martes, 11 de diciembre de 2012
PELLET ACUSA A CHILE DE HABER INVENTADO ISLAS
Actualización l Pellet acusa a Chile de haber inventado islas en su Dúplica
Sigue por Emol el detalle de la fase final de los alegatos en el juicio, que el viernes tendrá a nuestro país cerrando su exposición.
Emol
SANTIAGO.- Esta semana se cierra la etapa oral de Chile y Perú ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, en el marco de la demanda marítima que los enfrenta. Emol entregará una actualización permanente del cierre de los alegatos.
12:40.- Luego, prosigue: "En 1999, Perú pudo considerar con Chile las consideraciones pendientes del tratado de 1929 (.-..) y a partir del año 2000 hubo varias actas que dejaron el asunto de la delimitación marítima nuevamente en agenda. Ello, según Wagner, demuestra que "Perú no ha guardado silencio" en el tema marítimo.
12:38.- El agente limeño repasa los acercamientos entre ambos países en los últimos años, señalando que en 1985 "el nuevo gobierno de Perú invitó a Chile a abrir las negociaciones del tratado de 1929", no obstante, "las negociaciones sobre los temas pendientes sobre el tratado de Lima se vieron interrumpidas".
12:35.- Wagner sostiene que afirma que "los recursos del subsuelo son efectivamente ricos" y ambos países "se han beneficiado de ellos". Sin embargo, "Chile quiere la mayor parte de los recursos del mar, privando a las provincias de Perú de lo que les corresponde, y contraviniendo las normas jurídicas".
12:32.- "Esta causa reviste la máxima relevancia para el Gobierno y el pueblo de Perú", indica, añadiendo que el equipo nacional ha querido "minimizar" la importancia del punto de inicio del límite marítimo, que para Chile es el Hito 1.
12:31.- El abogado cierra su argumentación y comienza su última aparición el agente ante La Haya, Allan Wagner, que entregará las últimas conclusiones peruanas.
12:26.- Pellet "ruega" a la Corte "que interprete los tratados, no que los revise (...) No existe frontera marítima acordada entre Chile y Perú. Les corresponde a ustedes definir dónde está la frontera para dar una solución equitativa",
12:25.- "(Lo anterior) Chile lo ratificó sólo 13 años después de su firma y no lo depositó en Naciones Unidas si no 50 años más tarde. Esto quiere decir que no lo consideró fijo", afirma.
12:23.- Para el profesional, lo suscrito en 1954 "no se puede analizar como un acuerdo tácito", ya que tenía un solo objetivo: evitar los problemas con los pescadores y facilitar el acceso, en referencia a la construcción de faros.
12:14.- Acto seguido, se dirige al equipo chileno, al que acusa de dedicarse "a un ejercicio de malabarismos", y sostiene ahora que el documento firmado en 1952 entre Chile, Perú y Ecuador "sí es un tratado, pero no un acuerdo de delimitación marítima".
12:11.- Citando un preámbulo, Pellet añade que la Declaración de Santiago no es más que "un manifiesto de política con miras a velar por la conservación y protección de recursos naturales, con el fin de que sus países los puedan aprovechar y evitar que la explotación ponga en riesgo su existencia".
12:07.- Asimismo, acusa a Chile de "inventar islas en su Dúplica y eso no es un argumento serio, sobre todo, porque éstas no pueden tener un efecto en la delimitación".
12:05.- El líder del equipo jurídico limeño alude a Twitter para resumir la situación del país que defiende, indicando que si pudiera escribir un tweet diría "por descuido Perú abandonó en 1952 derechos que no disponía... fin de este tweet".
12:04.- Pellet considera que la Declaración de Santiago representa "un gesto político", por lo que "habría que esperar años para ejercer soberanía".
12:02.- Y reitera: "Lo único que pide Perú es que también tiene un derecho de que la plataforma continental se extienda hasta las 200 millas marinas".
11:57.- El jurista sostiene que la tesis chilena sólo priva a Perú de acceso a altamar, por lo que "no se puede pretender que Perú hubiera aceptado una solución tan absurdamente desventajosa".
11:51.- Pellet asegura que "pretender imponer una solución equitativa no supone una norma imperativa del Derecho Internacional".
11:45.- "Los acuerdos de las partes no tienen relación alguna con el triángulo exterior (...) Perú no hubiera dado su visto bueno a una situación tan inequitativa como lo planteado por Chile, añade.
11:40.- En esa línea, enfatiza que los estados pretenden "extender su dominio marítimo", aunque Lima "no tiene gusto particular por prácticas masoquistas".
