sábado, 27 de diciembre de 2008

ARTICULO MUY INTERESANTE

CRONICA DE UNA MENTIRA INSOSTENIBLE

Por: Alejandro Noguera C.



No son para nadie desconocidos los hechos que tuvieron lugar en nuestro país durante los primeros días de Noviembre del año 1985, cuando los guerrilleros del M-19 (varios de los cuales son hoy altos dignatarios del estado), emprendieron la abominable toma a las instalaciones del Palacio de Justicia, desatando con ello pavorosos sucesos que tuvieron en inminente peligro la institucionalidad y la democracia colombiana.



De dichos hechos, como bien es sabido también, se ha venido adelantando en cabeza de la Fiscalía General de la Nación la investigación sobre el presunto desaparecimiento forzado de diferentes personas que para el momento de los hechos trabajaban en la sede de la Justicia colombiana y una guerrillera que también habría desaparecido en tales hechos.





Como fruto de tales investigaciones, se encuentra hoy recluido en la Escuela de Infantería del Ejercito el Coronel ( R ) Luís Alfonso Plazas Vega, por ser presuntamente responsable del delito de desaparición forzada, antes reseñado. Y habiendo pasado cerca de dos años desde que se le privara de la libertad, el proceso se encuentra hoy en la etapa de Juzgamiento, razón por la cual Foro Javeriano se dio a la tarea de investigar en detalle los pormenores de dicho proceso para lograr con ello proporcionar una información ilustrativa del mismo.



En diálogo con el Coronel, es asombroso notar la protuberancia de las arbitrariedades que han sido cometidas a lo largo del proceso, y los intereses ocultos que puede haber detrás del mismo y que, tristemente, tienen hoy recluso a una persona que nada tiene que ver con los delitos que se le imputan (ojala así lo determine la Justicia). Tal y como lo menciona Plazas, el proceso hasta el momento ha sido únicamente “la mejor expresión de cómo se vulneran todos los principios del Ordenamiento Jurídico Colombiano”. Veamos:



Surtidos los hechos conocidos por todos en el Palacio de Justicia, el Gobierno Nacional en cabeza del Doctor Belisario Betancur Cuartas, en asocio con la Honorable Corte Suprema de Justicia decidieron conformar una comisión de investigación sobre los hechos integrada por Magistrados e investigadores de las más altas calidades, que en su informe profirieron conclusiones que bien valdría la pena tener presente (mas aún, que tendrían que ser tenidas en cuenta por cualquier juez o fiscal en sus cabales), pero que han sido claramente desconocidas por las autoridades colombianas.



Tal investigación, que concluyó con un extenso y pormenorizado documento entregado a la Corte Suprema de Justicia de entonces, al Gobierno Nacional y a la Procuraduría General de la Nación, estableció en primer lugar que “los integrantes del M-19 son los únicos y exclusivos responsables del ataque y ocupación del Palacio de Justicia al planear y ejecutar la Operación Antonio Nariño por los derechos del hombre, cumplida durante los días 6 y 7 de Noviembre de 1985.” Y es de particular importancia tener dicha conclusión en cuenta, dado que se pretende desconocer la identidad de los verdaderos asesinos, de los verdaderos incendiarios, y confundir con ellos a quienes realmente cumplieron labores ajustadas a la Constitución y la Ley para preservar el ordenamiento jurídico nacional.



De otro lado, en lo que tiene que ver con los desaparecidos y la presunta responsablidad del Coronel enjuiciado por el hecho (quien, por lo demás, ninguna competencia tenía sobre la movilización de los liberados del Palacio hacia la Casa del Florero, lugar en que eran recibidos e identificados), las conclusiones del Tribunal de Instrucción son absolutamente claras e irrefutables. Por ejemplo, y a mera manera ilustrativa, valdría la pena que el personal de la Fiscalía General de la Nación diera una mirada siquiera somera a la cláusula decimoséptima del minucioso informe del Tribunal, según la cual “El Tribunal considera que existe prueba suficiente en el sumario para concluir en que tales personas fallecieron en el cuarto piso, a donde fueron conducidas como rehenes en los primeros momentos de los sucesos.”



Es claro el desconocimiento abierto y arbitrario que ha hecho hasta el momento la Fiscalía General de la Nación, que luego de conocer las conclusiones del Tribunal de Instrucción sigue adelante con un proceso que resulta una mentira insostenible, y que tiene recluso a un Coronel que, como ya se ha dicho, nada tenía que ver con las personas presuntamente desaparecidas tras los hechos del Palacio. Tal y como él mismo lo menciona en los alegatos precalificatorios que presentó previo a que fuera proferida resolución de acusación en su contra (por lo demás arbitraria también por las consideraciones que en adelante observaremos) “En el cuaderno seis, folio 244, la sola pregunta de la Fiscal lo dice todo. Al interrogar nada menos que al Presidente del Tribunal de Instrucción Dr. Carlos Upegui Zapata, hombre respetable al cual hizo comparecer al Bunker de la Fiscalía a preguntarle: Ese informe que presentan a la Corte Suprema de Justicia en ese momento, cómo fue elaborado, con base en qué?



