Amnistía
Señor Director:
A propósito de las declaraciones de doña Gloria Ana Chevesich, relacionadas con la aplicación de la Ley de Amnistía, me parece interesante citar el acuerdo Nº 183/2004 adoptado por el Consejo de Defensa del Estado, en su sesión ordinaria del 22 de junio de 2004: "Considerar, para los efectos de las causas penales sobre derechos humanos, que la amnistía establecida en el decreto ley Nº 2.191, de 1978, está vigente y que es una amnistía impropia, que debe ser aplicada con la condena, y en consecuencia, una vez determinada la responsabilidad penal de cada partícipe y la pena precisa que le corresponde".
Adolfo Paúl Latorre
Abogado
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