11:39.- Pellet sostiene que el triángulo exterior es una zona en la que Perú tiene derechos soberanos que le reconoce el derecho contemporáneo y califica de "inconcebible" la pretensión de Chile de "privar" al vecino país "de sus derechos soberanos inherentes", lo que "agrava la injusticia ya muy marcada".
11:32.- "Parece que nuestros amigos (del equipo jurídico chileno) no están seguros de ellos mismos", afirma el jurista en la apertura de su alocución, sobre todo, porque a pesar de que hablan francés e inglés, "recurren al hermoso idioma de (Pablo) Neruda (Mario) Vargas Llosa", adiciona.
11:30.- El abogado Alain Pellet toma la palabra, tras el fin de la presentación de Bundy.
11:29.- "Perú simplemente pide a la Corte que falle que la delimitación marítima parte en el punto de Concordia", ya que "Chile no puede impugnar que el término de la frontera terrestre" está en dicha zona, agrega.
11:26.- Bundy agrega que el acuerdo de 2011 entre Perú y Ecuador "no constitía una confirmación de una frontera (marítima) ya establecida".
11:22.- En ese sentido, subraya que la instalación de faros "no supuso una revisión" del tratado de Lima de 1929 y acusa a nuestro país de tener "a oscuras tanto a la Corte como a Perú en cuanto al lugar donde, considera, está situado el Punto de Concordia".
11:18.- El abogado insiste en precisar que "Perú nunca ha dado su acuerdo sobre fronteras marítimas con Chile".
11:14.- "Ni en la Declaración de Santiago ni en el acuerdo de 1954 mencionan el Hito número 1 ni a un paralelo que lo atraviese. Apareció recién en 1968 y 1969 en relación con los arreglos de los faros, de manera que se puede preguntar: Según la teoría de Chile, ¿qué delimitacion marítima estuvo trazada en esos 16 años", cuestiona.
11:11.- Según Bundy, "la reivindicación de Chile no sigue el paralelo donde la frontera terrestre llega al mar" y tampoco se hace mención al Hito 1 en 1952 ni 1954.
11:07.- "Eso es lo que dice el tratado (de Lima) de 1929 e, incluso, aparece en los mapas de Chile, por lo menos, hasta que Chile decidió en los '90 borrar una porción terrestre y situar el límite en el paralelo", añade.
11:04.- El jurista se referirá al término de frontera terrestre entre Chile y Perú. Reitera la postura limeña de que éste llega al Punto de Concordia y al Hito 1. "Ése debe ser el punto de partida para la delimitación marítima", dice.
11:02.- Ingresan nuevamente los 16 jueces a la sala para retomar el cierre de los argumentos finales de Perú. Sigue en su intervención el abogado Bundy.
08:57.- Nuevo receso se decreta en el tribunal, que retomará los alegatos a las 11:00 horas de nuestro país.
08:53.- "Ecuador tardó 39 años para conseguir identificar sus líneas de base en un mapa y materializar las fronteras con Perú (...) Es un año menos de lo que tardó Chile en cambiar sus mapas después de la Declaración de Santiago", agrega.
08:48.- "(El profesor Dupuy) Tiene una predilección por leer las mentes", afirma Bundy, que compara la Declaración de Santiago con otros tratados fronterizos de mar entre países del mundo.
08:45.- En esa cuerda, evoca el acuerdo limítrofe entre ambos países suscrito el año pasado (2011), donde fijaron el límite marítimo. "El acuerdo de Perú y Ecuador es autónomo y autoexplicativo", y no hace mención a Declaración de Santiago, señala.
08:44.- El jurista cuestiona a su par Pierre-Marie Dupuy, quien -a su juicio- "hizo gala de una muy extraña capacida para especular sobre lo que tenían en mente Ecuador y Perú".
08:40.- Termina su exposición el abogado Treves y abre paso a la intervención de Rodman Bundy.
08:38.- Reitera que Perú no busca "revocar un acuerdo existente por inequitativo, sino que su carácter inequitativo hace muy difícil que el Perú lo haya aceptado (...) El establecimiento de una frontera marítima permanente no se puede dar por sentado".
08:34.- "Los alegatos de Chile parecen demostrar poco interés al criterio de equidad para la delimitación marítima", añade, criticando además al abogado del equipo jurídico chileno, James Crawford, por "no aceptar la equidad como un factor determinante".