Ha sido evidente a lo largo del proceso, como se desprende de lo anterior, ver como ha habido en el asunto un desconocimiento, intencionado o no, del informe emitido por tan distinguido Tribunal y que reposa en el Diario Oficial de la Nación del Martes 17 de Junio de 1986.



Como dato de cierre a ésta pequeña reseña sobre las omisiones de estudio a lo establecido por el Tribunal de Instrucción y por las investigaciones posteriores, resulta oportuno tener en cuenta un hecho que es, si no reprochable, siquiera cómico, para ver la manera tan ridícula o malintencionada como se adelantan las investigaciones alrededor de este proceso y los claros indicios de los intereses ocultos que pueden haber en ellas.



Hacia 1998, se exhuman los cadáveres del cementerio del sur y se levanta una lápida que decía “en homenaje a las victimas del palacio de justicia, donde se encontraron los cadáveres que fueron llevados al laboratorio de antropología de la Universidad Nacional, y las investigaciones van mas allá de lo normal. Mal haría Foro Javeriano y el suscrito como su representante actual en formular opiniones técnicas fungiendo de profesional en criminalistica, pero corroborarán ellos que los resultados que se derivan de una craneometría van encaminados a determinar datos como la estatura y la edad de una persona, pero mal podría afirmarse que mediante una prueba de este estilo se pueda determinar donde, como y cuando murió una persona, como pretendieron hacerlo el director del Departamento de Antropología de la Universidad Nacional de la época y una persona del Departamento Forense de la Republica de la Argentina. Pues bien, de los informes emitidos por el personal encargado de llevar a cabo tales pruebas (personal que, por lo demás, trabajó ad honorem denotando un sospechoso “alto sentido de patriotismo”), por gracia divina expiden un informe en el que determinan datos como el lugar donde cayó muerta la persona.



No es necesario entonces ver con mucha profundidad la materia para evidenciar la carencia de fundamentos sobre los cuales se edifica el proceso, mas aún si se tiene en cuenta que el ya mencionado Tribunal terminó por establecer que un grupo de las personas presuntamente desaparecidas en el Palacio de Justicia el día de la toma fueron asesinadas allí (Tal y como lo establece la cláusula decimoséptima del Informe).



Iniciada la etapa de instrucción en el año 2006, y recluido el coronel Plazas en las instalaciones de la base militar señalada, inicia entonces un capitulo lamentable dentro de toda la cadena de hechos que se han suscitado desde la horrible toma al Palacio de Justicia a manos del M-19.



Violaciones tan abiertas al debido proceso como proferir una resolución de acusación por el presunto desaparecimiento forzado de algo más de diez personas (cuando la investigación se adelantaba tan solo por tres y al sindicado jamás se le había preguntado ni el nombre de esas personas) se han presentado y, por qué no decirlo, han sido la regla general durante el trámite.



“Abrieron el proceso sin verificar la existencia del delito, y desconociendo lo establecido por el tribunal de instrucción. Cómo va a existir secuestro sobre un muerto?” pregunta Plazas y nos preguntamos todavía nosotros.



La validación de falsos testimonios, el desconocimiento de las pruebas allegadas al proceso (dentro de las que se encuentran, por ejemplo, dictámenes e informes que establecen el sexo femenino del cadáver que fue inhumado en el sepulcro de un “Magistrado” que, según esos informes, tenía “útero no preñado”, comprobándose con ello que no corresponde el cadáver al nombre grabado en la lápida, y que sus familiares reclaman aún, no obstante haber firmado el acta de entrega del cadáver ante la Fiscalía correspondiente, desconocida por la Fiscal encargada durante la etapa de instrucción), la utilización de documentos sin firma como prueba en contra del para entonces sindicado, y el abierto desconocimiento de cantidad de documentos oficiales en los que se demuestra la inhumación de muchos de los supuestamente desaparecidos han sido, como ya lo veremos, el pilar de esta mentira, una mentira que a nuestro parecer resulta, como hemos dicho, insostenible.



Próxima a celebrarse está la audiencia publica a Plazas, para la cual esperamos que el juez como el ente acusador actúen propugnando por un fallo en Derecho y se dignen, por lo menos, a conceder el uso de la palabra al enjuiciado, a quien ya le ha sido conculcado el uso de la palabra en anteriores diligencias, aun cuando el juez se considere suficientemente “garantista concediéndole 5 minutos para su exposición”.



Y bien, hasta aquí hemos visto solo algunos de los detalles de esta artimaña que tiene recluido a un hombre inocente por los cargos que se le acusan, y ante todo a un hombre que, como colombiano y como ser humano, merece que se le respeten sus derechos a la administración de justicia, al debido proceso y a la libertad.



Atentos estaremos a la decisión que profiera el juez de conocimiento y respetuosos de sus decisiones seremos, pero ello siempre y cuando sean fallos proferidos en Derecho y no con base en mañas y maniobras de la mas repugnante calaña.





LA DIFUSIÒN QUE USTEDES HAGAN DE ESTE ARTICULO ES EL MEJOR REGALO Y APOYO A MI FAMILIA, POR FAVOR NO LO BORREN SIN LEER. SOLO ESTAMOS EN LAS MANOS DE DIOS Y ESPERAMOS SU AYUDA


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