COMENTARIO:
SI EL GOBIERNO ACTUAL, TUVIERA INTERES EN SOLUCIONAR DE UNA VEZ POR TODAS EL COMPROMISO QUE TIENE CON LOS MILITARES Y FUERZAS DE ORDEN, DEBE SENCILLAMENTE COPIAR LO QUE SE HA DETERMINADO EN PERÚ. INAPLICAR EL DELITO DE LESA HUMANIDAD POR HECHOS ANTES DEL JULIO DEL AÑO 2009. ASI DE SIMPLE SR. PRESIDENTE Y MINISTRO DEL INTERIOR DE CHILE.
RUS
Delito de lesa humanidad inaplicable en Perú por hechos antes del 2003
LESA HUMANIDAD
EN PERU HICIERON LO MISMO QUE AQUI
AHORA
TENEMOS QUE APRENDER LO QUE ACABAN DE HACER ALLÁ
LIMA PERU
LA RAZON
8 SEP 2010
http://www.larazon.com.pe/online/indice.asp
Decretos legislativos de Rey acaban con inhumana persecución de que son objeto 750 militares y policías
Cinco mil terroristas obtuvieron su libertad gracias a beneficios que se niegan a los que los derrotaron
Administrador
VÍCTOR ROBLES SOSA
No hay mal que dure cien años. En este caso ha durado una década vergonzosa en la que más de 750 peruanos que combatieron con las armas al terrorismo han sido objeto de una persecución injusta e indiscriminada, en la que fueron tratados muchas veces peor que delincuentes.
La escandalosa e indignante excarcelación de Lori Berenson permitió que la verdad saliera a la luz. Se supo entonces que otros cinco mil terroristas habían dejado las prisiones porque la justicia les había otorgado beneficios penales, les había dado penas benévolas o los había absuelto “por falta de pruebas”.
Para mayor indignación ciudadana también se supo que mientras los terroristas eran tratados por la justicia con gran benevolencia y recibían todos los beneficios penales, los policías y militares enjuiciados eran tratados con mano dura y se les negaba los beneficios penales.
Los medios de prensa, los líderes sociales, congresistas y la sociedad en general se preguntaron cómo era posible que estuviera ocurriendo semejante injusticia, no podían creerlo.
El ministro de Defensa, Rafael Rey, decidió encarar este problema y el Gobierno lo respaldó. Como primer paso, en julio, el Ejecutivo pidió que el Congreso le otorgara facultades legislativas extraordinarias para resolverlo.
Dos meses después, el Gobierno aprobó un paquete de decretos legislativos que hacen justicia al acabar con la persecución injusta contra quienes lucharon contra el terrorismo en defensa de la democracia y el estado de derecho.
Código Procesal Penal
Para poner fin a los abusos fiscales y judiciales, verificados por las sentencias del Tribunal Constitucional en los casos Chacón y Salazar Monroe, el Gobierno no ha creado una legislación especial, solo ha adelantado la vigencia del Código Procesal Penal (CPP) de 1999, que tiene como mentor al ex senador Javier Alva Orlandini.
Dicho Código obliga a respetar los plazos razonables para investigar y juzgar a los militares y policías acusados. Ya no veremos más casos como el del general Walter Chacón, enjuiciado más de nueve años sin sentencia, o el del general Rivero Lazo, casi diez años en la misma condición, o el del general Salazar Monroe, más de ocho años igual, por culpa de malos jueces, según las sentencias del TC.
El CPP dispone que las investigaciones fiscales y los juicios orales no deben durar más de seis meses si son simples ni más de 16 meses si son complejos. Si en dichos plazos el fiscal o el tribunal no hallan indicios ni pruebas para acusar o condenar, tendrán que archivar la investigación o el proceso.
Hasta ahora los uniformados eran procesados bajo un marco legal abusivo que fue impuesto por la manipulación política de la izquierda, cuando ésta llegó al poder con Valentín Paniagüa y Alejandro Toledo.
Ese marco legal permitió, por ejemplo, que muchos soldados inocentes hayan sido acusados y juzgados por delitos cometidos por otros, solo porque la izquierda inculcó a los magistrados que las Fuerzas Armadas son un “aparato de poder”.
También permitió que los militares sean acusados o juzgados por delitos de “lesa humanidad” y que se les aplicara leyes penales de manera retroactiva, algo ilegal e inconcebible en una Nación democrática.
La tipificación absurda de “lesa humanidad” impide, además, que los jueces les otorguen beneficios penales a los militares y policías condenados.
El Gobierno ha acabado con esta injusticia al dejar establecido que dicho delito rige en el país desde el 2003, por tanto, los delitos cometidos por policías y militares en la lucha contra el terrorismo antes de esa fecha son comunes.
La Cancillería confirmó que la adhesión peruana a la convención de imprescriptibilidad de los delitos lesa humanidad entró en vigor el día que el Perú depositó en Naciones Unidas la ratificación del tratado, el 9 de noviembre del 2003.
En aplicación del nuevo decreto legislativo, quedan sin efecto las acusaciones fiscales de “lesa humanidad” por hechos ocurridos antes del 2003. En consecuencia, prescribirán muchos juicios por hechos que ocurrieron en los años 80 y 90.
Justicia militar
Hace poco tiempo los terroristas asesinaron en el VRAE a dos jóvenes soldados cuyos cuerpos sin vida fueron llevados por sus camaradas a la ciudad de Huanta, a fin de que un fiscal certificara legalmente los decesos.