08:31.- Treves aclara que Perú "no pretende que la delimitación aceptada por una línea que siga el paralelo sea inequitativa per se, ya que una línea que siga el paralelo puede ser equitativa, siempre y cuando cumpla con el derecho internacional". Agrega que el fallo de la Corte de La Haya "no tiene que retirar la línea (del paralelo), sino que ésta debe superar el test de desproporcionalidad".
08:26.- "Parece que el punto 4 de la Declaración de Santiago debe interpretarse tal y como está y no como le gustaría a Chile", añade.
08:20.- Según el litigante, la intención de los tres países "fue la de proteger sus recursos pesqueros declarando una zona de 200 millas (...) Perú y Chile eran plenamente conscientes de que lo firmado en 1952 no correspondía al derecho internacional".
08:19.- Treves argumenta que en 1952, Chile, Perú y Ecuador "no hubieran podido, en conformidad con el derecho internacional, delimitar una frontera marítima".
08:15.- Previo a su respuesta, repasa el contexto histórico del acuerdo de 1952. "La consulta del magistrado tiene la ventaja de centrar el debate en el momento en que Chile y Perú proclamaron las zonas de 200 millas y firmaron con Ecuador la Declaración de Santiago", afirma.
08:14.- "¿Consideran ustedes, en tanto, que signatarios de la Declaración de Santiago en 1952, que podían en esa fecha, conforme al derecho internacional general, proclamar y delimitar una zona marítima de soberanía y jurisdicción exclusivas sobre el mar que baña las costas de sus respectivos países, hasta una distancia mínima de las 200 millas marinas desde las referidas costas?", fue la consulta del juez.
08:13.- Culmina su presentación el abogado y entrega la palabra a Tullio Treves, quien será el encargado de responder a la pregunta del juez marroquí, Mohamed Bennouna, sobre el tratado de 1952.
08:10.- "Si la declaración estaba tan clara como lo dice Chile, por qué no tiene ninguna evidencia de afecto y por qué citan textos escolares (...) Si bien es alucinante (la documentación), el argumento es débil", añade.
08:08.- Asimismo, indica que los mapas presentados por Chile "no representan documentos oficiales y aceptados por Perú" y "durante los primeros 23 años, después de la Declaración, nadie, ni siquiera un autor chileno, la consideraba un tratado".
08:05.- Lo anterior, según Wood, responde al abogado Pierre-Marie Dupuy, del equipo jurídico nacional, quien "dedicó buena parte de su alocución a la aceptación de Perú de la Declaración (de Santiago)".
08:03.- "El que un Estado tercero haya adoptado una posición en un litigio no tiene valor probatorio en la interpretación de un instrumento (...) De ser así, los países dependerían de las acciones de los demás", dice.
08:02.- El jurista responde a los puntos expuestos el jueves por Chile y cuestiona el argumento del "reconocimiento de límites por terceras partes" y la "pertinencia de la actitud de éstas y su interpretación".
07:53.- Se retoma la audiencia. Continúa Michael Wood con su alocución. Esta vez, concentra sus palabras en la situación de Bolivia con Chile, que -a su juicio- ha cometido acciones "dignas de poca confianza".
07:34.- Asimismo, repasa las construcciones (faros) levantadas tras la Declaración de 1952, los que según Perú servían como guía para las embarcaciones y "tenían la intención de prestar asistencia a los pescadores en la zona cercana a la costa dentro de las 12 millas marinas de ésta". Luego de esto, el presidente del tribunal, Peter Tomka da un receso de 15 minutos.
07:25.- Mediante la presentación de mapas, Wood muestra la inexistencia de "una frontera marítima internacional".
07:18.- Y agrega: "No escuchamos ni una sola palabra sobre la ausencia en la legislación chilena de una delimitación marítima con Perú".
07:16.- "No es suficiente que la práctica demuestre lo que piensa una parte sobre un tratado, la otra también debe ser consciente de ello", indica, subrayando que la argumentación nacional de la semana pasada mostraron "una visión global", que intentaba "abrumar con citas, pero sin ahondar en detalles".
07:10.- Wood añade que la práctica de Chile, sobre la interpretación de la Declaración de Santiago, "dista mucho de ser coherente y clara", y lo que cita en sus argumentos "demuestra la falta de acuerdo (...) Para tomar en cuenta la práctica debe haber acuerdo de las tres partes".
07:04.- "Nuestros amigos nos acusan de ignorar la Convención de Viena, pero es Chile la que interpreta las normas con poco miramiento", apunta.
07:03.- Indica que nuestro país "no ha presentado prueba contemporánea de que en 1952 se delimitara las fronteras con dos países. ¿Es razonable que se establecieran sin que ello constara entonces en Perú y Ecuador".
