domingo, 29 de mayo de 2011

CARTA ACLARATORIA SOBRE LESA HUMANIDAD



REITERA CARTA YA PUBLICADA CON ANTERIORIDAD.
RUS.




CARTA ACLARATORIA SOBRE LESA HUMANIDAD

Cartas
Domingo 25 de Julio de 2010
Propuesta de indulto


Señor Director:

A propósito de la valiente y visionaria propuesta sobre indultos y beneficios carcelarios para el Bicentenario efectuada por la Iglesia, un sector recalcitrante ha unificado su rechazo diciendo que no procede el indulto respecto de crímenes de lesa humanidad. Con esta operación de desinformación y amedrentamiento se pretende inhibir cualquier decisión del Presidente de la República o del Congreso respecto de los uniformados que están hoy en la cárcel.

Frente a lo anterior resulta imprescindible aclarar que la Ley Nº 20.357, que tipifica crímenes de lesa humanidad, genocidio y crímenes y delitos de guerra, publicada en junio de 2009, y que consagró en nuestra normativa penal las disposiciones del Tratado de Roma de 1998 y de la Reforma Constitucional de 2009, establece a la letra en su artículo 44: “Los hechos de que trate esta ley, cometidos con anterioridad a su promulgación, continuarán rigiéndose por la normativa vigente a ese momento. En consecuencia, las disposiciones de la presente Ley sólo serán aplicables a hechos cuyo principio de ejecución sea posterior a su entrada en vigencia”.

En consecuencia, todos o cualquiera de los 775 oficiales, suboficiales o civiles del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros, Investigaciones y Gendarmería actualmente condenados o procesados podrían ser beneficiados por una amnistía propia o impropia, un indulto total o parcial y, por supuesto, por beneficios carcelarios que hoy día se les niegan en contravención a la ley y al reglamento. Así lo aprobamos todos, y las normas que lo permiten tienen plena legitimidad jurídica, ética y política.

Los uniformados han sufrido en estos últimos 20 años los efectos de una inaceptable desigualdad ante la ley por manipulación y deformación de instituciones básicas en un Estado de Derecho, como la amnistía, la exigencia de ley precisa para la tipificación de delitos, la prescripción, el principio de la obediencia jerárquica y la oportunidad del proceso. Parece que ahora se pretende hacerlos víctimas de un repugnante efecto retroactivo de la ley penal.

De otro lado, es inaceptable el rencoroso doble estándar que algunos pretenden imponer en esta materia. Cuando los terroristas estaban en la cárcel, se alegó su condición de presos políticos y se obtuvo para ellos toda la clemencia. Ahora que los uniformados están presos, su clasificación política de violadores de los derechos humanos sirve, precisamente al revés, para negarles todo perdón.

Alberto Cardemil Herrera
Diputado



1 comentario:

Horacio dijo...

Repugnante!!!!!!!la Traicion de Piñeras, JUdas!!!! què traiciono las FFAA Victoriosas, le dio la esplada a la Iglesia!!!!!Basura de Izquierda!!!!!!!
¡¡¡LIBERTAD A LOS PRESOS POLITICOS DE CHILE Y ARGENTINA!!!!!