El fiscal abrió de inmediato una indagación contra los soldados por haber levantado los restos sin presencia de un representante del Ministerio Público, como si en el corazón del VRAE hubiese fiscalías, como si fuese simple esperar que llegue un fiscal en una zona de emboscadas, bajo el acecho de asesinos.
Pero allí no quedó el abuso. El fiscal de marras ha decidido considerar a los sobrevivientes como posibles asesinos de los fallecidos. Increíble, pero cierto.
¿Por qué ocurren estas barbaridades? Porque la izquierda sometió a los militares que combaten al terrorismo a la jurisdicción de jueces, fiscales y tribunales creados y adoctrinados por ella, sustrayéndolas del fuero judicial militar-policial.
La izquierda despojó primero de todas sus prerrogativas a la justicia militar-policial y después se empeñó en promover su liquidación total, pero ha fracasado.
El Gobierno ha restaurado la vigencia de dicho fuero al amparo de la Resolución 0018-PI/TC del Tribunal Constitucional, del 23 de marzo, la cual reconoce la existencia de la justicia militar-policial, así como su competencia exclusiva para conocer los delitos de función castrense y policial.
Para garantizar la independencia y autonomía de ese fuero se ha resuelto que sus magistrados sean designados por el presidente de la República, pero sin depender del Ejecutivo ni de las Fuerzas Armadas.
El Gobierno también ha aprobado el nuevo Código Penal Militar-Policial, el cual tipifica el delito de función como “conducta ilícita cometida por un militar o un policía en situación de actividad, en acto de servicio o con ocasión de él y que atenta contra bienes jurídicos vinculados con la existencia, organización, operatividad o funciones”.
Es falso entonces que ese organismo jurisdiccional vaya a abocarse a conocer delitos comunes. Si un uniformado incurre en esta clase de delitos, será procesado por la justicia civil, así lo establece el Código.
Uso de la fuerza
Otro abuso indignante es el caso de unos 200 miembros del Ejército acusados de criminales de lesa humanidad por haber abatido en combate a varios terroristas, en el valle Apurímac-Ene. Ellos están bajo investigación fiscal, con el perjuicio que ello supone para su carrera, que es no ascender y en la incertidumbre de ser encarcelados sometidos tal vez a un larguísimo juicio.
Esta situación se ha producido porque no existía una ley que regulara el uso de la fuerza por parte del Estado democrático. Y también por la influencia nefasta de las ONG de izquierda en los jueces y fiscales de derechos humanos.
Pese a que operan en zonas bajo estado de emergencia, ante enemigos crueles y sanguinarios, nuestros soldados han sido sometidos al Código Procesal Penal de 1940 y a teorías penales creadas para juzgar genocidios.
La nueva ley del uso de la fuerza pública establece que a partir de ahora las operaciones militares y policiales que se realicen en zonas del país declaradas en estado de emergencia están sujetas al Derecho Internacional Humanitario (DIH), el cual establece que los delitos de función son juzgados por la justicia militar-policial y sancionados, de ser el caso, según el código penal respectivo, tal como ocurre en las naciones democráticas del mundo.
Llanto de plañideras
Las ONG promotoras de la persecución han estallado en llanto cual plañideras, alegando que los nuevos decretos legislativos “promueven la impunidad para los asesinos violadores de derechos humanos”.
Repiten como autómatas “¡impunidad!” cuando las leyes favorecen a nuestros combatientes, pero justifican y defienden las leyes que benefician a los terroristas.
Desde el 2001 hasta el 2009 han salido de las prisiones alrededor de cinco mil terroristas convictos y confesos y esas ONG no dijeron nada. Guardaron silencio cómplice porque fueron ellas las que concibieron las leyes y sentencias proterroristas.
Se rasgan las vestiduras porque el Gobierno ha cumplido la ley y ha frenado oprobiosos abusos al aclarar que el delito de lesa humanidad rige a partir del 2003. Pero no reclaman cuando los fiscales y jueces se niegan a acusar y condenar a los terroristas por ese mismo delito.
Se desmayan de “dolor” si el Estado democrático les otorga beneficios penales a los militares que cometieron excesos en la guerra, pero aprueban y sonríen cuando criminales como Berenson o Castillo Petruzzi salen impunes de las prisiones.
Se congratulan porque más de mil terroristas han sido excarcelados bajo libertad condicional, pero vociferan y exigen que a nuestros soldados y policías presos no les den ningún beneficio penal. Tienen una doble moral cómplice del terror.
Estos son los que se oponen a los decretos legislativos aprobados por el Gobierno en una decisión que enaltece al gobierno aprista, pero sin duda el mayor mérito político es del ministro Rafael Rey, quien al inicio de su gestión se fijó como una de sus metas acabar con la persecución y los abusos penales contra los militares. Por eso la izquierda caviar lo detesta y busca a toda costa desacreditarlo, pero no puede.
Los demócratas saludamos y respaldamos los decretos legislativos aprobados. La justicia ha tardado una década, pero ha llegado, por el bien de nuestra patria.
E-Mail: victor.robles.sosa@hotmail.com / Blog: http://victorrobles.wordpress.com
lunes, 13 de septiembre de 2010
Delito de lesa humanidad inaplicable en Perú por hechos antes del 2003
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