07:00.- "Quedó claro que este caso quedó supeditado a la interpretación de lo suscrito en 1952. Nosotros decimos que no hubo acuerdo", inicia, asegurando que la base jurídica de los argumentos nacionales es "incierta y para nada concluyente".
06:58.- El abogado cierra su argumentos y da paso a su colega, Michael Wood.
06:57.- Vaughan Lowe desafía a Chile para que demuestre por qué afirma que la Declaración de Santiago "significa que Perú aceptó un tratado que delimite sus fronteras marítimas (...) Tienen un día, aunque con los documentos presentados (los abogados) no están capacitados para ello".
06:54.- En esa línea, reitera que el acuerdo de 1954 refleja "un excelente ejemplo de un tratado de límites pesqueros" y enfatiza que Chile queda "muy mal parado" al defender una postura "imposible de considerar como equitativa" según el derecho internacional.
06:49.- Según el profesional, nuestro país "todavía no ha dedicado su atención a la cuestión primordial para sustentar su presentación".
06:42.- "La Declaración (de Santiago) no se enmendó para decir que las fronteras del continente debían ser por el paralelo", añade.
06:41.- Vaughan Lowe dice que existe una "cierta confusión sobre el contenido del tratado de Viena", ya que "Chile expone incorrectamente la ley y los hechos también están en contra (...) Las actas no respaldan la idea de que había que aplicar una demarcación marítima".
06:35.- Y añade: "Si Chile considera que el punto 4 y 2 constituyen una frontera marítima, que nos explique, palabra por palabra, cómo interpretar y establecer los límites entre los tres países y diseñarlas sobre un mapa. Pensamos que no lo podrían hacer (...) Chile dice que vamos más alla de los tratados, vamos a ser creativos (...) Cómo dos países que fueron invitados a una Conferencia Ballenera terminaron suscribiendo un tratado limítrofe".
06:33.- "Si le diéramos la Declaración de Santiago a un grupo de cartógrafos qué harían, si lo único que dice es que existen derechos de 200 millas desde la zona continental y las islas, y no habla de delimitaciones", afirma.
06:29.- Según el litigante, "las zonas de 200 millas trazadas a partir de las islas no se extienden más allá de los bordes trazados del continente". En ese sentido, sostiene que "las únicas islas señaladas en la Declaración de Santiago son las Islas Galápagos (Ecuador)" y no hace mención a las islas "Alacrán (Chile) y Blanca (Perú)".
06:25.- Vaughan Lowe sostiene que "la posición de Chile no tiene ningún sentido, ya que dice que el punto 4 también se refiere hacia Chile y Perú".
06:20.- Alude además la situación limítrofe entre Perú y Ecuador, y el papel que este último país tuvo en 1952. "Podrían preguntarle a Chile sobre el punto 4 de proteger el derecho marítimo de las islas", plantea.
06:17.- "Chile propuso una zona de 200 millas sin mención alguna de una frontera en el paralelo", repasa el abogado, que enfatiza que "no hay prueba de que las personas (que participaron en la Declaración de Santiago contaran con mapa" ni tampoco de que en su traducción se hablara de una frontera a lo largo del paralelo.
06:11.- Vaughan Lowe pide a los magistrados que consideren el tipo de invitación que hizo Santiago a las autoridades del país vecino a participar de una conferencia de asuntos balleneros y no para repasar los límites. Y tacha como un "lapsus" la presentación nacional ante el tribunal.
06:09.- "Uno da vigor a los términos del tratado, no a lo que el texto podría haber dicho (...) La interpretación no da la oportunidad para introducir en un tratado términos que no estaban ahí. La interpretación no constituye la oportunidad de supuestos de cómo los Estados podrían actuar en un futuro", afirma, recordando además que en 1997 Chile ratificó ante Naciones Unidas su frontera marítima con Argentina y "nada con Perú".
06:07.- El jurista cuestiona los argumentos chilenos expuestos la semana pasada sobre la existencia de acuerdos internacionales (1952 y 1954) y el estatus de la Declaración de Santiago. "La documentación suplementaria no apoya la argumentación que argumenta Chile", señala.
06:02.- Uno a uno ingresan los 16 jueces del tribunal. Su presidente Peter Tomka abre la sesión y da la palabra al abogado Alan Vaughan Lowe.
05:47.- Una semana después, los litigantes que representan al vecino país expondrán los argumentos finales que intentarán convencer la inexistencia de tratados con Chile. Los cinco profesionales y el agente Allan Wagner dispondrán de cinco horas, previo al cierre de sus alegatos.
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