexión precisa con el hecho punible; esto es, el homicidio del ex Presidente".




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