martes, 11 de junio de 2013

CASO LUCHSINGER: INACEPTABLE CEREMONIA EN LA CÁRCEL


Caso Luchsinger: inaceptable ceremonia en la cárcel
El Estado sí está en deuda, y grave, en cuanto a brindar a todos los habitantes de La Araucanía un nivel aceptable de seguridad y de garantía de la vigencia plena del Estado de Derecho, y este episodio es una pésima señal para la población...

Estupor ha causado que Gendarmería, dependiente del Ministerio de Justicia, haya autorizado la celebración del año nuevo mapuche en el interior de la cárcel de Temuco, oficiada por el machi Celestino Córdova, para quien la fiscalía solicita presidio perpetuo calificado por el asesinato del matrimonio Luchsinger-Mackay, que pereció entre las llamas de un ataque incendiario en Vilcún, el 4 de enero pasado. También se le imputa participación en otro ataque armado en esa misma comuna, el 22 de diciembre de 2012. Se trata de delitos calificados como terroristas -incendio en casa o lugar habitado, e incendio que causa la muerte de las personas-. Córdova es el único aprehendido hasta ahora. Si bien se estima que actuó un grupo armado de entre 5 y 7 personas, solo él ha sido habido, pues resultó herido por una de las víctimas en inútil intento de repeler el ataque.

A dicha ceremonia, que se prolongó por unas cinco horas, asistió más de un centenar de invitados, en su mayoría dirigentes, machis e integrantes de comunidades indígenas de la región.El alcaide de la cárcel sostuvo que el reglamento permite al imputado formular tal solicitud, por lo que ella fue "atendida y aceptada". Con anterioridad, ya había sido autorizado para realizar una rogativa en ese recinto penal.

A todas luces, lo ocurrido es absolutamente inaceptable. Su calidad de machi (autoridad espiritual) no justifica que se permita al acusado de un crimen atroz invitar a un acto masivo, en el que puede oficiar como si no hubiese mediado delito alguno. Cabe preguntarse si, en condiciones similares, Gendarmería habría autorizado a un clérigo de cualquier otra creencia para hacer otro tanto.

Y cabe presumir, igualmente, que para garantizar la seguridad y evitar un eventual "rescate" del acusado, las autoridades debieron disponer medidas especiales, destinando a ello personal que se restó a la menos que precaria seguridad pública de una zona donde, manifiestamente, no hay capacidad para hacer valer el Estado de Derecho.

No cabe admitir que el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas, que garantiza el respeto de sus costumbres y creencias, pueda significar que el Estado de Chile abdique de sus atribuciones esenciales, de modo que baste invocar la calidad de miembro de alguno de aquellos para hacer letra muerta de la Constitución que establece el principio de igualdad ante la ley. Ello no implica desconocer las complejidades del llamado conflicto mapuche, pero no se aprecia desde qué perspectiva puedan en este caso justificarse privilegios de esta naturaleza. Desde luego, no se podría sostener que una autorización semejante -no imaginable en ningún país desarrollado- obedece a que los servicios de inteligencia aprovecharan esa reunión para identificar a posibles cómplices del presunto hechor, y así hacer progresar la investigación judicial, pues ningún precedente permite suponer que esos servicios posean tal ánimo o capacidad.

En cambio, el Estado sí está en deuda, y grave, en cuanto a brindar a todos los habitantes de La Araucanía un nivel aceptable de seguridad y de garantía de la vigencia plena del Estado de Derecho, y este episodio es una pésima señal para la población, que hiere a las familias de las víctimas y puede afectar la moral de quienes deben perseguir el crimen organizado.

Transcurrido casi un semestre desde el crimen sin que los demás hechores hayan sido siquiera identificados, el Estado aparece impotente frente a una insurgencia incontrarrestada, y la indignación de los afectados exige una respuesta de todas las instituciones responsables.

EDITORIAL EL MERCURIO




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