Señor Director: Raquel Camposano Echegaray
DE CHILE INFORMA EDICIÓN Nº 877
La señora Raquel Camposano Echegaray, de profesión
abogado, reunía todas las condiciones para haber integrado la
Corte Suprema de nuestro país.
De hecho formaba parte de la Corte de Apelaciones de
Santiago e integró, por sus méritos y puntaje, distintas quinas
para que el Presidente de la República la propusiera al Senado
para integrar la Corte Suprema.
Pero no fue propuesta, pues tenía un grave defecto.
No es ella marxista.
Ni siquiera es partidaria de la Concertación y, desde Aylwin
para adelante, los presidentes y los gobiernos de izquierda no
iban a proponer para Suprema a una mujer de derecha, aunque
los méritos le sobren.
Cansada de ser postergada, de sentirse basureada, ella
presentó su renuncia y se fue para su casa.
Pero como un vigía, de tanto en tanto, se pronuncia.
Y lo hace con una carta al director – normalmente a El Mercurio
- que ese medio sagradamente publica. Ahora nos acaba de
sorprender nuevamente, con la solidez de su argumentación.
Leemos en el decano: Diario EL MERCURIO.
Delitos de lesa humanidad
Leo en la prensa que en la Cámara de Diputados existe un
proyecto de ley que sanciona con cárcel a quienes nieguen,
justifiquen o minimicen los delitos de lesa humanidad
cometidos en Chile. Esta noticia da cuenta de un hecho que, de
ser cierto, parece increíble.
Esta ley está en concordancia con el artículo 19 N° 3 de la
Constitución Desde luego, los delitos de lesa humanidad sólo
existen en nuestro país desde el 18 de julio de 2009, fecha de la
promulgación de la Ley 20.357 que los tipifica y que, en su
artículo 44, dispone que ella se aplicará a hechos cuya
ejecución sea posterior a su entrada en vigencia.
Política según el cual ningún delito se castigará con otra pena
que la que señale una ley promulgada con anterioridad a su
perpetración.
De lo dicho resulta que hasta el momento, por lo menos que yo
sepa, a partir del 18 de julio de 2009 en Chile no se ha cometido
ninguno de los ilícitos descritos en la mencionada ley, de modo
que el proyecto no tendría aplicación alguna.
Si algún magistrado hubiera dictado alguna condena por
delitos de lesa humanidad, no cabe duda que habría cometido
una grave irregularidad, por no decir inconstitucionalidad, que
habría que enmendar por los medios legales.
En el fondo, el pretendido proyecto se dirige a sancionar una
opinión sobre hechos pasados, lo que me parece
antidemocrático.
viernes, 9 de diciembre de 2011
Persecución contra un juez por no ser rojo
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